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Posibilidades de financiación de las sociedades de capital en la República Checa

La financiación de las sociedades de capital según el Derecho checo puede garantizarse mediante un préstamo bancario, aportaciones suplementarias de los socios, un aumento de capital o la entrada de un inversor, y cada vía afecta tanto al riesgo como al control sobre la empresa. Por ejemplo, un préstamo permite crecer sin diluir las participaciones, pero conlleva cuotas y exigencias de garantía. El artículo compara también los préstamos convertibles y la sociedad silenciosa (tiché společenství) y explica cómo elegir la estructura adecuada.

En la imagen se muestra el equipo de ARROWS especializado en financiación de sociedades de capital.

Resumen

Los bancos exigen una preparación y garantías exhaustivas. Antes de obtener un préstamo, debe presentar al banco estados financieros detallados y un plan de negocio; también es habitual la garantía con bienes, como un inmueble, maquinaria o un aval personal. El proceso de aprobación puede ser largo, sobre todo en empresas pequeñas.
El préstamo bancario le permite crecer sin perder el control. Obtiene de una vez una suma mayor de dinero sin tener que ceder parte de su participación en la empresa, y los intereses del préstamo son un gasto fiscalmente deducible, lo que reduce la base imponible. La empresa conserva así el control total de la gestión.
El endeudamiento mediante un préstamo bancario aumenta el riesgo financiero. Las cuotas periódicas suponen una carga fija que debe pagarse con independencia de la rentabilidad actual, y en caso de impago existe el riesgo de perder los bienes pignorados o de entrar en insolvencia. El banco también puede imponer condiciones, como mantener un determinado nivel de fondos propios.
La constitución de garantías requiere una redacción contractual cuidadosa y su inscripción. Aunque el propio contrato de préstamo no requiere una decisión de la junta general ni su inscripción en el Registro Mercantil, garantías como la hipoteca sobre un inmueble, la prenda sobre una participación social o sobre acciones deben inscribirse en los registros correspondientes.
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Préstamos bancarios

Antes de conceder un préstamo, el banco suele exigir una documentación exhaustiva (estados financieros, plan de negocio) y, con frecuencia, también garantías (por ejemplo, hipoteca sobre un inmueble, maquinaria o aval personal). El proceso de aprobación puede ser largo, especialmente en empresas pequeñas o de mayor riesgo.

Ventajas desde el punto de vista empresarial: La financiación bancaria permite obtener de una vez una suma mayor de dinero sin que los propietarios actuales tengan que ceder parte de su participación en la empresa. Además, los intereses del préstamo son un gasto fiscalmente deducible, lo que reduce la base imponible. Los préstamos bancarios suelen tener un coste de capital (interés) más bajo en comparación con inversores de riesgo, sobre todo si la empresa tiene buena solvencia.

La devolución puede repartirse en un plazo más largo, lo que facilita la planificación del flujo de caja. La empresa conserva además el control total: el banco no interviene en la gestión (a diferencia de algunos inversores).

Desventajas y riesgos: el inconveniente son las exigencias del banco en materia de garantías y trámites — la pignoración de bienes, los avales y una documentación detallada son requisitos habituales. El endeudamiento aumenta el riesgo financiero de la empresa: las cuotas periódicas suponen una carga fija que debe pagarse con independencia de la rentabilidad actual.

En caso de impago existe el riesgo de perder los bienes pignorados o de entrar en insolvencia. El banco también puede imponer distintas condiciones (covenants), por ejemplo, mantener un determinado nivel de fondos propios o limitar la contratación de nuevos préstamos. Desde el punto de vista jurídico, sin embargo, la formalización de un préstamo no requiere ninguna decisión de la junta general ni afecta a la estructura de la sociedad. El contrato de préstamo lo suele celebrar el órgano estatutario (los administradores en la s.r.o. [sociedad de responsabilidad limitada checa], el consejo de administración en la a.s. [sociedad anónima checa]) dentro de los límites de sus facultades. No es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil (obchodní rejstřík).

Hay que prestar atención, sin embargo, a la constitución de garantías: por ejemplo, la hipoteca sobre un inmueble se inscribe en el Catastro inmobiliario (katastr nemovitostí), la prenda sobre una participación social en el Registro Mercantil y la prenda sobre acciones se reflejaría en el registro de prendas. Estos pasos requieren una redacción contractual muy cuidadosa.

Ejemplo práctico: Alfa s.r.o. planea abrir una nueva sucursal y necesita 5.000.000 CZK (aprox. 205.800 EUR) para la reforma del local y el equipamiento. Se dirigió a un banco que, tras evaluar el plan de negocio, le ofreció un préstamo de inversión con un plazo de 5 años y un tipo de interés del 6 % anual.

La ventaja para la empresa es que obtiene fondos relativamente baratos y puede devolverlos progresivamente con los beneficios futuros. El inconveniente son las condiciones del préstamo: el banco exige la pignoración del inmueble de la empresa y el aval personal del propietario. La sociedad no altera así su estructura de propiedad, pero asume la obligación de un pago fijo.

Si la empresa no lograra generar ingresos suficientes, se enfrentaría a dificultades financieras. Por ello, Alfa s.r.o. analiza cuidadosamente su plan de negocio y, en su caso, consulta las condiciones contractuales con un asesor jurídico antes de firmar el contrato de préstamo.

Aumento del capital social (nuevas aportaciones)

Otra posibilidad clásica de financiación es el aumento del capital social de la empresa. La sociedad obtiene así capital de los socios actuales o nuevos a cambio de una participación en la empresa. En la s.r.o. esto se realiza aumentando las aportaciones de los socios (o mediante la incorporación de un nuevo socio con su aportación); en la a.s., mediante la emisión de nuevas acciones. El capital puede aumentarse con una aportación dineraria (aportando fondos) o con una aportación no dineraria (aportando bienes, por ejemplo, inmuebles, maquinaria, patentes, etc.).

Las aportaciones no dinerarias deben ser valoradas por un perito conforme a la ley, para evitar sobrevaloraciones y proteger tanto a los acreedores como a los demás socios. La aportación dineraria es, por lo general, la más directa: los socios ingresan el dinero en una cuenta especial de la sociedad por el importe aprobado. La aportación no dineraria requiere un informe pericial y una descripción exacta del bien aportado en el contrato o en el acta notarial.

