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Retención de garantía en el sector de la construcción

¿Cuándo prescribe su derecho a cobrarla y cómo evitar perder dinero?

Según el Derecho checo, la retención de garantía en la construcción puede prescribir antes de lo que el contratista espera. Lo determinante no tiene por qué ser el momento en que solicita formalmente su pago, sino el momento en que se cumplieron las condiciones pactadas para que naciera el derecho. Si no se controla bien ese momento, puede perderse parte del precio de la obra. El artículo explica cuándo empieza a correr la prescripción, cómo redactar las condiciones de la retención y cómo proteger a tiempo el derecho a su liberación.

En la imagen aparece una especialista en cuestiones jurídicas del sector de la construcción.

Naturaleza jurídica de la retención: mucho más que un pago aplazado

En realidad, la retención es un pacto contractual por el que el derecho al pago solo nace cuando se cumple una determinada condición suspensiva. Esto significa que, mientras no se cumplan las condiciones pactadas (por ejemplo, la entrega de la obra sin defectos o el vencimiento del período de garantía), el crédito del contratista al pago de este importe ni siquiera existe. Este criterio lo confirmó el Tribunal Supremo de la República Checa (Nejvyšší soud), por ejemplo, en su resolución ref. 23 Cdo 2220/2023.

Esta interpretación jurídica crea la peligrosa ilusión de un «derecho durmiente». Los directivos pueden pensar que, mientras no soliciten formalmente la liberación de la retención, su derecho está a salvo y no prescribe. Sin embargo, la realidad jurídica es que el reloj invisible de la prescripción pudo haberse puesto en marcha en el momento en que las condiciones se cumplieron de hecho, con independencia de los trámites formales. Precisamente por ello, los abogados de ARROWS, al preparar contratos de obra, ponen especial énfasis en una definición precisa e inequívoca de estas condiciones, para que el cliente no se enfrente en el futuro a disputas sobre si el derecho llegó a nacer. En este ámbito, ARROWS presta servicios integrales de contratación y negociación de condiciones contractuales.

Prescripción del derecho: reglas básicas y el concepto clave de actio nata

Según el Código Civil checo (Ley n.º 89/2012 Sb., en adelante «CC»), el plazo general de prescripción de los derechos patrimoniales es de tres años. No obstante, la cuestión más importante no es la duración del plazo, sino determinar el momento en que empieza a correr. La ley establece que el plazo de prescripción corre desde el día en que el derecho pudo ejercitarse por primera vez. La doctrina jurídica denomina este momento con el término latino actio nata.

En la práctica mercantil, el concepto actio nata significa una sola cosa: lo determinante no es el día en que usted envió la factura o el requerimiento de pago, sino el primer día en que tuvo derecho a enviar esa factura y a esperar su pago. Se trata de una diferencia sutil, pero absolutamente fundamental, que es fuente de errores frecuentes y de créditos irremediablemente prescritos por valor de millones de coronas checas.

El análisis del momento de la actio nata es una parte clave de la evaluación jurídica de la exigibilidad de los créditos, que en ARROWS realizamos a diario para nuestros clientes, entre los que se encuentran más de 250 sociedades de responsabilidad limitada (s.r.o.) y 150 sociedades anónimas (a.s.).

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ARROWS despacho de abogados

FAQ – Consejos jurídicos sobre los plazos de prescripción

1. ¿Cuál es la duración general del plazo de prescripción de los créditos mercantiles?

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  • Respuesta: Según el CC, el plazo general de prescripción es de tres años. Sin embargo, es fundamental determinar correctamente a partir de qué día se computa este plazo. Para una evaluación inmediata de su situación, escríbanos a consultas@arws.cz.
  • ¿Puede el tribunal tener en cuenta la prescripción aunque el deudor no la alegue?
  • Respuesta: No, el tribunal solo tiene en cuenta la prescripción si el deudor la alega activamente. Si el deudor no la alega, el tribunal le reconocerá el derecho incluso una vez vencido el plazo. Sin embargo, confiar en ello supone un riesgo enorme. ¿Necesita asistencia jurídica en un procedimiento judicial? Quizá le interese saber qué errores en los contratos de financiación de promociones inmobiliarias conducen a litigios. Contáctenos en consultas@arws.cz.

