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¿Cuándo no puede heredar?

Todo sobre la indignidad sucesoria

La indignidad sucesoria puede excluir automáticamente a una persona de la herencia, aunque por lo demás le correspondiera heredar por ley o por testamento. Según el Derecho checo, la causa puede ser un delito doloso contra el causante o sus allegados, una injerencia en la última voluntad, la violencia doméstica o un abuso grave de la responsabilidad parental. El artículo explica cómo se aprecia la indignidad y cuándo puede conservarse el derecho hereditario.

En la imagen aparecen abogados que prestan asesoramiento en materia de indignidad sucesoria.

Resumen en puntos

Acto con naturaleza de delito doloso contra el fallecido o contra su ascendiente, descendiente o cónyuge: p. ej., hurto, estafa, asesinato o lesiones graves; pero tampoco heredará de su padre si no paga la pensión de alimentos impuesta por el tribunal a favor de sus hijos, pues se trata de un acto con naturaleza de delito doloso contra un descendiente del fallecido (su nieto).
Injerencias ilícitas en el testamento del causante: por ejemplo, la coacción, la inducción dolosa, la ocultación, la falsificación o la destrucción del testamento.
Violencia doméstica y divorcio: cuando el cónyuge ejerció violencia doméstica contra el causante y el procedimiento de divorcio está en curso el día del fallecimiento del causante.
Abuso de la responsabilidad parental: cuando el progenitor fue privado por el tribunal de los derechos parentales por maltrato o descuido grave del hijo, no puede heredar de ese hijo.

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¿Qué es la indignidad sucesoria?

Se trata de una norma especial del Derecho de sucesiones cuyo objetivo es proteger al causante y los principios de justicia en la sucesión. Si el posible heredero comete un delito doloso contra el causante (o contra sus ascendientes, descendientes o cónyuge), o si abusa gravemente de la última voluntad del fallecido (por ejemplo, falsifica el testamento), no tiene derecho a heredar. Estas causas se enumeran en el § 1481 del Código Civil checo (Ley n.º 89/2012 Sb., en adelante «CC»). Para usted esto significa lo siguiente: aunque por lo demás el orden sucesorio le admitiera como heredero, esta prohibición legal le excluye de la herencia. El notario debe siempre detectar y valorar tal situación, incluso de oficio, con independencia de que alguno de los interesados la conozca o la alegue.

La ley es clara: si comete un asesinato u otro delito grave similar contra la persona de la que quiere heredar, su derecho hereditario se extingue automáticamente y sin más. Un ejemplo interesante de la práctica es el caso de un hijo que participó en el suicidio de su padre enfermo. Se resolvió que el hijo no queda excluido del derecho hereditario, a pesar de haber cometido contra el causante un delito doloso por el que fue condenado en firme en un proceso penal: concretamente, la participación en su suicidio.

El Tribunal Supremo de la República Checa (Nejvyšší soud) llegó, no obstante, a la conclusión de que, aunque el hijo cometió un delito doloso, su conducta no fue un acto cometido «contra el causante» en el sentido del § 1481 del CC. El tribunal subrayó que el hijo actuó a petición expresa del padre y conforme a su voluntad. Por ello, su acto no puede considerarse una conducta contra el causante y el hijo no es indigno para suceder.

Otro ejemplo de indignidad es la manipulación del testamento, es decir, cualquier vulneración dolosa de la última voluntad del causante. Si, por ejemplo, alguien soborna u obliga a una tía anciana a redactar un nuevo testamento, o posteriormente falsifica o destruye el testamento original, se trata de una conducta «reprobable contra la última voluntad» y la ley la sanciona. También en ese caso el tribunal excluirá al heredero del derecho hereditario, pues el ordenamiento jurídico no admite tales maquinaciones. En la práctica esto significa que, si por ejemplo un nieto reescribiera o eliminara físicamente el testamento válido de su abuelo en perjuicio de otros parientes, el procedimiento sucesorio no lo considerará heredero.

En resumen, la indignidad sucesoria nace por ministerio de la ley: el heredero se priva «él mismo» de la herencia con su conducta ilícita. Si tiene dudas sobre la posible concurrencia de una causa de indignidad sucesoria, es mejor que se asesore a tiempo.

