Novedades jurídicas para empresas en Europa: septiembre de 2026
¿Comercializa software o dispositivos conectados en el mercado de la UE? Desde la semana pasada, según el Derecho de la Unión, debe notificar a las autoridades cualquier vulnerabilidad explotada en un plazo de 24 horas, incluso en productos vendidos hace años. En este artículo encontrará qué ha cambiado al respecto en Francia, los Países Bajos y Eslovaquia y qué debe tener listo antes de diciembre.

Resumen
El estado de la legislación y de las propuestas legislativas se recoge a 16 de septiembre de 2026. Esta edición abarca los cambios desde el 14 de agosto de 2026 y los plazos que vencen hasta mediados de diciembre.
Sin teoría jurídica innecesaria. Para cada cambio sabrá a quién afecta, de cuánto tiempo dispone y qué debe hacer en concreto.
Desde el 11 de septiembre debe notificar las vulnerabilidades explotadas en 24 horas, también en productos antiguos
Es la novedad más dura de toda la edición y lleva cinco días en vigor. El Reglamento de Ciberresiliencia (CRA) tiene su primer plazo realmente exigible, y las empresas no lo esperaban hasta finales de 2027.
A quién afecta. A los fabricantes de productos con elementos digitales comercializados en el mercado de la UE. Es una categoría amplia: software empresarial, aplicaciones independientes, sistemas operativos, equipos de red, hardware IoT y unidades de control industrial. También es fabricante quien pone su nombre o su marca en un producto ajeno.
Qué debe notificar y en qué plazos. Dos cosas: una vulnerabilidad activamente explotada en su producto y un incidente grave que afecte a su seguridad. La cascada tiene tres niveles: alerta temprana sin demora indebida y, a más tardar, en 24 horas desde que tenga conocimiento del hecho. Notificación detallada en 72 horas. Informe final en 14 días desde que esté disponible una medida correctora y, en los incidentes graves, en un mes desde la notificación de las 72 horas. Se presenta una única notificación a través de la plataforma única que ENISA puso en marcha ese mismo día; esta la remite al CSIRT nacional competente y a ENISA, de modo que no tiene que enviar dos notificaciones separadas. Además, debe informar a los usuarios afectados y, cuando proceda, a todos los usuarios.
Dos puntos que se confunden con más frecuencia. La obligación se aplica también a productos comercializados mucho antes de 2026: lo decisivo es cuándo tuvo conocimiento de la explotación activa. No obstante, según la interpretación definitiva de la Comisión Europea, no tiene que notificar retroactivamente las explotaciones que ya conocía antes del 11 de septiembre. Y no cualquier fallo activa la obligación: debe tratarse de una explotación activa o de un impacto grave. Es la primera decisión operativa que debe tener clara de antemano, no el día del incidente.
El resto del Reglamento —los requisitos esenciales de seguridad y el marcado CE— no se aplicará hasta el 11 de diciembre de 2027. Los administradores de software de código abierto también deberán notificar solo a partir de esa fecha. Las sanciones del art. 64 alcanzan los 15 millones de EUR o el 2,5 % del volumen de negocios mundial. La Comisión ha publicado los detalles sobre las notificaciones en su página sobre las obligaciones de notificación del CRA.
Qué hacer esta semana. Determine quién decide en la empresa que se trata de una explotación activa y quién envía la notificación, incluida la suplencia durante el fin de semana, porque el plazo de 24 horas no corre solo en horario laboral. Regístrese con antelación en la plataforma de ENISA; registrarse el día del incidente le consumirá el plazo. Revise los contratos con los proveedores de componentes y añada la obligación de notificarle las explotaciones sin demora; de lo contrario, se enterará tarde. Y prepare una plantilla de alerta temprana para no tener que resolver el formato el primer día.
Desde el 9 de diciembre, el software que se comercialice por primera vez queda sujeto a un nuevo régimen de responsabilidad por productos
El segundo cambio fundamental afecta a todo aquel que venda en la UE bienes materiales, software o ambos a la vez. La Directiva (UE) 2024/2853 sobre responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos debe transponerse en todos los Estados miembros a más tardar el 9 de diciembre de 2026 y sustituye a la regulación de 1985.