Una sentencia decisiva del Tribunal Supremo: una nueva era en el cómputo de plazos

Hasta hace poco, entre los acreedores reinaba la incertidumbre sobre cómo determinar correctamente el inicio del plazo de prescripción de los créditos cuyo vencimiento depende de su propia actuación (por ejemplo, de la emisión de una factura). Esta incertidumbre la eliminó la sentencia unificadora de la Gran Sala del Tribunal Supremo de la República Checa, ref. 31 Cdo 3125/2022, que constituye una información crucial para todo empresario.

El Tribunal Supremo confirmó que, en las obligaciones exigibles a requerimiento del acreedor, el plazo de prescripción no corre desde el vencimiento de la factura, sino ya desde el día siguiente a aquel en que nació el derecho del acreedor a provocar dicho vencimiento. Dicho de forma sencilla: la cuenta atrás de tres años para su demanda no empieza 15 días después de enviar la factura. Empieza el día siguiente a aquel en que pudo enviar esa factura por primera vez.

Esta resolución convierte la espera pasiva del acreedor, de un simple retraso comercial, en un arma jurídica activa para el deudor. Un deudor experimentado sabe que cada día en que el acreedor demora la facturación acorta su propio plazo para la reclamación judicial. La inactividad del acreedor se convierte así en una ventaja estratégica para el deudor. Nuestros abogados en ARROWS siguen de cerca la evolución de la jurisprudencia y hemos incorporado de inmediato esta sentencia a nuestro asesoramiento para proteger a nuestros clientes frente a pérdidas. Contacte con nosotros en consultas@arws.cz y obtenga una solución jurídica a medida.

Nuestros especialistas le ayudarán

Mgr. František Bárta

Mgr. František Bárta

advokát, partner

barta@arws.cz
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Entonces, ¿cuándo prescribe la retención? Aplicación práctica y riesgos para el contratista

Combinando los principios anteriores llegamos a una conclusión fundamental: el plazo de prescripción para el pago de la retención empieza a correr el día siguiente a aquel en que se cumplieron todas las condiciones contractuales para su liberación. Su posterior requerimiento o facturación ya no influye en ese momento.

Imaginemos algunas situaciones típicas:

  • Escenario A: vencimiento del período de garantía. El contrato establece que la retención es exigible una vez finalizado un período de garantía de cinco años. Si durante ese tiempo no se comunicó ningún defecto, el derecho del contratista al pago de la retención nace el día siguiente al transcurso de esos cinco años. Desde ese día corre el plazo de prescripción de tres años, con independencia de cuándo envíe el contratista la solicitud de liberación.
  • Escenario B: subsanación de defectos. La retención está vinculada a la subsanación de todos los defectos recogidos en el acta de entrega. El derecho a su pago nace el día siguiente a aquel en que se subsanó de forma demostrable el último defecto. Si el contratista no solicita de inmediato la confirmación ni emite la factura, el tiempo ya corre en su contra.

Pero ¿qué ocurre si el comitente impide deliberadamente el cumplimiento de las condiciones, por ejemplo, negándose a recibir la obra reparada? El CC también contempla estas situaciones en el § 549, que establece que, si la parte a la que beneficia el incumplimiento de la condición frustra indebidamente su cumplimiento, la condición se tiene por cumplida.

La resolución de disputas sobre si se han cumplido las condiciones para liberar la retención forma parte habitual de nuestra práctica. Nuestros abogados están preparados para ayudarle: escriba a consultas@arws.cz.

Tabla de riesgos para el contratista (proveedor)

Riesgo que resolver, posibles problemas y sanciones

Cómo ayuda ARROWS

Espera pasiva tras el cumplimiento de las condiciones. Espera un requerimiento del comitente o aplaza la facturación por motivos comerciales. Se arriesga a que su derecho prescriba silenciosamente.

Análisis jurídico y determinación de la fecha de actio nata. Determinaremos cuándo exactamente empezó a correr su plazo de prescripción. ¿Quiere conocer sus opciones jurídicas? Escriba a consultas@arws.cz.

Condiciones contractuales definidas de forma imprecisa. El contrato no establece con precisión qué debe ocurrir para liberar la retención, lo que genera disputas y retrasos.