Proceso jurídico: la decisión de aumentar el capital social corresponde a la junta general (reunión de socios/accionistas) por mayoría cualificada de votos. La decisión debe adoptar la forma de acta notarial, ya que se trata de una modificación del contrato social o de los estatutos (se trata de una modificación esencial del capital social).

En la decisión se fija el importe en que se aumenta el capital social, la forma de las aportaciones, los plazos para su desembolso y, en su caso, qué interesado suscribe las nuevas participaciones/acciones. Los socios y accionistas actuales suelen tener un derecho de suscripción preferente, es decir, la posibilidad de participar en el aumento de capital en proporción a su participación, para evitar una dilución indeseada de su cuota.

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Una vez recibidas las aportaciones, la sociedad presenta la solicitud de inscripción del capital social aumentado en el Registro Mercantil. Solo con la inscripción, el nuevo importe del capital (y, en su caso, el nuevo socio) se convierte en oficial. Todo el proceso incluye, por tanto, la preparación jurídica (notario, contratos de suscripción/asunción de la obligación de aportar), el desembolso efectivo de las aportaciones y los trámites ante el juzgado del registro.

Ventajas: el aumento del capital social incrementa el patrimonio neto de la sociedad — la empresa cuenta con más recursos «internos», lo que mejora su solvencia. A diferencia de un préstamo, la sociedad no se endeuda con una nueva aportación (no se trata de recursos ajenos, sino de capital propio). Así desaparece la obligación de devolver el préstamo y pagar intereses: el nuevo capital permanece en la empresa de forma permanente (mientras no se reduzca eventualmente el capital social).

Para los propietarios actuales es positivo que la empresa obtenga el dinero necesario para crecer sin aumentar el riesgo de insolvencia. Si son los socios actuales quienes aumentan el capital, mantienen el control y refuerzan la estabilidad de la empresa. Desde el punto de vista jurídico, el aumento de capital puede actuar como una señal de confianza en la empresa y refuerza el «colchón» para cubrir eventuales pérdidas. En el caso de las aportaciones no dinerarias, puede ser una ventaja que la sociedad adquiera la propiedad de un activo concreto que necesite para su actividad (por ejemplo, una máquina o un software) sin tener que desembolsar efectivo por él.

Desventajas: el inconveniente es la complejidad y la duración del proceso — el aumento del capital social suele ser, desde el punto de vista del Derecho societario, bastante largo. Es necesario convocar la junta general, obtener el acta notarial, cumplir las obligaciones de aportación y esperar a que se practique la inscripción en el registro. Esto puede tardar semanas, lo que no siempre es aceptable, sobre todo si la empresa necesita dinero con rapidez.

Si el aumento va unido a la entrada de un nuevo inversor, los propietarios actuales deben aceptar la dilución de sus participaciones y un posible debilitamiento de su influencia. El nuevo inversor puede intervenir en la marcha de la sociedad o exigir determinadas decisiones, lo que puede no resultar cómodo para los propietarios originales.

Tampoco son desdeñables los costes de la operación (notario, informe pericial en el caso de aportación no dineraria, tasas). Por último, si la empresa quisiera devolver más adelante los fondos aportados a los socios, solo podría hacerlo mediante una reducción del capital social, que es de nuevo un proceso largo y complejo administrativamente. Desde el punto de vista fiscal, la propia aportación de capital no está sujeta a tributación, pero, por ejemplo, una aportación no dineraria puede tener implicaciones fiscales para el aportante (por ejemplo, IVA en el caso de la aportación de un inmueble o impuesto sobre la renta cuando se aporta un bien con un valor muy superior al precio de adquisición).

Ejemplo práctico: Beta s.r.o. es una empresa familiar fabricante de muebles que consiguió un gran pedido en el extranjero. Para financiar la compra de nueva maquinaria y materiales, sus tres socios decidieron aumentar el capital social. En la junta general (con presencia de notario) aprobaron por unanimidad un aumento de capital de 2.000.000 CZK (aprox. 82.300 EUR) mediante aportaciones dinerarias de los socios actuales, en proporción a sus participaciones existentes. Cada socio ingresó en 30 días el importe correspondiente en la cuenta especial de la sociedad.

Tras la inscripción del nuevo importe del capital social en el Registro Mercantil, Beta s.r.o. cuenta con una base de capital más sólida, lo que le ayuda en las negociaciones con bancos y socios comerciales, ya que transmite mayor estabilidad financiera. Ventaja: la empresa no se endeudó, pero aun así obtuvo fondos para su expansión. Desventaja: los socios tuvieron que desembolsar de sus propios recursos cantidades considerables y todo el proceso duró casi dos meses. Si alguno de ellos no hubiera dispuesto de fondos libres, habrían tenido que buscar un inversor o elegir otra forma de financiación.

Aportación suplementaria de los socios (obligación de aportación suplementaria)

Una forma interna específica de financiar una sociedad de capital es la aportación suplementaria al margen del capital social. Se trata de una aportación dineraria de los socios a los fondos propios de la empresa que no aumenta el capital social (no se emiten nuevas participaciones/acciones a cambio).

Las aportaciones suplementarias permiten inyectar efectivo en la empresa por parte de los propietarios actuales de forma más rápida y con menos trámites que un aumento formal del capital social. La normativa distingue entre la aportación suplementaria voluntaria (el socio decide aportar fondos adicionales por propia voluntad, con el consentimiento de la sociedad) y la aportación suplementaria obligatoria (la llamada obligación de aportación suplementaria impuesta por la junta general, si así lo permite el contrato social).

Aspectos jurídicos: en la s.r.o., el contrato social puede establecer que la junta general esté facultada para imponer a los socios la obligación de realizar una aportación suplementaria a los fondos propios más allá de sus aportaciones. Si esta posibilidad no figura en el contrato social, puede añadirse mediante una modificación (con el consentimiento de todos los socios).

Antes, la ley limitaba la aportación suplementaria obligatoria al 50 % del importe del capital social — la nueva normativa ya no fija un límite concreto, pero este debe determinarse en el contrato social. La junta general decide después, normalmente por mayoría simple, el importe concreto de la aportación (y el plazo de desembolso).