Qué cambia más. El software pasa a ser expresamente un producto, tanto independiente como integrado, incluidos los sistemas de inteligencia artificial y los archivos de fabricación digital. La responsabilidad es objetiva, es decir, con independencia de la culpa. Se amplía el círculo de responsables a los proveedores de software, los operadores de plataformas en línea, los prestadores de servicios de logística (fulfillment) y las empresas que reacondicionan productos. La indemnización cubre ahora también la destrucción o corrupción de datos y los daños psicológicos médicamente reconocidos. Se suprimen el umbral mínimo de daño y el límite máximo de responsabilidad vigentes hasta ahora. Y el tribunal puede ordenar la exhibición de pruebas, lo que modifica la posición procesal del demandado.
La fecha clave, además, se cita mal en muchos resúmenes. La versión original de la Directiva establecía que se aplicaría a los productos introducidos en el mercado después del 9 de diciembre de 2026. La corrección de errores publicada el 7 de mayo de 2026 lo rectificó: lo decisivo es la introducción en el mercado o la puesta en servicio después del 8 de diciembre de 2026, por lo que el nuevo régimen se aplica a los productos introducidos en el mercado a partir del 9 de diciembre inclusive. Muchas publicaciones siguen repitiendo la versión sin corregir y desplazan el límite un día. A los productos anteriores se les seguirá aplicando la regulación de 1985, aunque quede formalmente derogada: ambos regímenes convivirán, en productos de larga vida útil incluso durante diez años. Queda excluido el software libre y de código abierto desarrollado o suministrado fuera de una actividad comercial.
Y un matiz jurídico que importa. Se trata de una directiva, no de un reglamento. Sus efectos dependen de la transposición nacional, y el hecho de que un Estado no la transponga a tiempo no genera por sí mismo responsabilidad de una empresa privada frente a otra. Además, la transposición difiere notablemente entre Estados. A la fecha de cierre la han completado Hungría, que aprobó la ley ya en diciembre de 2025, Croacia desde julio de 2026 y Lituania, cuya ley entra en vigor el 9 de diciembre de 2026. Aproximadamente un tercio de los Estados ha publicado proyectos, que se interpretan de forma distinta pese a la exigencia de armonización plena. Alemania presentó su proyecto en septiembre de 2025; en Francia se prevé un retraso considerable y, hasta entonces, sus tribunales deberán interpretar la normativa vigente a la luz de la nueva directiva. En la República Checa, la responsabilidad por productos defectuosos se regula en el Código Civil checo (Ley n.º 89/2012 Sb., en adelante «CC»); la ley independiente n.º 59/1998 Sb. quedó derogada el 31 de diciembre de 2013.
Qué hacer antes de finales de noviembre. Averigüe qué productos introducirá en el mercado a partir del 9 de diciembre y sepárelos en la documentación de las versiones anteriores: de ello depende qué régimen se aplica. Revise las limitaciones de responsabilidad en sus condiciones comerciales y licencias; de la responsabilidad objetiva por productos defectuosos no puede eximirse contractualmente, y la cláusula que lo intente es ineficaz en esa parte. Compruebe con su aseguradora si su seguro de responsabilidad civil cubre los daños a datos y el nuevo círculo de responsables. Y negocie con los proveedores de componentes de software un derecho de repetición.
Antes del 27 de septiembre debe retirar de las etiquetas las promesas ecológicas que no pueda acreditar
Quedan once días. A partir del 27 de septiembre de 2026, los Estados miembros deben empezar a aplicar las normas adoptadas para transponer la Directiva (UE) 2024/825 para empoderar a los consumidores en la transición ecológica. No la confunda con la propuesta de directiva sobre alegaciones ecológicas, tramitada por separado y aún no aprobada. No hay periodo transitorio y se modifican normas que ya existen en el Derecho nacional: las de prácticas comerciales desleales y derechos de los consumidores.