1. Delito doloso contra el causante (p. ej., asesinato)

Qué ocurre: Si con su conducta comete un delito doloso contra la persona de la que quiere heredar (o contra sus allegados), el notario, en calidad de comisario judicial (soudní komisař), le excluirá del derecho hereditario. Suele tratarse de estafa, asesinato, lesiones graves u otro delito cometido con dolo. Lo importante es la palabra «doloso»: si no hay dolo, sino por ejemplo solo imprudencia, la norma por lo general no se aplica.

Ejemplo práctico: Imagine que el señor Dvořák no pagaba la pensión de alimentos de sus hijos porque creía que con ello no ponía en peligro su derecho a heredar de su padre y quería conservar el mayor patrimonio posible. ¡Jamás habría pensado que precisamente así destruiría su propio derecho a la herencia y que esta pasaría directamente a sus hijos! Según la ley, el impago de la pensión de alimentos fijada por el tribunal constituye un delito contra los descendientes del causante. Por ello, el notario excluirá sin más al señor Dvořák de la herencia. Su cuota no pasa a él, sino que corresponde a otros herederos legitimados (según la ley o el testamento).

Consecuencias jurídicas: Si comete algo así, afrontará además otras consecuencias: aparte de la responsabilidad penal, no recibirá parte alguna de la herencia. En la práctica esto suele significar que, por ejemplo, los descendientes (sus hijos u otros herederos) adquieren el derecho hereditario en su lugar. Ni siquiera un gesto notable de arrepentimiento ayuda: la ley exige que el perdón del causante sea expreso y se refiera a hechos pasados. Los descendientes privados de sus derechos por indignidad sucesoria no tienen derecho ni siquiera a la legítima; sencillamente, por ley no heredan nada.

2. Injerencia en la última voluntad del causante

Qué ocurre: Otra causa típica de indignidad sucesoria es el abuso del testamento. Se trata de situaciones en las que alguien actúa contra la manifestación de última voluntad del fallecido: por ejemplo, le obligó a otorgarla, le indujo con engaño o le manipuló de otro modo, o bien tras su muerte falsificó, alteró, destruyó u ocultó su testamento. La ley habla aquí de un «acto reprobable contra la última voluntad del causante». El heredero que realice tales actos queda igualmente excluido de la herencia.

Consecuencias jurídicas: En tal caso se aplica el mecanismo del heredero sustituto. Si el causante designó en el testamento a otro u otros sucesores, entrará este (el llamado heredero sustituto). En caso contrario, heredan en lugar del heredero excluido los demás herederos o los sucesores legales conforme a las reglas de la «representación». 

3. Violencia doméstica y divorcio en curso

Qué ocurre: El nuevo Código Civil incorporó al Derecho de sucesiones también situaciones relativas a los cónyuges y a la violencia doméstica (§ 1482, apdo. 1, del CC). Si el día del fallecimiento del causante está en curso un procedimiento judicial de divorcio iniciado precisamente porque el cónyuge cometió contra el causante un acto que reúne los rasgos de la violencia doméstica, dicho cónyuge queda excluido del derecho hereditario como heredero legal. Esta regulación pretende proteger ante todo a las víctimas de violencia doméstica, para que su fallecimiento no sea aprovechado por el agresor para heredar de ellas.

Ejemplo práctico: Imaginemos a Irena, a quien su marido maltrató durante mucho tiempo. Irena presenta la demanda de divorcio y, debido a la prueba de la violencia, la vista judicial no llega a celebrarse antes de su muerte. El procedimiento de divorcio sigue en curso el día de su fallecimiento. Según la ley, el marido de Irena no puede por tanto heredar de ella como cónyuge, aunque por lo demás fuera heredero legal. Funciona como prevención: el Estado entiende que, si el agresor pudiera heredar de repente de la víctima, ello suscitaría con razón la sospecha de que el motivo de la violencia fue el patrimonio. Por eso, en estos casos la herencia corresponde a otros legitimados, por ejemplo a los hijos de la causante o a otros parientes.