El socio puede realizar una aportación suplementaria voluntaria incluso sin respaldo en el contrato social, si la junta general lo consiente. En la a.s., la ley no regula expresamente las aportaciones suplementarias, pero en la práctica se admiten sobre la base de un acuerdo entre accionistas (por ejemplo, mediante una donación a los fondos de capital de la sociedad). Es importante que este tipo de aportaciones no se contabilizan como un aumento del capital social y, por tanto, no se inscriben en el Registro Mercantil. Se registran dentro de los fondos propios.

Ventajas: la aportación suplementaria de los socios es una forma muy flexible y rápida de reforzar financieramente la sociedad desde dentro. La empresa obtiene así recursos propios sin asumir deuda (no adquiere un nuevo préstamo que deba devolver). A diferencia de un préstamo, no es necesario devolver la aportación, salvo que las partes lo hayan acordado de antemano o que la junta general decida posteriormente su devolución, si la situación lo permite. La aportación no modifica las participaciones de los socios en la sociedad: cada uno aporta dinero «adicional», pero su porcentaje de propiedad permanece igual (no se trata de un aumento de capital). Por tanto, no se produce dilución ni entrada de terceros.

Desde la perspectiva del gobierno corporativo, la aportación suplementaria no refuerza la posición del socio: este aporta fondos, pero no obtiene automáticamente, por ejemplo, derechos de voto adicionales (salvo que se acuerde otra cosa). Los trámites son más sencillos y los costes menores que en un aumento de capital social (no es necesario modificar el contrato social mediante acta notarial cada vez, si ya lo permite en términos generales, y no se crean nuevas participaciones).

Por eso este instrumento es popular, por ejemplo, para resolver dificultades financieras temporales de la empresa: los socios «inyectan» dinero para superar la crisis sin que la empresa se endeude.

Desventajas: la principal limitación es que la aportación suplementaria debe proceder de los socios actuales. La empresa depende, por tanto, de si los propietarios disponen de fondos libres y están dispuestos a invertirlos. En el caso de la aportación obligatoria puede surgir un problema si algún socio no dispone de suficiente efectivo: la obligación de aportación suplementaria es vinculante, pero forzar su cumplimiento puede llevar hasta la exclusión del socio o la venta de su participación, escenarios extremos y complicados.

Los fondos aportados quedan además inmovilizados en la sociedad sin derecho a intereses ni a ninguna otra remuneración (los socios se benefician de ellos solo indirectamente, si la empresa empieza a obtener beneficios). La aportación suplementaria solo puede devolverse posteriormente a los socios si ello no compromete la gestión económica: la ley establece que solo puede devolverse lo que exceda de las eventuales pérdidas de la sociedad.

Desde el punto de vista fiscal, ni la realización ni la devolución de la aportación suplementaria constituyen ingresos sujetos a tributación (no se trata de un beneficio, sino de un movimiento dentro de los fondos propios), pero siempre hay que vigilar que la devolución no infrinja las normas de protección del capital (de lo contrario, podría calificarse, por ejemplo, como reparto de beneficios con consecuencias fiscales).

Ejemplo práctico: Delta s.r.o. (fabricante de artículos deportivos), debido a la caída de las ventas, entró en pérdidas temporales. Los estados contables indicaban que, si los socios no aumentaban rápidamente los fondos propios, la sociedad podría tener problemas con sus indicadores crediticios y con la confianza de los proveedores.

La sociedad recurrió entonces a la cláusula de su contrato social sobre la obligación de aportación suplementaria. La junta general aprobó que cada uno de los cuatro socios realizara, al margen del capital social, una aportación suplementaria de 250.000 CZK (aprox. 10.300 EUR) (en total, 1.000.000 CZK, aprox. 41.200 EUR), en el plazo de 15 días. Los socios transfirieron los importes a la cuenta de la empresa, que los contabilizó dentro de los fondos propios. Resultado: Delta s.r.o. reforzó sus recursos propios sin tener que solicitar un préstamo ni emitir nuevas participaciones.

Ventaja: la empresa evitó un mayor endeudamiento y el proceso se desarrolló en unas pocas semanas. Desventaja: los socios sacrificaron temporalmente su propio dinero y asumen el riesgo de no recuperarlo nunca si las dificultades de la empresa se prolongan. Sin embargo, si la situación económica mejora, la junta general podrá decidir en el futuro devolver las aportaciones, siempre que la sociedad disponga de reservas suficientes.

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Entrada de un inversor (entrada de capital)

La entrada de un inversor supone financiar la empresa mediante la venta de una parte de la sociedad a un nuevo socio. Puede tratarse de una persona física, un fondo de capital riesgo (venture capital), un fondo de inversión privado o incluso un inversor estratégico (otra empresa que busca sinergias).

El inversor aporta dinero a la sociedad a cambio de una participación en la propiedad — adquiere una participación social en la s.r.o. o acciones en la a.s. Así se convierte en copropietario de la empresa con todos los derechos de socio/accionista (participación en beneficios, derechos de voto, etc., en la medida de la participación adquirida). Formas de realización: técnicamente, la entrada de un inversor puede llevarse a cabo de dos maneras principales: mediante la compra de participaciones/acciones a los propietarios actuales o mediante un aumento de capital con suscripción de nuevas participaciones por el inversor.

La compra (transmisión) de una parte de la participación implica que el dinero va al propietario original, no a la empresa: la empresa en sí no recibe capital, pero cambia la estructura de propiedad. En la práctica, por tanto, para financiar la empresa tiene más sentido la segunda variante: el aumento de capital, en el que los fondos del inversor van directamente a la sociedad, y el inversor obtiene a cambio una nueva participación.

En la s.r.o. esto se realiza mediante un acuerdo de incorporación de un nuevo socio con una nueva aportación (aprobado por la junta general, con acta notarial, véase más arriba); en la a.s., mediante la suscripción de nuevas acciones (pública o privadamente). En ambos casos es necesario inscribir los cambios en el Registro Mercantil (nuevo socio/accionista, nuevo importe del capital). Alternativamente, el inversor puede combinar ambas vías: aportar parte del dinero directamente a los propietarios a cambio de comprarles una parte de su participación, y aportar otra parte a la empresa como aumento de capital.