Las alegaciones medioambientales genéricas del tipo «ecológico», «respetuoso con la naturaleza» o «verde» quedan prohibidas si no demuestra un excelente comportamiento medioambiental reconocido y pertinente para la alegación. También se prohíben las alegaciones de neutralidad climática de un producto basadas en la compensación de emisiones fuera de la cadena de valor, típicamente el «carbon neutral» basado en offsets. En cuanto a las etiquetas de sostenibilidad, rige una precisión importante: una etiqueta no está prohibida por ser privada, sino porque no se basa en un sistema de certificación con verificación independiente por un tercero ni ha sido establecida por una autoridad pública. La etiqueta autocertificada sin tal sistema sí es un problema. Responde de ella usted como comerciante, aunque la haya emitido otro.
Antes del 27 de septiembre revise envases, etiquetas, tienda en línea y catálogos y, para cada alegación, documente a qué se refiere y en qué se basa. Lo que no pueda acreditar, retírelo. Empiece por formulaciones como «carbon neutral»: son las primeras en caer. Y no olvide las versiones lingüísticas de la tienda en línea; necesita la acreditación para cada mercado en el que utilice la alegación.
Su filial neerlandesa se encarecerá dos veces a partir de enero
El Gobierno presentó el 15 de septiembre el paquete fiscal para 2027 y contiene dos partidas desagradables para los empleadores. Adelantamos lo más importante: por ahora se trata de propuestas. Solo serán definitivas tras su aprobación por ambas cámaras y su publicación en el Staatsblad, normalmente en diciembre. Hasta entonces, los importes y las fechas pueden cambiar.
La primera partida ya está en la ley y no cambiará. El beneficio fiscal para trabajadores extranjeros, la llamada regla del 30 %, baja en los nuevos casos al 27 % a partir de 2027 y aumentan los umbrales salariales para acceder a él. Si desplaza personal a los Países Bajos o contrata allí a extranjeros, calcule el salario neto con el nuevo tipo antes de firmar una oferta con efectos desde enero.
Las demás partidas son propuestas y determinan el presupuesto del próximo año. La deducción por inversiones energéticas debe aumentar del 40 % al 45 % a partir del 1 de enero de 2027. El innovation box para pymes se ampliará de 25 000 EUR a 100 000 EUR, de modo que el beneficio fiscal alcanzará una parte mayor de los beneficios derivados de la innovación. El tipo del impuesto sobre transmisiones inmobiliarias para compradores que no vayan a residir en el inmueble baja del 8 % al 7 %; el documento oficial no lo limita a personas físicas, así que en compras de inversión verifíquelo según el texto final. Y para rentas a partir de 137 800 EUR se limitará durante seis años el beneficio fiscal por la constitución de la pensión, lo que afecta a los paquetes retributivos de directivos.
Y no olvide un plazo que se acerca más rápido. La presunción iuris tantum de relación laboral neerlandesa para tarifas horarias bajas entra en vigor el 31 de diciembre de 2026. El umbral decisivo está por debajo de 38 EUR por hora; el importe base de la ley es de 36 EUR con indexación, y el importe aplicable en la primera aplicación lo fijará una orden ministerial. Revise también a los contratistas ligeramente por encima del umbral: no es un techo, y por encima de él también puede haber una relación laboral encubierta. Tiene quince semanas para reestructurar su modelo de colaboración.
En Francia ya no se admite la facturación fuera de una plataforma autorizada
Desde el 1 de septiembre de 2026, las empresas establecidas en Francia incluidas en el ámbito de la reforma deben poder recibir facturas electrónicas. Con independencia de su tamaño, incluidas las microempresas. En esa misma fecha, las grandes empresas y las de 250 a 4 999 empleados empezaron a emitir facturas y a transmitir a la administración tributaria datos sobre transacciones y pagos. El régimen ya no está en fase de preparación, sino plenamente operativo.