Consecuencias jurídicas: También aquí la exclusión del cónyuge hace que la cuota hereditaria vacante se redistribuya. En primer lugar pueden entrar los hijos del fallecido (o sus descendientes) y, en su defecto, otros parientes en el orden fijado por la ley. Para quienes sufren violencia doméstica es importante saber que la ley lo tiene en cuenta y que no deben temer solicitar el divorcio: en caso de fallecimiento, la herencia irá a sus sucesores, no al agresor.

Nuestros especialistas le ayudarán

Mgr. Vendula Růžková, LL.M., MBA

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JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

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4. Abuso de la responsabilidad parental

Qué ocurre: Según el § 1482, apdo. 2, del CC, si un progenitor fue privado por el tribunal de la responsabilidad parental porque abusó de ella o la descuidó de forma grave, no puede invocar esa condición en el Derecho de sucesiones respecto de su hijo. Dicho de otro modo, el progenitor privado de las facultades de crianza no tiene derecho a heredar de ese hijo. Se trata de nuevo de un comportamiento socialmente inaceptable, que el ordenamiento jurídico sanciona negando a ese progenitor el patrimonio del descendiente.

Ejemplo práctico: Tomemos a Pavel, que fue retirado judicialmente a sus padres después de que el tribunal los declarase culpables de un grave descuido en su cuidado cuando era niño (p. ej., maltrato prolongado o abandono). Imagine que este hijo fallece trágicamente en la edad adulta (sin testamento). Según la ley, los padres de Pavel no heredarán de su hijo: al habérseles retirado la crianza por una falta grave, quedan excluidos también del derecho a heredar de él. En su lugar entrarán los herederos conforme a las reglas de la sucesión legal.

Consecuencias jurídicas: Si se encuentra en un caso así, ello significa de hecho que pierde el derecho a heredar de su descendiente. Es otro ejemplo de cómo la ley vincula la responsabilidad con el derecho a heredar. Para usted y para los demás descendientes significa, sin embargo, que el patrimonio del hijo fallecido corresponderá a otros legitimados (p. ej., a los hermanos del fallecido o a sus descendientes). 

Al tramitar una herencia, en muchas situaciones conviene coordinar la actuación jurídica con un notario. Por ello, ARROWS colabora con notarios de confianza, entre los que figuran, por ejemplo, la notaria Mgr. Silvie Dohnalová y Mgr. Tomáš Ostrožlík, así como varias otras notarías. Según la localidad en la que el cliente opere o en la que necesite el servicio notarial, puede elegir al notario adecuado de la lista de nuestras notarías colaboradoras en las distintas regiones.

En los casos sucesorios más complejos o en reuniones importantes con clientes puede acordarse también la presencia personal del notario en la reunión celebrada en el despacho de abogados ARROWS, de modo que la parte jurídica y la notarial se resuelvan de forma coordinada.

Cómo valora el comisario judicial la indignidad sucesoria y qué le espera

Si aparecen causas de indignidad sucesoria, el comisario judicial/notario debe valorarlas de oficio. Esto significa que, aunque nadie objete nada contra usted, si existen indicios (agresiones conocidas, acusaciones, registros oficiales, etc.), las autoridades están obligadas a examinar la situación. 

Si se produce la indignidad sucesoria, el patrimonio se reparte entre los herederos de otro modo. Ante todo, el derecho de la persona afectada se extingue por completo. Como hemos mencionado, el heredero sustituto (si el causante lo designó) reemplazará al excluido. Si no se designó heredero alternativo, se aplica el orden de sucesión legal (p. ej., conforme al principio de «representación»: los hijos en lugar de sus padres, etc.).

Consejo importante: Averigüe siempre quién heredaría en su lugar en tal caso. A menudo la herencia pasa a la generación siguiente (sus hijos o los hermanos del fallecido). Desde el punto de vista de los «futuros herederos», la situación significa que heredarán más, porque su hermano (usted) ha sido excluido.

Desde el punto de vista jurídico conviene tener presentes varias cosas: la indignidad sucesoria no puede suprimirse por contrato ni modificarse por pacto o de forma unilateral. No obstante, el causante puede perdonar el delito (u otro acto reprobable) ya cometido contra él, pero el perdón debe ser expreso y por escrito, y además solo puede referirse a hechos pasados, no a lo que aún no ha ocurrido. 