Ventajas desde el punto de vista empresarial: la incorporación de un inversor puede aportar a la empresa más que financiación. Además de una entrada de capital rápida (los inversores suelen decidir y liberar el dinero con mayor rapidez que los bancos), la empresa suele obtener también conocimiento, contactos y apoyo estratégico. Un inversor experimentado puede ayudar en la expansión a nuevos mercados, en la profesionalización de la gestión o en el marketing.

A diferencia de un préstamo, la sociedad no tiene que devolver el dinero ni pagar intereses: el inversor obtiene su rendimiento, en su caso, mediante la participación en beneficios (dividendos) o la revalorización de su participación (al vender su parte en el futuro). En caso de fracaso del proyecto, el inversor asume el riesgo de perder el capital aportado (no puede exigir la devolución del dinero como un acreedor, salvo que se combine con un préstamo). Para una empresa con un proyecto incierto o innovador, la entrada de un inversor suele ser la única vía real de financiación (los bancos no concederían un préstamo sin historial ni garantías).

Desventajas y riesgos: el mayor inconveniente es renunciar a una parte de la propiedad y del control. El inversor suele exigir una participación significativa en la empresa u otra forma de participación en los beneficios (por ejemplo, en el caso de acciones preferentes), con lo que los propietarios originales pierden el control exclusivo sobre el negocio. El nuevo socio puede impulsar cambios de estrategia, intervenir en las decisiones o exigir un puesto en la dirección.

Por ello es necesario regular con detalle los derechos y obligaciones recíprocos en el contrato social/estatutos o en un pacto de socios. Esto incluye, por ejemplo, cláusulas sobre el derecho de veto del inversor en decisiones esenciales, la restricción a la transmisión de participaciones, la forma de reparto de beneficios, los tramos de inversión, los objetivos que debe alcanzar la empresa, etc.

El proceso de obtención de un inversor puede ser largo y exigir una negociación intensa: desde el contacto inicial, pasando por la elaboración del plan de negocio, la due diligence (auditoría jurídica y financiera por parte del inversor) hasta la estructuración de la operación y la formalización de los contratos. También hay que contar con costes (abogados, asesores, comisiones para intermediarios). Otro riesgo es que las expectativas del inversor y del empresario puedan diferir: si, por ejemplo, el inversor presiona por un crecimiento rápido y una venta pronta de la empresa, mientras que el fundador preferiría un crecimiento orgánico, pueden surgir conflictos.

Desde el punto de vista legal, es necesario cumplir con todas las formalidades de entrada de un nuevo socio: en el caso de una s.r.o. (sociedad de responsabilidad limitada checa), obtener el consentimiento de la junta general para la cesión de la participación al nuevo inversor (si compra una participación) o para su participación en el aumento de capital. Las firmas en el contrato de cesión de la participación deben estar legalizadas notarialmente y el cambio debe inscribirse en el registro. En el caso de una a.s. (sociedad anónima checa), normalmente se convoca una junta general para el aumento de capital con exclusión del derecho preferente de los accionistas existentes (si se pretende otorgar al inversor una participación superior a la que le correspondería a los accionistas actuales); también aquí es necesaria un acta notarial.

Ejemplo práctico: Gammma s.r.o. es una startup tecnológica de rápido crecimiento que desarrolla software innovador. Los fundadores necesitan capital para la expansión global, pero el volumen de fondos (20.000.000 CZK (aprox. 820.000 EUR)) supera claramente sus posibilidades, así como un préstamo bancario sin garantía. Por ello, deciden buscar un inversor.

Tras una serie de negociaciones, entra en Gammma s.r.o. un inversor que invierte 20 millones de CZK a cambio de una participación del 30% en la sociedad. La transacción se realizó mediante una combinación: en parte mediante la compra de participaciones a los fundadores (estos vendieron un 10% por 5.000.000 CZK (aprox. 210.000 EUR) directamente al inversor) y en parte mediante el aumento del capital social en 15.000.000 CZK (aprox. 620.000 EUR), suscrito por la sociedad de inversión (a cambio de otro 20% de participación). El resultado es que el fondo de inversión ahora posee el 30% de Gammma s.r.o. y ha obtenido un puesto en el consejo de vigilancia de la empresa. Los fundadores conservaron el 70%, pero obtuvieron el capital necesario y un socio valioso.

Ventajas: La empresa recibió una gran inyección financiera y apoyo experto: el inversor ayuda a establecer contactos en el extranjero, asesora en la gestión financiera y prepara a la empresa para una futura salida a bolsa.

Desventajas: Los fundadores sacrificaron parte del control y deben compartir los beneficios. En el contrato de sociedad tuvieron que consagrar derechos de protección del inversor (por ejemplo, que sin su consentimiento no pueden vender el know-how ni cambiar sustancialmente el sector de actividad). Si en el futuro surgieran disputas, esto podría frenar a la empresa; por ello, ambas partes encargaron la preparación de la documentación contractual a un despacho de abogados, para evitar ambigüedades. La entrada del inversor situó así a Gamma s.r.o. en un nuevo nivel, pero al mismo tiempo aumentó la presión para lograr buenos resultados, ya que el inversor espera una rentabilidad de su inversión.

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Préstamo convertible (préstamo convertible en participación)

El préstamo convertible (o crédito convertible) es un híbrido entre un préstamo y una inversión de capital. Funciona de la siguiente manera: la sociedad recibe ahora dinero prestado del inversor, pero en lugar de la devolución clásica del dinero, la deuda puede convertirse posteriormente en una participación en la sociedad.

Este instrumento se utiliza típicamente en startups y empresas en crecimiento, donde resulta difícil determinar el valor actual de la sociedad. El préstamo convertible permite obtener financiación de inmediato y posponer la cuestión de la valoración de la empresa para más adelante, por ejemplo, hasta el momento en que llegue un inversor mayor o la empresa alcance un determinado hito. Entonces, el préstamo del inversor (más los intereses eventualmente pactados) se convierte en participación: el inversor, en lugar de recibir el dinero de vuelta, obtiene participaciones o acciones de nueva emisión de la empresa en una proporción predeterminada.