Si no llegó a tiempo, resuelva dos cosas a la vez. Firme un contrato con una plataforma autorizada y, al mismo tiempo, acuerde con sus clientes franceses un régimen transitorio hasta que la conexión esté lista. La administración tributaria francesa advierte, además, de lo contrario de lo que suele afirmarse: el cliente no debe negarse a tramitar ni a pagar una factura solo porque no sea electrónica si el proveedor aún no está obligado a emitirla.
Lo decisivo es el establecimiento, no el mero número de IVA. ¿Tiene en Francia un establecimiento o una filial? Le afecta en toda su extensión. ¿Tiene solo un número de IVA francés sin establecimiento permanente? La facturación electrónica no le afecta en absoluto, pero la transmisión de datos a la administración tributaria sí, en las operaciones que se consideran localizadas en Francia y por las que debe ingresar el IVA francés.
Aquí se cometen errores a menudo, porque no hay un único plazo. Según la administración tributaria francesa, la obligación de transmitir datos para las empresas no establecidas llega en tres oleadas. Desde el 1 de septiembre de 2026 para las grandes empresas y las de 250 a 4 999 empleados, cuando actúen como vendedor o prestador del servicio. Desde el 1 de septiembre de 2027 para microempresas y pymes en ese mismo papel. Y desde el 1 de septiembre de 2027 para las empresas que actúen como adquirente o destinatario obligado a ingresar el IVA, es decir, en la inversión del sujeto pasivo y en adquisiciones intracomunitarias de bienes, con independencia de su tamaño. Debe firmar el contrato con la plataforma autorizada antes de la fecha en que nazca su obligación.
Una trampa que casi todos pasan por alto. El tamaño de la empresa se evalúa a 1 de enero de 2025 según el último ejercicio cerrado antes de esa fecha, y lo decisivo es el volumen de negocios total en Francia y en el extranjero, no solo la parte francesa. Así, una empresa checa con un volumen de negocios superior a 50 millones de EUR puede quedar fácilmente fuera de la categoría de pyme y entrar en la oleada que ya corre desde este septiembre. Quedan excluidas, en cambio, las operaciones exentas de IVA, típicamente las exportaciones y las entregas a otro Estado miembro.
En Eslovaquia el nuevo Registro Mercantil lleva un mes funcionando y las primeras inscripciones ya se rigen por él
La Ley eslovaca n.º 29/2026 Z. z. del Registro Mercantil está en vigor desde el 17 de agosto de 2026 y sustituyó a la regulación de 2003. Quien no completó la inscripción antes del 16 de agosto se rige por las nuevas normas.
Recordamos lo que ha cambiado, porque ahora se nota en cada transacción. Para determinados documentos se exige escritura notarial o contrato autorizado por abogado: para el documento fundacional al constituir cualquier forma de sociedad, para el contrato de transmisión de participaciones, para las decisiones de aumento y reducción del capital social si cambia la proporción de participaciones, para las modificaciones de la escritura social y de los estatutos y para el proyecto aprobado de transformación transfronteriza o de cambio de forma jurídica. A los demás cambios inscribibles no se les aplica automáticamente la forma cualificada; en ellos, verifique los requisitos según el tipo de inscripción.
El plazo para inscribir una transformación transfronteriza se ha reducido de 21 días a 5 días hábiles. En el registro solo puede hacerse representar por un abogado, un notario o un empleado propio. Se ha suprimido la prohibición de encadenar sociedades unipersonales y el límite de tres s. r. o. (sociedad de responsabilidad limitada eslovaca) unipersonales por persona física. Y la multa al administrador por no inscribir los datos exigidos o no depositar documentos en el archivo de documentos ha subido de 3 310 EUR a 4 000 EUR, y puede imponerse de forma reiterada.
Si planea antes de fin de año una transmisión de participaciones en su filial eslovaca, incluya en el calendario la cita con el notario o el abogado y unos costes de transacción más altos. En las transformaciones transfronterizas, recalcule el closing checklist con el plazo de cinco días.
La notificación húngara de recibos funciona desde el 1 de septiembre y el plazo es de tres días
Quien en Hungría emita recibos a mano, en talonario o con un software propio no conectado con la administración tributaria, debe desde el 1 de septiembre de 2026 transmitir los datos de los recibos en un plazo de 3 días naturales desde su emisión. Quien utilice una caja registradora conectada con la administración tributaria o una e-caja no tiene que hacer nada.