Qué significa esto para usted: Si tiene la impresión de que alguna de las causas indicadas podría afectarle (a menudo también indirectamente, por ejemplo como heredero en un testamento o en un pacto), no deje nada al azar. Trátelo con los demás posibles herederos (idealmente de forma imparcial) o asesórese con un abogado o un notario. Es mucho mejor aclarar las dudas de antemano que tener que afrontar después una larga práctica de prueba o litigios.

Posibles problemas

Cómo ayuda ARROWS (consultas@arws.cz)

Litigio sobre la indignidad sucesoria: Entre los herederos puede surgir un conflicto sobre si la conducta de alguno de ellos cumple realmente las causas legales de indignidad sucesoria y si debe ser excluido de la sucesión.

Valoración de la indignidad sucesoria: Examinaremos las circunstancias del caso, evaluaremos la existencia de causas legales y le ayudaremos a preparar la argumentación y las pruebas para el procedimiento sucesorio.

Manipulación del testamento: La presión sobre el causante, la ocultación, la alteración o la destrucción del testamento pueden dar lugar a la indignidad sucesoria y, al mismo tiempo, provocar un grave conflicto entre los herederos.

Protección de la última voluntad del causante: Valoraremos la validez y las circunstancias del otorgamiento del testamento, aseguraremos las pruebas necesarias y le representaremos en el litigio sobre la injerencia en la última voluntad.

Incertidumbre sobre quién heredará en lugar del heredero indigno: La exclusión de un heredero puede cambiar el reparto de toda la herencia y afectar a los derechos de los descendientes, de los herederos sustitutos y de otros parientes.

Determinación de los derechos hereditarios: Evaluaremos quién y en qué medida ocupa el lugar del heredero indigno y le ayudaremos a ejercer correctamente su derecho hereditario en el procedimiento sucesorio.

Falta de pruebas sobre la causa de indignidad: El delito, la violencia doméstica, la manipulación del testamento u otros hechos decisivos pueden ser controvertidos entre las partes y su prueba puede resultar compleja.

Preparación de la estrategia probatoria: Le ayudaremos a reunir los documentos pertinentes y otras pruebas, prepararemos la argumentación procesal y velaremos por su correcta presentación ante el notario o el tribunal.

Conflicto en el procedimiento sucesorio: Las opiniones divergentes de los herederos sobre la indignidad sucesoria pueden dar lugar a un procedimiento largo y a un posterior litigio judicial.

Representación en el litigio sucesorio: Le representaremos en las negociaciones con los demás herederos, ante el notario como comisario judicial y en el procedimiento judicial posterior, y velaremos por los trámites procesales y los plazos necesarios.

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Recomendaciones y otros consejos

  • Compruebe los hechos: Averigüe si existen registros de la investigación de un delito, de un procedimiento de divorcio o de la privación de los derechos parentales. Comuníquese activamente con los familiares y las autoridades.

  • Sea transparente con el comisario judicial/notario: Si en el procedimiento sucesorio surge la sospecha de alguna de las situaciones mencionadas, el tribunal debe tenerla en cuenta con independencia de sus objeciones. Por ello, coopere con las autoridades: por ejemplo, aporte pruebas de que el acto prohibido no se produjo o de que, en su caso, es usted víctima de difamación.

  • Consulta jurídica: Si la situación es complicada (p. ej., se trató de un acto poco claro respecto del testamento o de un asunto familiar en curso), no dude en dirigirse a un despacho de abogados especializado en Derecho de sucesiones. Un especialista le ayudará a evaluar los riesgos y a proponer la forma de proceder: por ejemplo, si conviene solicitar información al notario o preparar un escrito de alegaciones.

  • Atención a los plazos: El procedimiento sucesorio tiene sus reglas. Si la situación ha de resolverse, es importante no dejar pasar los plazos para formular alegaciones o presentar documentos.

