Reforma de la Ley de Contratación Pública
Cambios de umbrales y otras modificaciones clave para los poderes adjudicadores
Según el Derecho checo, la reforma de la Ley de Contratación Pública checa (Ley n.º 134/2016 Sb., en adelante «ZZVZ») ha simplificado la adjudicación de las compras de menor importe y ha introducido nuevas normas para el control de las subvenciones extranjeras. En los contratos de suministro y de servicios, el umbral de los contratos de pequeña cuantía ha aumentado a 3 000 000 CZK (aprox. 123 500 EUR) sin IVA, pero los poderes adjudicadores deben seguir respetando los principios básicos. El artículo explica los nuevos umbrales, la adaptación de las directrices internas y las obligaciones en las grandes licitaciones.

Resumen
El principal motivo de estos cambios es la necesidad de incorporar al Derecho checo el nuevo Reglamento europeo sobre subvenciones extranjeras (Reglamento (UE) 2022/2560, en adelante también «Reglamento»). Este Reglamento responde a una situación en la que las subvenciones concedidas por gobiernos de terceros países no estaban reguladas, a diferencia de las ayudas públicas otorgadas por los Estados miembros de la UE. Las empresas con subvenciones extranjeras podían así obtener ventaja en adquisiciones o en contratos públicos.
Por ello, la reforma de la ZZVZ introduce nuevas obligaciones y normas para los poderes adjudicadores y los licitadores, a fin de garantizar la correcta aplicación práctica de dicho Reglamento. Al mismo tiempo, se elevan algunos umbrales financieros en los procedimientos de adjudicación con el objetivo de reducir la carga administrativa de los poderes adjudicadores. En el siguiente resumen analizamos los principales cambios, su alcance y sus repercusiones prácticas para los poderes adjudicadores.
Principales cambios en la Ley de Contratación Pública
La reforma de la ZZVZ trae varias modificaciones sustanciales. En primer lugar, se trata de cambios que responden a las nuevas normas sobre subvenciones extranjeras en el ámbito de la contratación pública:
Plazo de vinculación de las ofertas
Si el procedimiento de adjudicación está sujeto a una investigación de la Comisión Europea en relación con subvenciones extranjeras notificadas, el plazo de vinculación de las ofertas previsto en el § 40, apartado 2, de la ZZVZ se prorroga por el tiempo que dure el examen preliminar o la investigación exhaustiva de las contribuciones financieras extranjeras notificadas por parte de la Comisión Europea. De este modo, el proceso de adjudicación puede suspenderse temporalmente hasta que la Comisión emita su dictamen.
Posibilidad de retirada del licitador durante la investigación
Como novedad, conforme al § 40, apartado 3, de la ZZVZ, los participantes en el procedimiento de adjudicación pueden retirarse del mismo durante el plazo de vinculación de las ofertas si la Comisión Europea ha iniciado una investigación de sus subvenciones extranjeras notificadas. El poder adjudicador comunicará a los participantes el inicio o la conclusión de la investigación exhaustiva sin demora indebida tras haber sido informado de ello por la Comisión Europea.
Hasta ahora, las ofertas eran vinculantes durante todo el plazo de vinculación. Sin embargo, la reforma permite retirar la oferta en caso de una investigación prolongada, para que los licitadores no queden vinculados por su oferta durante un tiempo desproporcionado.
Obligación de completar la declaración sobre ayudas extranjeras que falte
Conforme al § 46, apartado 4, de la ZZVZ, el poder adjudicador está ahora obligado a solicitar al licitador una notificación adicional o una declaración responsable sobre las contribuciones financieras extranjeras si la oferta o la solicitud de participación no contiene dichos documentos.
En la práctica, esto significa que, en los contratos afectados, los participantes deben declarar al presentar su oferta si han recibido subvenciones extranjeras que superen el umbral establecido (véase más abajo) o, en su caso, aportar una declaración responsable de que no están sujetos a ninguna obligación de notificación. Si un licitador lo olvidara, el poder adjudicador le requerirá ahora que lo subsane en un plazo de 10 días hábiles.