Dos cosas se siguen confundiendo. No se trata de una obligación de facturación electrónica, sino de notificación de datos de recibos. Y no se notifica cada recibo por separado, sino datos diarios agregados. La novedad es un plazo único de tres días con independencia del importe del IVA; hasta ahora regían 4 días para recibos con IVA de hasta 500 000 HUF y 1 día por encima de ese umbral.
Para la preparación de transacciones, sin embargo, es más importante otra fecha. El régimen especial húngaro de control de inversiones extranjeras solo rige hasta el 31 de diciembre de 2026, mientras que el nuevo reglamento europeo no será aplicable hasta el 17 de enero de 2028. Si prepara la adquisición de una sociedad húngara con signing en 2027, incluya en la due diligence la cuestión de a qué régimen de autorización estará sujeta la operación: entre ambas fechas hay un vacío.
En Rumanía, el 30 de septiembre vuelven las notificaciones sobre la declaración precumplimentada
Para los contribuyentes acogidos al criterio de caja, el envío de notificaciones sobre la declaración de IVA precumplimentada rumana estaba suspendido hasta el 30 de septiembre de 2026. Después de esa fecha, cuente con su reanudación y, por tanto, con la necesidad de responder a las notificaciones en los plazos establecidos.
En la facturación sigue rigiendo un plazo más corto: en el sistema rumano de facturas electrónicas, la factura se envía en 5 días hábiles; antes eran 5 días naturales. La obligación se aplica también a las facturas emitidas a empresas extranjeras registradas a efectos del IVA rumano sin establecimiento local.
Y para las transacciones sigue vigente un deal-breaker oculto. La transmisión de participaciones en una sociedad con deudas tributarias solo surte efecto frente a la administración tributaria si se notifica en un plazo de 15 días y se aporta una garantía por las deudas. En la adquisición de una sociedad rumana, solicite por ello un certificado de inexistencia de deudas antes del signing.
Alemania sigue sin ley de transparencia retributiva y no compensa esperar
El plazo de transposición de la directiva europea de transparencia retributiva venció el 7 de junio de 2026. Alemania no lo cumplió y, a la fecha de cierre, ni siquiera ha publicado un anteproyecto de ley. El ministerio competente está concluyendo la tramitación interna tras la entrega del informe final de la comisión de expertos de noviembre de 2025, pero a la fecha de cierre la fecha de aprobación no es segura. La Entgelttransparenzgesetz de 2017 sigue vigente sin cambios.
La ausencia de ley no significa ausencia de riesgo. El Bundesarbeitsgericht confirmó ya en octubre de 2025 la comparación por pares: un único compañero mejor pagado en un puesto comparable basta para presumir discriminación salarial. Frente al sector público puede ser relevante, además, tras el vencimiento infructuoso del plazo, el efecto directo de las disposiciones de la directiva que sean suficientemente precisas e incondicionales.
En su filial alemana, revise por tanto las estructuras salariales y las ofertas de empleo aunque falte la ley. La urgencia depende del tamaño. Los empleadores con 150 o más empleados informan por primera vez antes del 7 de junio de 2027 y, por tanto, con datos de 2026, los que está recopilando ahora mismo. Los empleadores con 100 a 149 empleados no presentan su primer informe hasta el 7 de junio de 2031. Pero incluir la banda salarial en las ofertas y eliminar de la selección la pregunta sobre el salario anterior rige con independencia del tamaño.
El segundo asunto alemán que conviene seguir es la transposición de la nueva regulación de responsabilidad por productos defectuosos. El proyecto alemán está sobre la mesa desde septiembre de 2025 y extiende la responsabilidad también a proveedores de software, operadores de plataformas y empresas que reacondicionan productos. Si suministra a Alemania software o dispositivos conectados, esto le resulta más relevante que la agenda salarial.