Si la conversión no se produce en el plazo acordado (por ejemplo, no llega otra ronda de inversión), el préstamo puede devolverse de forma clásica en efectivo, según las condiciones pactadas. Aspecto jurídico: al inicio, el préstamo convertible es un contrato de préstamo o crédito entre el inversor (acreedor) y la sociedad (deudora). Este contrato debe contener, además de los elementos habituales, las condiciones de conversión, es decir, cuándo y cómo puede o debe producirse la transformación en capital.

Habitualmente se establece el llamado trigger event (evento desencadenante), que suele ser otra ronda de financiación (entrada de un inversor mayor) o la llegada de una fecha o resultado determinado. Además, se acuerda el tipo de conversión, por ejemplo, que el inversor obtenga, a cambio de su préstamo, una participación según la valoración de la empresa X, con un determinado descuento (por ejemplo, un 20% respecto al precio de las nuevas acciones para el gran inversor), o eventualmente con un valuation cap (valoración máxima a partir de la cual se calculará la participación, para que el inversor no se diluya en exceso si el valor aumenta mucho entretanto).

En el momento de la conversión, la sociedad debe realizar formalmente un aumento del capital social (o vender participaciones propias) a favor del inversor, para que este obtenga la participación pactada. Para ello, a menudo se obtiene de antemano el consentimiento de la junta general o se trabaja con instrumentos jurídicos como el aumento condicional de capital o la emisión de obligaciones convertibles (en el caso de la a.s., una forma jurídicamente más limpia).

En cualquier caso, es necesaria la colaboración de los socios existentes, que deben permitir la futura entrada del inversor; esto normalmente se regula mediante un contrato de inversión integral. Si la conversión no se produce, la relación sigue siendo solo un préstamo: el inversor tiene entonces derecho a la devolución del principal y de los intereses. Para la empresa, esto significa entonces una deuda clásica.

Equipo de abogados discutiendo opciones de financiación para sociedades de capital en Chequia.

Ventajas: El préstamo convertible supone un ahorro de tiempo y de procedimiento frente a la entrada directa del inversor a cambio de una participación. Puede acordarse con relativa rapidez, a menudo en cuestión de semanas, porque la documentación suele ser más sencilla y no es necesario resolver de inmediato un pacto de socios detallado ni una auditoría de la empresa.

La empresa obtiene rápidamente fondos que puede utilizar de inmediato. Se evita la complicada negociación sobre la valoración de la empresa en una fase temprana; esto es una ventaja para ambas partes, porque determinar un valor justo de la startup puede ser prematuro y dar lugar a disputas (el fundador cree que el inversor ofrece poco, el inversor cree que da demasiado). El préstamo convertible pospone la discusión sobre la valoración para más adelante, cuando los resultados de la empresa sean más claros.

Para la empresa también es ventajoso que, hasta la conversión, el inversor no tenga derechos de voto ni influencia directa en la gestión; se comporta de facto como un acreedor, no como un socio. De este modo, no se reparte la propiedad en la fase inicial crítica. Desde el punto de vista del inversor, el préstamo convertible tiene la ventaja de conservar cierta libertad: si a la empresa deja de irle bien, puede preferir que se le devuelva el préstamo (si esta posibilidad está prevista contractualmente) y minimizar la pérdida.

Por el contrario, si a la empresa le va bien, convierte y obtiene una participación con una revalorización potencialmente alta. El inversor está así parcialmente protegido, pero al mismo tiempo participa en el éxito futuro. Para los fundadores es positivo que no se produzcan salidas periódicas de dinero (como en el caso de los intereses de un préstamo ordinario); a menudo se acuerda que los intereses del préstamo convertible sean pagaderos solo en el momento de la conversión o del reembolso (pueden, por así decirlo, capitalizarse). Resumen: el préstamo convertible permite obtener la inversión de inmediato, incluso sin conocer el valor de la empresa, quedando la entrada formal en la propiedad resuelta para más adelante.

Desventajas: Para la empresa, el préstamo convertible conlleva el riesgo de que, si la conversión no se produce (por ejemplo, no se consigue otra inversión a tiempo), será necesario devolver la deuda, lo cual puede resultar complicado si no se había previsto y la empresa ya ha gastado el dinero. En ese caso, la ventaja inicial (posponer la resolución de la propiedad) puede convertirse en una carga seria, ya que la sociedad tendría que encontrar efectivo para pagar o quedaría bajo presión del inversor para prorrogar el vencimiento.

Si se produce la conversión, los fundadores deben contar con la dilución de sus participaciones; el inversor, gracias al descuento, obtiene generalmente una participación relativamente ventajosa, lo que para los socios originales significa que, por su dinero, recibirán una parte de la empresa menor de la que correspondería al precio de mercado actual (ese es el «precio» del riesgo que asumió el inversor al prestar el dinero anteriormente).

Jurídicamente, la preparación de un préstamo convertible es más sencilla que una inversión completa, pero no debe subestimarse: es necesario redactar el contrato con precisión para que cubra distintos escenarios (¿qué ocurre si se produce una inversión parcial? ¿qué ocurre si la empresa se vende antes de que se produzca la conversión? ¿tiene el inversor prioridad en la devolución del dinero frente a los demás socios en caso de liquidación? etc.).

Los préstamos convertibles pueden contener fórmulas bastante complicadas para el cálculo de la participación, que deben ser correctas tanto jurídica como matemáticamente. También hay que recordar que, cuando llegue el momento de la conversión, será necesario actuar de nuevo formalmente: convocar la junta general, aprobar el aumento de capital y modificar el contrato de sociedad.

Si los socios originales no estuvieran de acuerdo repentinamente con la conversión, podría surgir un conflicto; esto se previene precisamente porque el contrato convertible incluye el compromiso de la sociedad y de los socios de permitir la conversión, y a menudo también penalizaciones por su incumplimiento.

Ejemplo práctico: Omega a.s. es una startup biotecnológica emergente que necesita financiar el desarrollo de un nuevo dispositivo médico. Acordó con un inversor que este le concedería un préstamo convertible de 5.000.000 CZK (aprox. 205.800 EUR) a 3 años, con un interés del 8 % anual. El contrato establece que, si Omega consigue en esos 3 años una inversión de al menos 20 millones CZK (aprox. 823.000 EUR) de un gran inversor, entonces el préstamo, junto con los intereses acumulados, se transformará en acciones de Omega a.s. para el inversor, con un descuento del 20 % sobre el precio al que se vendan las acciones.

