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Gran reforma de la Ley de Precios (265/2024 Sb.)

Principales cambios e impacto práctico para los empresarios en 2025

La reforma de la Ley de Precios checa (en adelante, «Ley de Precios»), en vigor desde el 1 de enero de 2025, modificó según el Derecho checo las normas sobre regulación de precios, registro de precios y control que afectan a comerciantes y demás empresarios. Las nuevas resoluciones de precios unifican la forma de las medidas regulatorias y permiten su revisión judicial. El artículo explica el etiquetado de precios, las competencias de los órganos de control y los procedimientos que ayudan a evitar sanciones.

Los abogados de ARROWS ofrecen consejos prácticos a los empresarios sobre la reforma de la Ley de Precios.

Principales cambios según la reforma de la Ley de Precios

  • Resoluciones de precios en lugar de decisiones de precios: La regulación de precios se llevará a cabo a partir de ahora mediante resoluciones de precios (medidas de carácter general)​. De este modo, las decisiones de precios adoptadas hasta ahora por los órganos competentes se modifican formalmente y se unifican. En la práctica, esto significa que las resoluciones de precios deben estar motivadas y están sujetas a revisión judicial​. Así, los empresarios que no estén de acuerdo con la regulación de precios impuesta pueden interponer una demanda (a más tardar en el plazo de 3 meses desde la entrada en vigor de la medida)​.
  • Publicación y entrada en vigor uniformes de las medidas: Los distintos órganos publicarán las resoluciones de precios en sus propios boletines (el Ministerio de Hacienda (MF) en el Boletín de Precios, el Ministerio de Sanidad (MZdr) en el Boletín del MZdr, la Oficina Reguladora de la Energía (ERÚ) en el Boletín de la ERÚ, etc.), y los órganos sin boletín propio utilizarán el Boletín de Precios del MF​. La resolución de precios entrará en vigor, por regla general, el sexagésimo día tras su publicación, para que los afectados tengan tiempo de prepararse​. En casos excepcionales, sin embargo, puede aplicarse antes, como muy pronto el día siguiente a su publicación, si así lo exige el interés público ante una situación extraordinaria del mercado​. El Estado obtiene así la posibilidad de reaccionar con gran rapidez ante las crisis de precios.
  • Unificación de las competencias de los órganos de precios: Se deroga la «ley de competencias en materia de precios» independiente y las competencias de los órganos de precios (Gobierno, ministerios, oficinas especializadas, regiones y municipios) quedan ahora definidas directamente en la Ley de Precios​. Se eliminan solapamientos y queda más claro quién regula y quién controla qué. Se reduce el papel de los municipios y las regiones: las autoridades locales solo pueden controlar la regulación de precios que ellas mismas hayan emitido (sobre la base de una resolución de precios del MF)​. El cumplimiento de las demás normas de precios corresponde a los órganos centrales. El resultado es una mayor claridad de competencias, de modo que los empresarios sabrán mejor qué autoridad supervisa los precios en su sector.
  • Indicación del precio de los productos (precio de venta y precio por unidad de medida): La obligación de indicar el precio de los productos ha sufrido varios ajustes. Sigue vigente que el vendedor debe indicar en los productos ofrecidos el precio de venta (incluidos el IVA y las tasas) de forma que el consumidor pueda conocerlo de antemano​. Sin embargo, se reintroduce la obligación de indicar también el precio por unidad de medida (precio por unidad de cantidad) en determinados productos no alimentarios envasados​. El Ministerio de Hacienda publicará un decreto con la lista de tipos de productos a los que se aplica la obligación del precio por unidad de medida (entre otros, determinados cosméticos, artículos de higiene, productos de limpieza, etc.)​. En los alimentos envasados se mantiene la obligación del precio por unidad de medida (salvo en los casos en que resulte inadecuado o induzca a confusión)​. Se ha suprimido la excepción anterior: también en los alimentos perecederos vendidos con descuento por la proximidad de su caducidad debe indicarse ahora el precio por unidad de medida recalculado​. La ley exige además expresamente que la información sobre el precio (de venta y por unidad de medida) sea inequívoca, fácilmente identificable y legible​; se hace hincapié, por tanto, en la claridad de las etiquetas de precio tanto en la tienda como en la web.
  • Sanciones y controles más estrictos: La reforma endurece las sanciones por infringir las normas de precios. En algunas infracciones aumentan las multas; por ejemplo, por no llevar el registro de precios de productos regulados, el límite máximo de la multa sube de 1 millón CZK (aprox. 41 200 EUR) a 10 millones CZK (aprox. 411 500 EUR)​. También se amplía la aplicación de multas vinculadas al beneficio ilícito: ya a partir de un beneficio de 200 000 CZK (aprox. 8 200 EUR) (antes a partir de 1 millón CZK), la multa puede ascender hasta el quíntuplo de dicho beneficio​. Además, los órganos de control pueden dictar ahora también medidas correctoras (ordenar al empresario que subsane la situación de inmediato)​. Cabe esperar controles de precios más rigurosos: gracias a unas competencias más claras y a sanciones más elevadas, los inspectores estarán motivados para perseguir las infracciones con mayor contundencia.
  • Cooperación con la autoridad de defensa de la competencia: La reforma ha vinculado el ámbito de los precios con la competencia económica. La Oficina para la Protección de la Competencia (ÚOHS) ha obtenido el derecho a solicitar información a los órganos de precios (MF, Inspección Comercial Checa (ČOI), Instituto Estatal para el Control de Medicamentos (SÚKL), etc.) y a utilizarla en la supervisión de la competencia y del poder de mercado significativo en la venta de productos agrícolas y alimentarios​. Esto significa que los controles de precios pueden revelar indicios, por ejemplo, de cárteles o abuso de posición dominante y trasladarlos a la autoridad de competencia. Y a la inversa: también la ÚOHS compartirá información con los órganos de precios. Los grandes actores (especialmente en el sector alimentario) pueden así enfrentarse a una atención coordinada: una infracción de las normas de precios puede desembocar también en una investigación de la ÚOHS y, a la inversa, las infracciones de competencia no pasarán desapercibidas para los inspectores de precios.