Polonia activará las sanciones en el sistema KSeF ya en enero
La facturación electrónica a través del sistema polaco KSeF es obligatoria para la emisión desde el 1 de febrero de 2026 para los contribuyentes con un volumen de negocios superior a 200 millones de PLN y desde el 1 de abril de 2026 para los demás. Todos deben poder recibir facturas desde el 1 de febrero de 2026. Hasta finales de 2026 tienen una excepción los sujetos pasivos más pequeños: si el valor total de sus ventas documentadas con facturas no supera 10 000 PLN al mes, pueden seguir emitiendo facturas electrónicas o en papel fuera del sistema. Desde el 1 de enero de 2027 desaparece también esta excepción.
A partir de enero cambian tres cosas a la vez. Entran en vigor las sanciones por incumplir la obligación de emitir la factura en el sistema, de hasta el 100 % del IVA consignado en la factura emitida fuera de KSeF; en facturas sin impuesto repercutido, hasta el 18,7 % del importe total. No se imponen automáticamente: su cuantía la fija mediante resolución el director de la oficina tributaria según las circunstancias del incumplimiento concreto. Comienza la obligación de indicar el identificador KSeF en el concepto de la transferencia bancaria entre sujetos pasivos activos del IVA; al pagar varias facturas con una transferencia se utiliza un identificador colectivo generado por el sistema. Y entran en el sistema también los sujetos pasivos más pequeños.
Hay que desmentir, sin embargo, un temor muy extendido. Una factura emitida fuera de KSeF en contra de la obligación del proveedor no priva al cliente del derecho a deducir el IVA. La administración tributaria polaca lo indica expresamente: el derecho se evalúa según los requisitos materiales generales y el cliente no está obligado a comprobar si el proveedor emitió correctamente la factura; tal exigencia sería desproporcionada y prácticamente imposible de cumplir. El incumplimiento perjudica al emisor y las sanciones pecuniarias recaen exclusivamente sobre él. Desde enero de 2027 nada cambia al respecto; solo cambia que las sanciones al proveedor empezarán a imponerse.
Antes de fin de año, complete por tanto la integración con KSeF, incluido un escenario para la indisponibilidad del sistema, y confirme el formato del identificador directamente con su banco polaco antes de configurar las plantillas de pago. En el caso de proveedores polacos que este año se acogen a la excepción de los diez mil, compruebe que estén preparados para enero; de lo contrario, su problema acabará en su departamento de contabilidad.
En España tiene tiempo para VeriFactu, pero solo hasta enero
Lo recordamos por un error muy extendido: VeriFactu no es obligatorio hoy en España. Los plazos se aplazaron un año en diciembre de 2025. Los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades deben tener sus sistemas de facturación adaptados antes del 1 de enero de 2027, y los demás obligados, antes del 1 de julio de 2027.
El aplazamiento no afecta, sin embargo, al estándar técnico. El reglamento español que lo introduce está en vigor y establece los requisitos de los sistemas de facturación: inalterabilidad y trazabilidad de los registros, encadenamiento criptográfico, registro seguro de eventos, exclusión del doble uso y código QR. Los proveedores de software, por tanto, ya tienen obligaciones hoy; lo que se ha desplazado es el plazo para usted como usuario.
El segundo régimen español, entretanto, ha avanzado. La facturación electrónica B2B obligatoria según la Ley Crea y Crece ya tiene reglamento de desarrollo: el Real Decreto 238/2026, de 25 de marzo de 2026, publicado en el BOE el 31 de marzo de 2026 y en vigor a los veinte días de su publicación. El inicio de los plazos, no obstante, está vinculado a la orden ministerial sobre la solución pública de facturación, que a la fecha de cierre no se ha publicado. Desde su entrada en vigor correrán 12 meses para las empresas con un volumen de negocios superior a 8 millones de EUR y 24 meses para las demás. El proyecto de orden prevé la entrada en vigor el 1 de octubre de 2026, lo que supondría los plazos del 1 de octubre de 2027 y del 1 de octubre de 2028; las fechas definitivas, no obstante, solo serán válidas tras la publicación del texto final.