Si en 3 años no se consigue otra inversión, el inversor puede exigir la devolución del préstamo (incluidos los intereses), o bien decidir convertir de todos modos, según una valoración de la empresa de, por ejemplo, 50 millones CZK (aprox. 2,1 millones EUR) (esto se pactó como valuation cap, para que el inversor no esperara indefinidamente).

Ventajas: Omega a.s. obtuvo de inmediato 5 millones CZK y no tuvo que renunciar ahora a ninguna participación ni negociar de forma compleja la valoración: puede centrarse plenamente en el desarrollo del producto. El inversor tiene el incentivo de ayudar a crecer a la empresa (asesoramiento, contactos), porque confía en obtener más adelante una participación interesante.

Desventajas: si a la empresa no le fuera bien y no encontrara otro inversor, dentro de 3 años tendrá que devolver más de 6 millones CZK (aprox. 246.900 EUR) (principal + intereses), o el inversor se convertirá en accionista en las condiciones fijadas en el contrato.

Para los fundadores esto puede suponer una dilución mayor que si hoy dieran al inversor una participación menor; sin embargo, tienen en cuenta que, sin estos 5 millones CZK, la empresa quizá no habría sobrevivido o no habría alcanzado la fase en que los grandes inversores la valoran alto. Por eso fijaron cuidadosamente con sus abogados las condiciones de conversión, de forma que fueran justas para ambas partes, y se aseguraron de que la junta general de Omega a.s. aprobara de antemano la posibilidad de emitir nuevas acciones para el inversor cuando llegara el momento (evitando así el riesgo de que alguien bloqueara la conversión).

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Sociedad silenciosa y financiación fuera de balance

Entre las formas alternativas de financiar sociedades de capital se encuentran también la sociedad silenciosa (tiché společenství) y otros métodos fuera de balance. Estos instrumentos permiten obtener capital sin aumentar el endeudamiento clásico en el balance ni modificar la estructura de propiedad de la sociedad.

Sociedad silenciosa (socio silencioso)

La sociedad silenciosa es una relación contractual especial regulada en el § 2747 y siguientes del Código Civil checo (Ley n.º 89/2012 Sb., en adelante «Código Civil»). No da lugar a una nueva sociedad ni supone una participación en el capital social: es un contrato entre un empresario (empresa) y un socio silencioso (inversor), en el que el socio silencioso aporta al negocio una determinada inversión a cambio de una participación en los beneficios de dicho negocio.

Lo esencial es que el socio silencioso asume el riesgo empresarial limitado al importe de su aportación y permanece oculto de cara al exterior: su nombre no figura ni en la razón social ni en el Registro Mercantil.

Cómo funciona: el socio silencioso se compromete a aportar al empresario (por ejemplo, una s.r.o.) una determinada aportación, que puede ser dineraria o no dineraria (bienes, un derecho, etc.). El empresario (la sociedad) recibe esta aportación y la utiliza en su actividad.

El beneficio obtenido de la actividad se reparte entre las partes en la proporción pactada en el contrato. Típicamente, al socio silencioso le corresponde un determinado porcentaje del beneficio neto. Si el empresario registra pérdidas en un ejercicio contable, el socio silencioso también participa en ellas, aunque como máximo hasta el importe de su aportación. No se puede pactar, por tanto, que el socio silencioso solo participe en los beneficios y no asuma ninguna pérdida; la ley considera nulo ese tipo de pacto.

En la práctica, esto funciona de forma que una eventual pérdida reduce el valor de la aportación del socio silencioso (si la empresa pierde dinero, parte de la aportación se «consume»). Cuando las pérdidas alcanzan la totalidad del importe de la aportación, la sociedad silenciosa se extingue (el socio silencioso pierde de facto todos los fondos aportados). Por el contrario, en caso de beneficio, la aportación no varía y el beneficio se abona al socio. La sociedad silenciosa puede pactarse por tiempo determinado o indeterminado. El contrato suele regular también el plazo de preaviso o las condiciones de extinción (además de la extinción automática cuando las pérdidas alcanzan la totalidad de la aportación).

Es importante que el socio silencioso no entra en la sociedad como socio: no tiene derechos de voto ni interviene en la gestión de la empresa. Sin embargo, tiene el derecho legal de consultar la contabilidad del empresario y de recibir las cuentas anuales, para comprobar el cálculo del beneficio (este derecho puede limitarse contractualmente).

De cara al exterior permanece «silencioso»: si el empresario revelara imprudentemente a terceros que un socio silencioso participa en su negocio, o incluso mencionara su nombre en la razón social, el socio silencioso pasaría a responder ilimitadamente por las deudas del negocio. El anonimato es, por tanto, no solo una ventaja, sino también una condición de protección del socio.

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Mgr. Vojtěch Sucharda

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sucharda@arws.cz
JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

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ARROWS despacho de abogados

Ventajas: para el empresario (la empresa), el socio silencioso es una fuente de capital que no aumenta el endeudamiento ni diluye la propiedad. El dinero del socio silencioso no es un préstamo: la empresa no tiene que devolverlo, solo comparte el beneficio, si lo hay. Cuando las cosas no van bien y no hay beneficio, el socio silencioso simplemente no recibe nada (o sufre una reducción del valor de su aportación); esto puede ser, en una situación de crisis, una ventaja frente al préstamo bancario, en el que incluso en época de pérdidas habría que seguir pagando cuotas.

La sociedad silenciosa es discreta: su constitución no se registra en ningún sitio público. La empresa puede así obtener financiación de forma discreta, sin enviar una señal al entorno (por ejemplo, a la competencia o a los bancos) de que necesita dinero. Esto puede ser importante cuando no se quiere que se sepa de dificultades temporales, o cuando, por el contrario, no se quiere hacer público quién está detrás de la empresa. El socio silencioso tampoco suele intervenir en la gestión: el empresario conserva el control total sobre la empresa.