Redacción o revisión de contratos de obra. Le prepararemos una documentación contractual sólida con condiciones claras y exigibles. ¿Necesita preparar un contrato? Contáctenos en consultas@arws.cz.

Falta de pruebas del cumplimiento de las condiciones. No puede demostrar cuándo subsanó el último defecto ni cuándo terminó el período de garantía, por lo que tampoco puede determinar el inicio del plazo de prescripción.

Asesoramiento jurídico en la documentación de la ejecución. Le asesoraremos sobre cómo documentar y entregar correctamente la obra para disponer de pruebas sólidas ante un posible litigio. Para una solución inmediata de su situación, escríbanos a consultas@arws.cz.

Insolvencia del comitente. El comitente entra en insolvencia y usted no ha comunicado correctamente su crédito, o su derecho ni siquiera ha nacido todavía.

Representación en el procedimiento de insolvencia. Garantizaremos la comunicación puntual y correcta de su crédito y maximizaremos las posibilidades de que sea satisfecho. ¿Necesita representación? Contacte con nosotros en consultas@arws.cz.

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Protección del comitente y aspectos internacionales

Aunque la retención es un instrumento de protección del comitente, su uso incorrecto también conlleva riesgos. Retener indebidamente la retención una vez cumplidas las condiciones puede dar lugar a la obligación de pagar al contratista intereses de demora y, en su caso, una indemnización por daños y perjuicios. Además, el comitente no puede retener arbitrariamente la retención sobre la base de una penalización contractual reclamada sin fundamento.

Para las empresas que operan en mercados internacionales, la situación se complica aún más. Si bien los principios del Derecho checo están ahora claros, los proyectos internacionales suelen utilizar contratos estandarizados, como los modelos FIDIC. Estos contratos tienen sus propios mecanismos específicos para la reclamación de derechos y la resolución de disputas, que pueden modificar la regulación jurídica nacional.

Gracias a nuestra red ARROWS International, construida durante diez años, resolvemos litigios con elemento internacional prácticamente a diario. Prestamos un asesoramiento jurídico que tiene en cuenta tanto el Derecho checo como los estándares contractuales internacionales. No dude en dirigirse a nuestro despacho: consultas@arws.cz.

Tabla de riesgos para el comitente

Riesgo que resolver, posibles problemas y sanciones

Cómo ayuda ARROWS

Retención indebida de la retención. Retiene el pago aunque el contratista haya cumplido las condiciones. Se expone a la obligación de pagar elevados intereses de demora y una indemnización por daños y perjuicios.

Elaboración de un dictamen jurídico. Evaluaremos la legitimidad de su actuación y le protegeremos frente al riesgo de un litigio y de sanciones económicas. ¿Necesita un dictamen jurídico? Contáctenos en consultas@arws.cz.

Frustración deliberada del cumplimiento de las condiciones. Impide activamente que el contratista termine los trabajos para no tener que pagar. El tribunal puede decidir, en virtud de una ficción legal (§ 549 CC), que la condición se ha cumplido.

Consultoría jurídica y estrategia de gestión de litigios. Le ayudaremos a configurar sus procesos de modo que sean conformes con la ley y protejan sus intereses legítimos sin riesgos innecesarios. Nuestros abogados están preparados para ayudarle: escriba a consultas@arws.cz.

Insolvencia del contratista y contrato inválido. El contratista quiebra y usted descubre que sus pactos contractuales sobre la retención (p. ej., la cláusula de insolvencia) son nulos y debe pagar el dinero a la masa de la insolvencia.

Preparación de documentación que le proteja frente a sanciones. Redactaremos contratos con cláusulas de insolvencia válidas que resistan ante los tribunales. Para una solución inmediata de su situación, escríbanos a consultas@arws.cz.

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La proactividad es la clave para proteger sus finanzas

La era de la espera pasiva al pago de las retenciones ha terminado. La práctica jurídica actual, configurada por resoluciones clave del Tribunal Supremo de la República Checa, exige a los acreedores la máxima proactividad. Su inactividad no es neutral: es el camino directo a la pérdida de sus derechos y de sus fondos. Tanto si es un contratista que busca asegurar su flujo de caja como si es un comitente que quiere tener la garantía de una obra de calidad sin riesgos jurídicos innecesarios, la clave del éxito es una estrategia clara y una documentación contractual preparada por expertos.