Nuevos riesgos y posibles multas

De los cambios anteriores se derivan nuevos riesgos para los empresarios en materia de precios:

  • Multas considerablemente más altas: Por infringir las normas de precios se exponen a sanciones mucho más elevadas que antes. Las multas máximas han aumentado hasta 10 millones CZK​ y, además, la multa puede calcularse ahora a partir del beneficio ilícito de la empresa (hasta 5 veces el beneficio obtenido)​. Esto incrementa notablemente el riesgo financiero de ignorar las normas: las grandes empresas pueden llegar a pagar decenas de millones por inflar los precios de forma ilícita.
  • Intervenciones rápidas del Estado en los precios: Las nuevas normas permiten al Estado introducir la regulación de precios con gran rapidez en respuesta a una situación de crisis​. Los empresarios pueden enfrentarse así de un día para otro a, por ejemplo, precios máximos para sus productos. El riesgo es que la empresa no reaccione a tiempo e incumpla la disposición; por ello es necesario seguir los boletines oficiales y estar preparado para ajustar los precios de inmediato.
  • Controles y medidas correctoras más rigurosos: La unificación de competencias y el refuerzo de las facultades suponen controles más específicos. Los inspectores pueden ahora no solo imponer multas, sino también ordenar la subsanación inmediata de las deficiencias detectadas​. Los empresarios pueden así ser objeto de controles con mayor frecuencia y se verán obligados a corregir rápidamente los errores (por ejemplo, añadir etiquetas de precio que falten, reducir un precio excesivo, etc.); de lo contrario, se exponen a sanciones.
  • Vinculación con la supervisión de la ÚOHS: Los controles de precios y la supervisión antimonopolio se interconectan: el riesgo de una investigación de la ÚOHS ante prácticas de precios sospechosas aumenta​. Por ejemplo, precios o márgenes injustificadamente elevados detectados en un control de precios pueden dar lugar a la apertura de un procedimiento de competencia. Para las empresas, esto significa que una infracción puede acarrear una doble sanción (conforme a la Ley de Precios y a las normas de competencia).

Nuestros especialistas le ayudarán

JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

advokát, řídící partner

dohnal@arws.cz
Mgr. Vojtěch Sucharda

Mgr. Vojtěch Sucharda

advokát, partner

sucharda@arws.cz
ARROWS despacho de abogados

Consecuencias prácticas para los empresarios

¿Cómo se reflejarán los cambios en la práctica de las distintas empresas? A continuación, exponemos los efectos concretos:

Vendedores (tiendas físicas y tiendas en línea)

Para los minoristas, la reforma supone sobre todo nuevos requisitos de indicación de precios y la necesidad de una mayor flexibilidad en la política de precios:

  • Precios por unidad de medida obligatorios: Desde el 1 de enero de 2025, los comerciantes deben indicar rigurosamente el precio por unidad de medida en todos los productos en que la ley lo exige. En los alimentos es algo evidente; ahora la obligación se extiende también a determinados productos no alimentarios (según el decreto del MF)​. Las tiendas deben adaptar sus etiquetas: en cada producto afectado deben indicar de forma visible, por ejemplo, «Precio: 50 CZK, es decir, 100 CZK/kg». Las tiendas en línea ajustarán de forma similar la visualización de los precios (conversión automática por unidad). Atención: también en los productos rebajados próximos a su caducidad debe indicarse ahora el precio por unidad de medida recalculado​. El incumplimiento de estas obligaciones puede ser sancionado en un control.
  • Precios claros y finales: Asegúrese de que las etiquetas de precio en la tienda y los precios en la web sean inequívocos y legibles​. El cliente debe ver con claridad cuál es el precio final, incluidos el IVA y todas las tasas​. La confusión en el etiquetado (por ejemplo, precios asignados de forma ambigua) puede dar lugar a sanciones. Desde el punto de vista del marketing, además, los precios claros aumentan la confianza de los clientes.
  • Seguimiento de las disposiciones sobre precios: Los comerciantes deberían seguir las posibles resoluciones de precios de su sector​. Aunque la mayoría de los productos no están regulados habitualmente, puede surgir una situación extraordinaria (por ejemplo, con materias primas estratégicas o equipos de protección, como ocurrió en el pasado). Además, la regulación se aplicaría ahora muy poco después de su publicación​. Por ello, se recomienda designar a una persona responsable que siga los tablones de anuncios oficiales y los boletines, para que la empresa pueda reaccionar a tiempo y ajustar los precios en las tiendas o en la tienda en línea.
  • Registro de precios: Si vende productos con precio regulado (por ejemplo, medicamentos con precio máximo, tabaco con precio fijo, etc.), no olvide llevar correctamente el registro de precios. La obligación de registro no cambia, pero su incumplimiento se castiga ahora con una multa de hasta 10 millones CZK​. Prepare, por tanto, la documentación necesaria (cálculos de precios, facturas) para un posible control, a fin de demostrar que respeta los límites de precios establecidos.

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Grandes empresas alimentarias

Para los productores y proveedores de alimentos, la reforma implica una mayor atención de los reguladores y la necesidad de vigilar sus prácticas de precios:

  • Posibles intervenciones del Estado en los precios: El Estado dispone ahora de instrumentos más sólidos para la regulación de los precios de los alimentos en situaciones de crisis. Si, por ejemplo, los precios de los alimentos básicos subieran considerablemente, el Gobierno podría introducir rápidamente precios máximos incluso a nivel de productor​. Por ello, las grandes empresas alimentarias deberían seguir la evolución económica y las señales del Gobierno. Conviene tener preparado un plan ante una posible limitación de precios (por ejemplo, reducir temporalmente los márgenes, buscar ahorros), para que la empresa pueda reaccionar con prontitud a la disposición y evitar sanciones.
  • Mayor supervisión de los márgenes: Los márgenes y los movimientos de precios de las empresas alimentarias importantes pueden estar ahora bajo lupa. Si un control de precios detecta márgenes inusualmente altos, puede trasladarlo a la ÚOHS como denuncia para su investigación​. Por ello, las empresas deberían ser capaces de justificar su fijación de precios, disponiendo de documentación que demuestre que los precios más altos responden al aumento de los costes y no a un abuso de poder de mercado. También se recomienda comunicarse con los socios comerciales y con el público y explicar los motivos de posibles subidas de precios, para evitar sospechas de manipulación de precios.
  • Coordinación en la cadena de suministro: Si se introdujera una regulación de precios (por ejemplo, un límite al margen máximo) en la cadena alimentaria, los grandes productores no podrían prescindir de una estrecha cooperación con mayoristas y cadenas comerciales. Por ello, es conveniente establecer ya ahora relaciones transparentes, compartiendo la información necesaria sobre precios y costes. Esto facilitará el cumplimiento conjunto de los posibles límites de precios y reducirá el riesgo de acusaciones mutuas sobre quién es responsable de la infracción. Un enfoque justo en la cadena también ayuda a generar confianza ante los reguladores.

Mayoristas y distribuidores

Los mayoristas y distribuidores (proveedores de productos a otros vendedores) notarán la reforma de la siguiente manera:

  • Control de precios en toda la cadena: Si el Estado introduce una regulación de precios para determinados productos, puede fijar límites para todos los eslabones de la cadena, desde el productor hasta la tienda. Los distribuidores deben vigilar, por tanto, que sus márgenes no superen el límite permitido. Es necesario llevar un registro minucioso de los precios de compra y de venta y poder acreditar que el recargo no supera el porcentaje o el importe establecido. El incumplimiento conllevaría multas y la obligación de restituir el beneficio ilícito​.
  • Obligaciones en la venta a clientes finales: Si el mayorista vende también a clientes no empresarios (por ejemplo, a autónomos o al público en régimen de cash & carry), le son aplicables obligaciones similares a las del comercio minorista. Debe indicar claramente los precios finales con IVA incluido y, en los productos afectados, también los precios por unidad de medida​. Por tanto, el mayorista debería comprobar que en los espacios accesibles a los consumidores (y en su posible tienda en línea) los precios están correctamente indicados conforme a las nuevas normas.
  • Riesgo de sanción por explotación de precios: Los distribuidores, como eslabón intermedio, pueden en épocas de escasez subir considerablemente los precios y aprovecharse de la situación. Sin embargo, ahora existe el riesgo de que, en una situación extraordinaria, el Estado limite tales prácticas y, si se tratara de una actuación concertada de varias empresas o de un abuso de posición dominante, también puede intervenir la ÚOHS​. Por ello, los mayoristas deberían fijar sus precios con prudencia. Los saltos de precios extremos pueden atraer la atención de los reguladores; es mejor evitar sospechas, por ejemplo, asegurándose de que toda subida importante de precios esté siempre respaldada por un aumento extraordinario de los costes (que pueda acreditar).

Abogados de ARROWS debaten el impacto de la reforma de la Ley de Precios en los empresarios en 2025.

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Cómo prepararse y minimizar los riesgos

Los cambios legislativos crean nuevas obligaciones y amenazas, pero con antelación y el enfoque adecuado es posible prepararse para ellos. Recomendamos:

  • Realice una auditoría interna de las etiquetas de precio: Compruebe que en todos los productos indica información de precios correcta y completa, tanto en la tienda como en línea. Asegúrese de que en ningún caso falte el precio por unidad de medida, de que los precios incluyan el IVA y de que sean bien visibles​. Elimine las ambigüedades (por ejemplo, etiquetas de precio duplicadas).
  • Adapte sus sistemas y procesos: Actualice sus sistemas de caja y su tienda en línea para que puedan calcular automáticamente los precios por unidad de medida e imprimirlos en las etiquetas. Establezca un procedimiento para que, con cada cambio del precio de venta, se recalcule también el precio por unidad de medida (esto se aplica también a los productos rebajados). La tecnología puede ayudarle mucho a eliminar errores.
  • Forme a sus empleados: Informe a su personal de las nuevas normas. Los dependientes deben conocer la obligación de indicar los precios por unidad de medida también en las rebajas. Los responsables de la fijación de precios deberían ser conscientes de las sanciones más estrictas por infringir la regulación y de la importancia del registro de precios. Un equipo bien informado garantiza con mayor facilidad el cumplimiento de la ley.
  • Siga la evolución: Manténgase al tanto de las posibles medidas de precios. Siga los comunicados del Ministerio de Hacienda y de otras autoridades o suscríbase a las novedades de sus sitios web. Así minimizará el riesgo de que se le escape una disposición importante. Mantenga también la comunicación con sus socios comerciales: intercambien a tiempo información sobre el mercado para poder reaccionar de forma coordinada ante posibles cambios.
  • Consulte a expertos: Si no está seguro de la interpretación de las nuevas obligaciones o de su impacto en su negocio, diríjase a un despacho de abogados especializado en Derecho mercantil. Unos abogados experimentados le ayudarán a realizar una auditoría de cumplimiento de su fijación de precios, a adaptar los contratos y las condiciones comerciales a la reforma y le asesorarán sobre cómo evitar multas. En caso de litigio (por ejemplo, si necesita impugnar una disposición de precios ante los tribunales o defenderse en un control), con la ayuda de un abogado estará en una posición más ventajosa. Invertir en prevención es muchísimo más barato que las posibles sanciones o litigios.

Conclusión

La reforma de la Ley de Precios 265/2024 Sb. introduce cambios fundamentales para los que los empresarios deberían prepararse a tiempo. Tanto si vende a clientes finales como si opera en el comercio mayorista o en la producción alimentaria, merece la pena realizar los ajustes necesarios y seguir la evolución. El desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento; al contrario, puede salir caro en forma de multas elevadas. Por ello, no dude en aprovechar las fuentes de información disponibles y, en caso de duda, consultar a expertos (un despacho de abogados). Así protegerá su negocio y podrá seguir ejerciendo su actividad con tranquilidad, también bajo las nuevas normas.

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ARROWS despacho de abogados

Sobre el autor

JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.
JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

Abogado, socio director

Jakub Dohnal es abogado y socio director de ARROWS. Se dedica a la venta de empresas, la entrada de inversores en el capital y a las transacciones inmobiliarias —generalmente del lado del propietario que vende una empresa cuyo valor ha construido durante años y necesita que la transacción se complete en las condiciones acordadas.