Si tiene una filial española con forma de sociedad mercantil, le quedan menos de cuatro meses para el plazo de enero de VeriFactu. Solicite a su proveedor de software de facturación una confirmación escrita de conformidad y la fecha de implantación. Gestione ambos regímenes como proyectos separados con plazos distintos: quien los una en uno solo implantará algo que aún no es obligatorio o incumplirá lo que llega antes.
Plazos que las empresas deben vigilar hasta el 15 de diciembre de 2026
27 de septiembre de 2026 – toda la UE: inicio de la aplicación de las normas de transposición de la directiva para empoderar a los consumidores en la transición ecológica. Afecta a todo aquel que utilice alegaciones de sostenibilidad en la UE.
30 de septiembre de 2026 – Rumanía: fin de la suspensión de las notificaciones sobre la declaración de IVA precumplimentada para los contribuyentes acogidos al criterio de caja.
1 de noviembre de 2026 – toda la UE: los identificadores de producto pasan a ser obligatorios en las importaciones en régimen de ventas a distancia.
1 de octubre de 2026 – España: entrada en vigor prevista de la orden ministerial a partir de la cual empezarán a contar los plazos de la facturación electrónica B2B obligatoria. El texto final no se ha publicado a la fecha de cierre.
9 de diciembre de 2026 – toda la UE: plazo de transposición de la nueva regulación de responsabilidad por productos defectuosos; las nuevas normas se aplican a los productos introducidos en el mercado a partir de ese día.
Justo fuera del horizonte, pero con preparación este año: 31 de diciembre de 2026, la presunción de relación laboral neerlandesa y el fin del régimen especial húngaro de control de inversiones; 1 de enero de 2027, VeriFactu español para sociedades, las sanciones polacas en KSeF y el identificador en las transferencias, la reducción neerlandesa del beneficio fiscal al 27 % y la mayoría de las medidas del paquete fiscal neerlandés tras su aprobación parlamentaria; 12 de febrero de 2027, las sanciones nacionales del reglamento de envases y el identificador digital en los envases; 7 de junio de 2027, el primer informe retributivo italiano; 11 de diciembre de 2027, la plena aplicabilidad del Reglamento de Ciberresiliencia.
Tres asuntos de septiembre que no admiten demora
Primero, establezca el proceso de notificación antes de necesitarlo. El plazo de veinticuatro horas del Reglamento de Ciberresiliencia corre desde el momento en que tiene conocimiento de la explotación, no desde el lunes por la mañana. Sin un responsable designado, un registro previo ante ENISA y una plantilla preparada, no lo cumplirá. Y afecta también a productos que vendió hace años.
Segundo, el plazo de diciembre en materia de responsabilidad por productos no es solo cosa de juristas. Lo decisivo es cuándo introduce en el mercado cada producto concreto. Lo que llegue antes del 8 de diciembre queda bajo la regulación antigua; lo que llegue a partir del 9 de diciembre, bajo la nueva, objetiva y sin límite. Este límite solo lo corrigió la corrección de errores del 7 de mayo de 2026, y muchas publicaciones siguen indicándolo con un día de diferencia. En los planes de producto de fin de año es un argumento tanto para ventas como para desarrollo, no una nota a pie de página.
Tercero, distinga una propuesta de una norma en vigor. El paquete fiscal neerlandés del 15 de septiembre son por ahora propuestas y solo serán definitivas tras su aprobación por ambas cámaras, normalmente en diciembre; la reducción del beneficio fiscal al 27 %, en cambio, ya está en la ley. En España, VeriFactu se ha desplazado a enero de 2027 y los plazos del segundo régimen ni siquiera han empezado a correr. Y en Polonia, una factura fuera de KSeF no priva al cliente de la deducción del IVA: las sanciones se dirigen al emisor. Quien no lo lea con precisión invertirá antes de lo necesario o se creará un riesgo que no existe.
Por eso preparamos periódicamente para usted las novedades jurídicas para empresas en Europa. Sin teoría jurídica innecesaria. Con énfasis en lo que el cambio significa para su negocio y en lo que hay que hacer.
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