Ampliación de los motivos de exclusión de participantes en el procedimiento de adjudicación
La ZZVZ se completa de modo que el poder adjudicador puede excluir a un participante del procedimiento de adjudicación por los motivos establecidos en el Reglamento. En otras palabras, si la normativa europea directamente aplicable —en particular el Reglamento sobre subvenciones extranjeras— establece que un determinado participante debe ser excluido o su oferta rechazada (por ejemplo, por haberse constatado una ayuda extranjera perjudicial), el poder adjudicador cuenta para ello con respaldo legal.
Aumento de los umbrales de los contratos públicos de pequeña cuantía
Además de las disposiciones relativas a las subvenciones, la reforma modifica también los umbrales financieros de los contratos públicos de pequeña cuantía. En concreto, el umbral a partir del cual es obligatorio adjudicar conforme al régimen de la ZZVZ se eleva del siguiente modo:
en suministros y servicios, de los anteriores 2 000 000 CZK (aprox. 82 300 EUR) a 3 000 000 CZK sin IVA,
en obras, de 6 000 000 CZK (aprox. 246 900 EUR) a 9 000 000 CZK (aprox. 370 400 EUR) sin IVA.
Así, los poderes adjudicadores pueden realizar más contratos pequeños fuera del régimen de la ley (solo conforme a sus propias normas internas), lo que debe reducir la carga administrativa. El motivo del aumento de estos umbrales es, sobre todo, el incremento del nivel de precios en los últimos años y el afán por simplificar la adjudicación de los contratos pequeños.
Aumento del umbral para la publicación obligatoria del contrato en el perfil del contratante
Asimismo, se eleva el umbral para la publicación obligatoria del contrato en el perfil del contratante: en adelante, los contratos solo deberán publicarse obligatoriamente a partir de un valor de 1 000 000 CZK (aprox. 41 200 EUR) sin IVA, en lugar de los anteriores 500 000 CZK (aprox. 20 600 EUR) sin IVA. Esto libera de nuevo a los poderes adjudicadores de la obligación de publicar contratos de muy escaso importe (atención, no obstante, a otras normas, como la ley checa sobre el Registro de Contratos (registr smluv), que puede tener sus propios requisitos).
Relación con la reforma de la Ley de Ayudas Públicas
La reforma de la ZZVZ está estrechamente vinculada a la reforma paralela de la Ley de Ayudas Públicas checa (Ley n.º 215/2004 Sb.), que incorpora al marco jurídico checo la materia de las subvenciones extranjeras. La Ley de Ayudas Públicas regula tradicionalmente los procedimientos de concesión y control de las ayudas estatales (subvenciones) de conformidad con la normativa de la UE.
Sin embargo, hasta ahora solo se ocupaba de las ayudas concedidas por la República Checa u otros Estados miembros de la UE. La reforma de esta ley amplía su ámbito de aplicación también a las subvenciones de terceros países; incluso su título incorpora la expresión «y de las subvenciones extranjeras». En la práctica, esto significa que la Oficina para la Protección de la Competencia (ÚOHS) desempeñará en adelante el papel de autoridad de contacto y cooperación en las investigaciones de subvenciones extranjeras realizadas por la Comisión Europea.
Además, la ÚOHS adquiere la facultad de exigir a las empresas información sobre las ayudas extranjeras recibidas y transmitirla a la Comisión Europea, así como, en su caso, realizar investigaciones en el territorio de la República Checa a petición de la Comisión. Y es que los Estados miembros solo desempeñan un papel de asistencia en el procedimiento previsto en el Reglamento: toda la competencia decisoria permanece en manos de la Comisión Europea.
Este cambio va de la mano de la reforma de la ZZVZ. Mientras que la Ley de Ayudas Públicas regula el marco institucional y procedimental (quién y cómo cooperará a nivel nacional con la Comisión en el control de las subvenciones extranjeras), la ZZVZ garantiza que las normas del Reglamento se trasladen a la práctica cotidiana de los procedimientos de adjudicación.