Desde el punto de vista del inversor silencioso resulta atractivo poder participar en los beneficios de un negocio sin tener que ocuparse de la gestión operativa; en esencia, funciona de forma similar a un accionista, pero sin las formalidades. Además, su identidad puede permanecer oculta, lo cual puede ser ventajoso, por ejemplo, para un inversor que no desea ser asociado públicamente con numerosas empresas.

El socio silencioso también comparte las pérdidas de forma limitada: como máximo pierde la aportación realizada, y no puede ser requerido para aportar más dinero del pactado (salvo que quiera hacerlo voluntariamente, para mantener el proyecto en marcha). Desde el punto de vista fiscal, para la empresa la participación abonada al socio silencioso es un gasto fiscalmente deducible (de forma similar a la participación en beneficios, que reduce la base imponible, ya que el beneficio se reparte). Sin embargo, la empresa debe retener sobre la participación abonada un impuesto del 15 % a favor del Estado, de forma similar a los dividendos clásicos.

Desventajas: el precio de obtener este capital «silencioso» es el reparto permanente del beneficio. Si el negocio tiene mucho éxito, el conjunto de las participaciones abonadas al socio silencioso puede superar con creces el importe que la empresa habría pagado en intereses de un préstamo; para el empresario puede tratarse, por tanto, en caso de grandes beneficios, de una fuente relativamente cara (aunque, para ser justos, cara solo en el momento en que la empresa puede permitírselo).

El socio silencioso tampoco puede ayudar a la empresa más allá de aportar capital: no debe esperarse de él asesoramiento de mentoría ni contactos, su papel es realmente el de un inversor pasivo. Para el socio silencioso, la desventaja es un riesgo elevado: no tiene ninguna garantía, todo depende exclusivamente del éxito del empresario.

Si el empresario no genera beneficio, el socio no recibe nada; si el negocio quiebra, el socio pierde su aportación y no tiene derecho a nada (se encuentra en una posición subordinada a los acreedores). La liquidez de este tipo de inversión es baja: no existe un mercado en el que el socio silencioso pueda «vender» su participación, todo depende de los pactos contractuales con el empresario.

Desde el punto de vista jurídico es relativamente sencillo constituir una sociedad silenciosa (basta un contrato; se recomienda la forma escrita), pero es necesario definir con precisión el porcentaje de participación en beneficios y pérdidas, la aportación, la duración, los plazos de preaviso, las posibilidades de desistimiento, etc. También conviene regular qué ocurre en situaciones específicas (por ejemplo, la venta de la empresa: por lo general la sociedad silenciosa se extingue, pero las partes pueden pactar el pago al socio silencioso).

Si el contrato no estuviera bien configurado, pueden surgir disputas, por ejemplo, sobre la corrección del cálculo del beneficio o sobre si un determinado gasto debía o no computarse como coste (afectando así al beneficio a repartir). Desde el punto de vista contable, la aportación del socio silencioso no figura ni como capital social ni como un préstamo clásico; a menudo se registra aparte o como una partida especial, lo que puede dificultar ligeramente el análisis de la salud financiera para los bancos (aunque no es un problema esencial, si todo se explica adecuadamente).

Ejemplo práctico: ABC s.r.o. es una pequeña empresa familiar del sector de la restauración que se vio en dificultades financieras debido a una caída inesperada de ingresos (durante una situación excepcional tuvo que limitar su actividad). Los propietarios no quieren perder participaciones en la empresa, pero el banco se negó a concederles otro préstamo debido al endeudamiento ya existente.

Acuerdan entonces con un amigo de la familia que entre como socio silencioso. Este inversor aporta a ABC s.r.o. 1.000.000 CZK (aprox. 41.200 EUR), con la condición de recibir durante 3 años el 20 % del beneficio neto de la empresa. Pactaron contractualmente que el inversor puede rescindir el contrato al cabo de tres años y que la empresa le devolverá entonces su aportación (eventualmente reducida por posibles pérdidas, o mantenida en la empresa si acordaran prorrogar la colaboración).

Resultado: ABC s.r.o. obtuvo rápidamente efectivo para saldar deudas y estabilizar su actividad. No tuvo que notificar nada ni modificar ninguna inscripción en el Registro Mercantil: todo se realizó de forma discreta. Mientras dura la sociedad silenciosa, la empresa no paga ningún interés fijo; solo si genera beneficio, abona de él una parte al socio silencioso. Esto le da margen para respirar, porque si no hay beneficio, el socio simplemente no recibe pago alguno (a diferencia del banco, al que sí habría que pagar intereses).

Para el socio silencioso esto supone un riesgo: si la empresa no ganara dinero, su remuneración sería nula y, en caso de pérdidas prolongadas, podría perder el millón entero (por ejemplo, si la empresa quebrara, no le quedaría nada). Sin embargo, confía en el negocio y en sus propietarios, y por eso estuvo dispuesto a asumir este riesgo a cambio de un rendimiento potencialmente atractivo, si ABC s.r.o. vuelve a ser rentable. Gracias a una correcta configuración jurídica del contrato, ABC s.r.o. se aseguró de que el inversor no pudiera intervenir en la gestión del negocio, y el inversor, a su vez, recibe periódicamente un informe contable para tener una visión de los resultados.

Esta colaboración ayudó a la empresa a superar un período difícil: al cabo de tres años, o bien el socio silencioso obtiene por su aportación un total de 3×20 % del beneficio (lo que puede suponerle, por ejemplo, 600.000 CZK (aprox. 24.700 EUR), si el beneficio anual de la empresa fue de 1 millón CZK) y decide continuar, o bien se retira y la empresa le devuelve su 1.000.000 CZK (si dispone de fondos suficientes y el socio prefiere emplear el dinero en otra cosa).

Equipo de abogados discutiendo opciones de financiación para sociedades de capital en Chequia.

Otras formas de financiación fuera de balance

Además de la sociedad silenciosa, existen otras formas de financiación que no aparecen como deuda tradicional en el balance. Entre ellas se encuentran, por ejemplo, el factoring, el forfaiting o el arrendamiento operativo (leasing operativo). En el factoring, la sociedad obtiene dinero del factor (un banco o una empresa especializada) cediendo sus créditos antes de su vencimiento: recibe de inmediato el pago de la mayor parte del valor de las facturas, y el factor se encarga después de reclamar el pago al cliente.