En ARROWS nos apoyamos en la experiencia de una colaboración de largo plazo con una cartera de más de 150 sociedades anónimas y 51 municipios y regiones. Apostamos por la rapidez, la alta calidad y un enfoque comercial. No espere a que sea demasiado tarde y su derecho prescriba. Contacte con nosotros hoy mismo en consultas@arws.cz y concierte una consulta que proteja sus inversiones y sus créditos.

FAQ – Preguntas jurídicas más frecuentes sobre la prescripción de las retenciones

1. ¿Qué debo hacer si el comitente se niega a firmar el acta de subsanación de defectos aunque todo esté en orden?

Respuesta: Si el comitente se niega sin motivo a confirmar el cumplimiento de las condiciones, es necesario requerírselo de forma formal y demostrable. Si aun así no colabora, puede tratarse de una frustración deliberada (§ 549 CC) y la condición puede considerarse cumplida. En tal caso, es fundamental disponer de pruebas de que los defectos se subsanaron realmente. Si se enfrenta a un problema similar, contáctenos en consultas@arws.cz.

2. ¿Ha empezado a correr el plazo de prescripción aunque nunca haya requerido al comitente el pago de la retención ni haya emitido factura?

Respuesta: Sí, con toda probabilidad. Según la sentencia clave del Tribunal Supremo checo (31 Cdo 3125/2022), el plazo de prescripción empieza a correr desde el momento en que pudo emitir el requerimiento o la factura por primera vez, y no cuando efectivamente lo hizo. Para evaluar su situación concreta, no dude en dirigirse a nosotros en consultas@arws.cz.

3. El contrato dice que la retención es exigible "a requerimiento". ¿Tengo entonces un tiempo ilimitado para hacer el requerimiento?

Respuesta: No, no lo tiene. Precisamente este es el mayor mito. Su derecho a requerir el pago al comitente nació en el momento en que se cumplieron las condiciones para liberar la retención. Desde ese momento corre el plazo de prescripción de tres años para reclamar judicialmente la totalidad del derecho. ¿Necesita ayuda con ello? Estamos a su disposición en consultas@arws.cz.

4. ¿Qué diferencia hay entre la prescripción según el antiguo Código de Comercio checo y según el nuevo CC?

Respuesta: Mientras que el antiguo Código de Comercio establecía un plazo general de prescripción de cuatro años, el CC vigente trabaja con un plazo general de tres años. Sin embargo, más importante que la duración es el principio, confirmado por la jurisprudencia, sobre el inicio de su cómputo, que ahora es más estricto para los acreedores. Para un análisis detallado de su caso, contáctenos en consultas@arws.cz.

5. ¿Puede el comitente compensar su crédito (p. ej., una penalización contractual) con mi derecho al pago de la retención?

Respuesta: Sí, la compensación es posible, pero solo si el crédito del comitente es válido y existente. El comitente no puede retener la retención sobre la base de una penalización contractual inventada o reclamada indebidamente. La defensa frente a tal actuación requiere una argumentación jurídica especializada. Nuestros abogados están preparados para ayudarle: escriba a consultas@arws.cz.

6. Nuestra empresa ejecuta proyectos en el extranjero. ¿Se aplican allí las mismas reglas?

Respuesta: No necesariamente. Cada ordenamiento jurídico tiene su propia regulación de la prescripción. Además, en los proyectos internacionales se utilizan a menudo estándares contractuales como FIDIC, que tienen sus propias reglas. Es imprescindible determinar qué ley rige el contrato y cuáles son las condiciones contractuales. Tenemos amplia experiencia en estos casos gracias a la red ARROWS International. Para una consulta, contáctenos en consultas@arws.cz.

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Sobre el autor

Mgr. František Bárta
Mgr. František Bárta

Abogado, socio

Mgr. František Bárta trabaja en el bufete de abogados ARROWS como abogado sénior especializado en derecho inmobiliario. Se licenció en la Facultad de Derecho de la Universidad Masaryk de Brno y desde el inicio de su carrera se ha dedicado principalmente al derecho contractual con un enfoque en el sector inmobiliario, al que ahora se dedica en exclusiva.