Ambas reformas crean conjuntamente las condiciones para que los nuevos mecanismos de la Unión de protección del mercado interior frente a distorsiones funcionen también en el ámbito de la contratación pública checa. Desde el punto de vista del poder adjudicador, lo esencial es que han surgido nuevas obligaciones y posibilidades (véase más arriba) en la tramitación del procedimiento de adjudicación; su cumplimiento puede ser objeto de supervisión por la ÚOHS, al igual que las demás normas de la ZZVZ.
Por otro lado, las normas sobre la concesión de subvenciones por entidades checas (ayudas públicas) no cambian en absoluto. El cambio se refiere exclusivamente a la introducción de normas sobre subvenciones extranjeras junto a la regulación vigente de las ayudas públicas.
Posibles riesgos y sanciones | Cómo ayuda ARROWS (consultas@arws.cz) |
Bloqueo o anulación del contrato por parte de la CE | Identificamos los contratos sujetos al FSR, preparamos una documentación de licitación correcta con las declaraciones obligatorias y gestionamos la comunicación con la CE y la ÚOHS. |
Actuación incorrecta del poder adjudicador y revisión ante la ÚOHS | Nos encargamos de toda la gestión del procedimiento de adjudicación conforme a la reforma de la ZZVZ, fijamos plazos correctos y preparamos requerimientos y resoluciones a prueba de impugnaciones. |
Directrices internas obsoletas e incumplimiento de los principios de las 3E | Actualizamos sus normas y directrices internas para contratos de pequeña cuantía de modo que aprovechen plenamente los nuevos umbrales y, al mismo tiempo, protejan a la dirección de la organización. |
Confusión entre el perfil del contratante y el Registro de Contratos | Realizamos una auditoría jurídica de sus procedimientos de publicación y establecemos mecanismos de control que eviten la invalidez de los contratos celebrados. |
Repercusiones para los poderes adjudicadores
Desde el punto de vista de los poderes adjudicadores, la reforma trae nuevas obligaciones en los grandes contratos y simplificaciones en los pequeños. En primer lugar, los poderes adjudicadores deberían evaluar si les afectarán las normas sobre subvenciones extranjeras.
Estas se aplican a licitaciones extraordinariamente grandes: el Reglamento establece que la obligación de notificación surge en contratos con un valor estimado de al menos 250 millones EUR (aprox. 6 000 millones CZK) y, al mismo tiempo, cuando el licitador (incluidas las personas vinculadas y los principales subcontratistas) haya recibido de terceros países, en los últimos 3 años, subvenciones por un total de al menos 4 millones EUR. La mayoría de los contratos públicos habituales no alcanza valores tan elevados.
No obstante, si planea, por ejemplo, una gran concesión o una licitación de infraestructuras financiada por miles de millones de coronas checas, debe contar con la aplicación de estas normas. En la práctica, esto implica incluir en la documentación de la licitación la exigencia de que todos los participantes presenten la notificación de subvenciones extranjeras (o, en su caso, una declaración responsable de que la notificación no es necesaria). El poder adjudicador estará obligado a remitir sin demora estas notificaciones a la Comisión Europea y a no celebrar el contrato mientras la Comisión examina los posibles efectos de las subvenciones.
Los plazos estándar de examen son de 20 días hábiles para la evaluación preliminar y de 110 días hábiles (prorrogables) para la investigación exhaustiva por parte de la Comisión. Por tanto, hay que contar con que el periodo entre la presentación de ofertas y la firma del contrato puede prolongarse varios meses si se requiere la notificación conforme al Reglamento.
También es necesario seguir la comunicación con la Comisión: si se inicia una investigación exhaustiva, el poder adjudicador lo comunicará a los participantes en el procedimiento, que podrán decidir retirar sus ofertas (como permite la reforma de la ZZVZ). Si la Comisión Europea constatara posteriormente que una determinada subvención extranjera distorsiona la competencia, podrá prohibir la adjudicación del contrato a dicho licitador.
En tal caso, al poder adjudicador no le quedaría otra opción que excluir al participante afectado y, en su caso, pasar a seleccionar al siguiente en el orden de clasificación o iniciar un nuevo procedimiento. Por ello, en los contratos estratégicos recomendamos identificar de antemano si el Reglamento podría aplicarse y comunicarlo a tiempo tanto a la dirección de la organización como a los posibles licitadores.