Siguiendo estos pasos aumentará sus posibilidades de evitar errores ocultos y complicaciones jurídicas inesperadas. Confíe en los procedimientos contrastados: cuanto mejor conozca sus derechos y obligaciones, mejor podrá decidir.

Los derechos hereditarios pueden ser complejos y la indignidad sucesoria añade nuevas complicaciones. Este artículo le ha presentado las principales situaciones en las que el derecho hereditario no nace (p. ej., por un delito doloso, por violencia doméstica o por abuso del testamento) y cuáles son sus consecuencias. Sin embargo, cada situación familiar es única y a veces no es fácil prever cómo resolverán los tribunales. Por ello recomendamos consultar con un despacho de abogados especializado en Derecho de sucesiones. Un abogado cualificado le ayudará a valorar las circunstancias concretas de su caso, a prevenir riesgos y a actuar de modo que la situación quede clara cuanto antes. No espere al procedimiento sucesorio: al contactar con un especialista no solo demostrará un enfoque profesional, sino que ante todo protegerá sus derechos y los de sus allegados.

¿Necesita ayuda o asesoramiento? Estamos a su disposición: diríjase a nosotros, con gusto responderemos a sus preguntas y le prestaremos apoyo jurídico. Recuerde que una consulta cualificada suele ayudar a evitar costosos litigios judiciales y desavenencias familiares en el futuro. Su herencia merece una solución sin problemas y nuestro despacho de abogados le ayudará gustosamente a lograrla.

Preguntas frecuentes: cuándo no puede heredar

1. ¿Cuándo queda un heredero excluido de la sucesión por indignidad sucesoria?

No puede heredar la persona que haya cometido un delito doloso contra el causante, su ascendiente, descendiente o cónyuge, o bien una conducta reprobable contra la última voluntad del causante. Típicamente puede tratarse de la falsificación, la ocultación o la destrucción del testamento. La ley impide así que se beneficie de la herencia quien se haya comportado de forma especialmente grave con el causante o con su última voluntad.

2. ¿Puede el causante perdonar su conducta a la persona indigna para suceder?

Sí. Si el causante perdona expresamente su conducta a la persona que de otro modo sería indigna para suceder, el impedimento para heredar puede desaparecer. No obstante, para algunas causas de indignidad sucesoria la ley establece reglas especiales, por lo que siempre es necesario valorar las circunstancias concretas del caso.

3. ¿Cuál es la diferencia entre la indignidad sucesoria y la desheredación?

La indignidad sucesoria se produce directamente por ministerio de la ley cuando se cumplen los requisitos legales. La desheredación es, en cambio, un acto jurídico del causante por el que, por las causas previstas en la ley, priva al heredero forzoso del derecho a la legítima. Se trata, pues, de dos instituciones distintas con requisitos y consecuencias diferentes.

4. ¿Puede un hijo ser desheredado solo porque no tiene trato con su progenitor?

No de forma automática. El causante puede desheredar a un descendiente, por ejemplo, cuando este no muestra por él el interés sincero que debería mostrar. Sin embargo, siempre hay que examinar las razones del deterioro de la relación. Si, por ejemplo, fue el propio progenitor quien rechazó el contacto durante mucho tiempo o rompió la relación, el desinterés del descendiente puede no ser una causa válida de desheredación.

5. ¿Qué ocurre si se discute si el heredero es indigno o fue válidamente desheredado?

Tal controversia puede tener que resolverse en el procedimiento sucesorio y, en su caso, posteriormente mediante demanda ante el tribunal. Suelen ser decisivas las pruebas sobre la conducta del heredero, las circunstancias de las relaciones familiares, el contenido del testamento o del documento de desheredación y la voluntad real del causante. En los casos controvertidos es importante, por tanto, abordar el asunto ya durante el procedimiento sucesorio y ejercer a tiempo sus derechos.

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Sobre el autor

JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.
JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

Abogado, socio director

Jakub Dohnal es abogado y socio director de ARROWS. Se dedica a la venta de empresas, la entrada de inversores en el capital y a las transacciones inmobiliarias —generalmente del lado del propietario que vende una empresa cuyo valor ha construido durante años y necesita que la transacción se complete en las condiciones acordadas.