Así, la empresa financia rápidamente su actividad sin que se trate de un préstamo clásico (en la contabilidad se reducen los créditos, no surge ningún préstamo, aunque económicamente se trate de una alternativa al préstamo). El inconveniente, sin embargo, son unos costes más elevados (el factor cobra una comisión o descuento de las facturas) y, en su caso, la pérdida de contacto directo con el cliente en el proceso de cobro. El arrendamiento operativo, por su parte, permite utilizar bienes de larga duración (por ejemplo, vehículos, maquinaria) sin necesidad de invertir en su compra: la empresa paga un alquiler y, al finalizar el arrendamiento, devuelve el equipo a la sociedad de leasing.

A diferencia del arrendamiento financiero o del préstamo, el objeto del leasing no entra así en el patrimonio de la empresa (queda fuera de balance) y la empresa tampoco registra un pasivo equivalente al precio total del bien. Esto mejora ópticamente el nivel de endeudamiento, pero los costes suelen ser más altos y la empresa no adquiere la propiedad del bien. Estas formas fuera de balance pueden ser útiles combinadas con otras vías de financiación; en cualquier caso, siempre hay que valorar todas las condiciones contractuales y sus efectos (por ejemplo, en el factoring, si puede perjudicar las relaciones con los clientes; en el leasing, cuáles son las penalizaciones por resolución anticipada, etc.).

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La importancia de una correcta configuración jurídica y los posibles riesgos

Como puede verse, las posibilidades de financiación de las sociedades de capital son muy variadas y permiten diseñar una solución a medida de las necesidades de la empresa. Sin embargo, cada variante conlleva también riesgos específicos, ya sean financieros, comerciales o jurídicos. Por ello, una correcta configuración jurídica de cada paso resulta absolutamente esencial. Los errores u omisiones en este ámbito pueden tener consecuencias graves:

  • Decisiones o contratos nulos: si, por ejemplo, el aumento del capital social no se realiza exactamente conforme a las normas legales (junta general convocada de forma incorrecta, ausencia de acta notarial, etc.), el juzgado del registro puede denegar la inscripción o, en el peor de los casos, el aumento puede declararse nulo. Del mismo modo, un contrato de transmisión de participación sin firmas legitimadas notarialmente no será eficaz frente a la sociedad. Es necesario respetar formalidades como las mayorías de voto necesarias, los plazos correctos para la suscripción de aportaciones, la elaboración de informes periciales en el caso de aportaciones no dinerarias, etc.

  • Efectos fiscales: cada forma de financiación tiene consecuencias fiscales distintas. Por ejemplo, los intereses de un préstamo bancario son gastos fiscalmente deducibles, mientras que el pago de una participación en beneficios a un inversor (dividendo) se realiza con cargo a un beneficio ya gravado y está sujeto además a retención. La eventual devolución de una aportación suplementaria a los socios debe planificarse con cuidado, para que no se califique como un reparto oculto de beneficios (lo que tendría consecuencias fiscales). En el caso del socio silencioso, es necesario retener sobre su participación en beneficios un impuesto del 15 %. En las aportaciones no dinerarias hay que tener en cuenta el IVA y otros aspectos. Sin embargo, la optimización fiscal nunca debería llevar a eludir la ley; la administración tributaria es sensible a este tipo de operaciones.

  • Relaciones corporativas y conflicto de intereses: al entrar un inversor, es clave regular las relaciones entre los socios. Sin un pacto de accionistas puede producirse un bloqueo o disputas que paralicen la toma de decisiones de la empresa. Si un socio presta dinero a la empresa (en lugar de una aportación suplementaria), hay que tener presentes las normas sobre asistencia financiera y el hecho de que dicho socio, como acreedor, puede incurrir en un conflicto de intereses. En la sociedad silenciosa puede surgir un conflicto si el empresario se abona a sí mismo el beneficio en forma de retribuciones u otras ventajas y al socio silencioso no le queda nada; el contrato debería prever cómo se determina la base para calcular la participación (beneficio después de impuestos, o si se ajusta por gastos extraordinarios, etc.). El riesgo de abuso también existe por parte del inversor: por ejemplo, un fondo de inversión podría aprovechar su ventaja informativa o imponer condiciones unilateralmente favorables si el empresario no se asesora ni vela por el equilibrio del acuerdo.

  • Aspectos concursales: si la empresa está en crisis, la elección de la financiación puede determinar si entra o no en insolvencia. Por ejemplo, un nuevo préstamo puede agravar el sobreendeudamiento, mientras que una aportación suplementaria mejora el balance. Por el contrario, un endeudamiento excesivo frente a los socios (y la ausencia de capital real) puede generar sospechas de un aplazamiento artificioso de la insolvencia. La dirección debe actuar con la diligencia de un buen gestor y elegir la solución que ofrezca una posibilidad real de saneamiento de la empresa. En el caso extremo, una mala decisión puede suponer incluso la responsabilidad de los administradores por las deudas de la sociedad en caso de presentación tardía de la solicitud de concurso.

En conclusión: para el empresario esto significa dormir más tranquilo y poder concentrarse en el negocio, mientras las cuestiones jurídicas quedan resueltas. Ya sea que opte por un préstamo bancario, la emisión de nuevas acciones, la incorporación de un socio silencioso u otra vía, un despacho de abogados de confianza le ayudará a configurarlo todo de manera que la inyección financiera sirva realmente al crecimiento de la empresa y no provoque sorpresas desagradables.

En ARROWS además podemos gestionarle directamente financiación operativa y de proyectos a medida. Si busca capital concreto para su proyecto o necesita conectar con fuentes de financiación fiables, contáctenos (consultas@arws.cz): con mucho gusto le facilitaremos los contactos necesarios y le ayudaremos a gestionar toda la operación desde el punto de vista procesal y jurídico.

Sobre el autor

JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.
JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

Abogado, socio director

Jakub Dohnal es abogado y socio director de ARROWS. Se dedica a la venta de empresas, la entrada de inversores en el capital y a las transacciones inmobiliarias —generalmente del lado del propietario que vende una empresa cuyo valor ha construido durante años y necesita que la transacción se complete en las condiciones acordadas.