Por el contrario, los contratos más pequeños podrán adjudicarse con mayor libertad. El aumento de los umbrales de los contratos públicos de pequeña cuantía a 3 000 000 CZK (o 9 000 000 CZK en obras) significa que numerosas compras que antes debían tramitarse mediante un procedimiento formal conforme a la ZZVZ pueden realizarse ahora de forma más sencilla. Esto ahorrará a los poderes adjudicadores tiempo y costes de gestión; según la exposición de motivos, la motivación fue sobre todo reducir la carga administrativa y los costes.
No obstante, los poderes adjudicadores deberían actualizar sus directrices y procedimientos internos, que a menudo establecen los detalles de la adjudicación de los contratos de pequeña cuantía. Conviene reajustar los umbrales internos y los procesos de aprobación para que reflejen la nueva regulación (por ejemplo, modificar la definición de lo que su organización considera un contrato pequeño y la forma de solicitar ofertas).
Al mismo tiempo, aunque la ley no exige formalmente una licitación abierta en los contratos de hasta 3 000 000 CZK, recomendamos mantener la transparencia y un procedimiento no discriminatorio también en estos contratos más pequeños —por ejemplo, invitar a varios proveedores y publicar el resultado— para garantizar una gestión económica de los fondos públicos y evitar posibles dudas. Otro cambio práctico es el aumento del umbral para la publicación obligatoria de los contratos celebrados en el perfil del contratante a 1 000 000 CZK sin IVA.
Esto significa que los contratos con un valor inferior a este umbral ya no tendrán que publicarse en el perfil del contratante. Se reduce así la carga administrativa, sobre todo en los municipios y organizaciones más pequeños que celebran un gran número de contratos menores. Sin embargo, sigue vigente la obligación de llevar un registro de los contratos públicos y de respetar los principios de las 3E (economía, eficiencia y eficacia) también en los contratos por debajo del umbral y en los de pequeña cuantía. No olvide tampoco la ley sobre el Registro de Contratos, que exige publicar en el registro central los contratos que superen un determinado valor; esta obligación se mantiene sin cambios con independencia de la ZZVZ.
Resumen y recomendaciones
La reforma de la ZZVZ y los cambios conexos en materia de ayudas públicas combinan medidas europeas y nacionales que afectarán al proceso de adjudicación de los contratos públicos. A nivel europeo, se trata sobre todo de garantizar el control de las subvenciones extranjeras en las mayores licitaciones; a nivel nacional, de simplificar las normas para los contratos más pequeños. De ello se derivan varias recomendaciones clave para los poderes adjudicadores:
Familiarícese con las nuevas obligaciones: Si su organización puede convocar contratos de gran envergadura (del orden de varios miles de millones de coronas checas), preste especial atención a las normas del Reglamento (UE) 2022/2560. Asegúrese de incluir en la documentación de estas licitaciones las declaraciones exigidas a los licitadores y cuente con una posible prolongación de los plazos por la tramitación de las notificaciones por parte de la Comisión Europea.
Adapte los procesos y directrices internos: Gracias al aumento de los umbrales de los contratos de pequeña cuantía, puede aplicar procedimientos más sencillos a un mayor número de compras. Por ello, actualice sus normas internas para que se ajusten a los nuevos umbrales; por ejemplo, modifique los límites financieros de los procedimientos simplificados, las competencias de aprobación, etc.
No espere a que las nuevas obligaciones le tomen por sorpresa: prepárese a tiempo y evite complicaciones innecesarias. Tanto si aborda el impacto de las subvenciones extranjeras como si necesita adaptar sus directrices internas, consultar con especialistas le ayudará a configurar los procesos de forma correcta y segura. Una preparación adecuada no solo minimiza los riesgos, sino que también contribuye a unas condiciones de mercado más justas y a una gestión más eficiente de los contratos. Póngase en contacto con nosotros y asegúrese soluciones claras y funcionales antes de que entre en vigor la nueva regulación.
