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El inversor le ha enviado un term sheet: ¿cuándo le vincula el documento y cuándo no?

El term sheet llega como un resumen no vinculante del acuerdo y las empresas a menudo lo firman sin abogado. Sin embargo, es precisamente ahí donde se decide el precio, cuánto tiempo no podrá hablar con otro inversor y quién pagará los costes de los asesores si la transacción finalmente no se cierra, todo ello según el Derecho checo. Los abogados de ARROWS negocian estos documentos en nombre de los propietarios de empresas. A continuación encontrará una guía sobre qué vigilar en el term sheet y qué conseguir incluir en él.

Abogados de ARROWS negociando las condiciones de un term sheet para propietarios de empresas.

Resumen

Decida de antemano qué debe ser vinculante y qué no. Lo comercial debe ser no vinculante; la exclusividad, la confidencialidad y los costes, vinculantes.
El futuro contratante debe ser parte del term sheet. Solo él tiene derecho a la indemnización por la negociación interrumpida, no su holding ni su socio; otras empresas del grupo también pueden ser parte si deben asumir sus propias obligaciones.
El título «no vinculante» por sí solo no decide nada. Lo que decide es el contenido: si del documento se desprende el compromiso de celebrar el futuro contrato y su contenido está descrito al menos de forma general, se trata de un contrato de promesa de contrato.
Pacte la exclusividad solo por un período correspondiente al alcance de la due diligence y con una excepción para los casos ya en curso.

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Marco de decisión: qué está firmando en realidad

El term sheet, la letter of intent y el memorando de entendimiento no son tipos contractuales legales. Son documentos comerciales y su naturaleza jurídica la determina el contenido, no el título. En la práctica existen tres variantes y usted necesita saber cuál de ellas quiere.

El primero es un documento realmente no vinculante. Describe el precio, la estructura y el calendario, pero establece expresamente que no obliga a ninguna de las partes a cerrar la transacción. Su valor reside en que las partes aclaran los puntos esenciales antes de empezar a pagar a los asesores. Dónde encaja este documento dentro de todo el proceso de venta lo analizamos en el artículo Cómo vender una empresa: fases de la venta desde la LOI hasta el cierre.

El segundo es un documento que ya contiene el compromiso de realizar la transacción. Según la estructura concreta, se trata de un contrato de promesa de contrato (precontrato), en el que las partes se comprometen a celebrar el contrato principal cuando se les requiera, o bien de un contrato de transacción directo con condiciones suspensivas, en el que ya no se celebra nada más y las partes solo esperan a que se cumplan las condiciones. Es necesario distinguir estas dos variantes porque tienen formas de exigibilidad distintas. Este camino lo eligen los vendedores en subastas y los inversores en rondas posteriores.

El tercero, y en la práctica el más frecuente, es un documento mixto: la parte comercial no es vinculante, mientras que la parte procesal sí lo es. Entre las partes vinculantes suelen figurar la exclusividad, la confidencialidad, el reparto de costes, el derecho aplicable y, a veces, sanciones por abandonar las negociaciones. Precisamente aquí surgen la mayoría de las disputas: la empresa firma un documento titulado «no vinculante» y pasa por alto que tres de sus cláusulas son en realidad vinculantes.

En la decisión hay todavía una cuestión que a menudo se olvida: quién firma el documento. Si la parte del futuro contrato va a ser su sociedad holding, no tiene sentido que el term sheet lo firme solo la sociedad operativa.

Procedimiento paso a paso

La negociación del term sheet sigue una secuencia que conviene respetar, porque cada paso siguiente se apoya en el anterior.

El primer paso es identificar a las partes. En su lado es la entidad que va a vender o emitir las participaciones; en el lado del inversor es el fondo, su SPV (sociedad vehículo), o ambos. La diferencia entre el fondo y su SPV no es una formalidad: el SPV suele ser una sociedad vacía sin patrimonio.

El segundo paso es dividir el documento en dos partes y decirlo expresamente. La parte vinculante incluye la confidencialidad, la exclusividad, los costes, el derecho aplicable y la resolución de disputas. Todo lo demás debería marcarse como no vinculante, incluidos el precio y la estructura.

El tercer paso es negociar la exclusividad. Se pacta por un período correspondiente al alcance de la due diligence, con una excepción para los casos ya en curso y con la posibilidad de rescindirla si el inversor deja de avanzar según lo planeado. La exclusividad sin fin y sin excepciones es la cláusula más cara de todo el documento para el propietario.

El cuarto paso es describir el mecanismo de precio, no solo la cifra. El term sheet debería indicar si el precio es fijo o se ajusta por deuda neta y capital circulante, cómo se calcula un eventual earn-out y qué ocurre con el plan de opciones para directivos. La valoración de empresas la analizamos en el libro sobre la venta de empresas.

El quinto paso es el alcance y el proceso de due diligence: qué datos recibirá el inversor, en qué fase, quién tendrá acceso a ellos y qué ocurre con ellos si la transacción no se lleva a cabo. Si el inversor es un competidor, no basta con posponer los datos sensibles a la fase final: se crea un clean team, los datos sobre precios, márgenes y condiciones comerciales con clientes se agregan o anonimizan, y se deniega el acceso a las personas que deciden sobre precios y estrategia. La parte relativa a los empleados la analizamos en el artículo Due diligence de los empleados en la venta de una empresa o en una adquisición.

El sexto paso son las condiciones suspensivas y aquello en lo que la transacción puede fracasar. Aquí entran los consentimientos de terceros, la financiación, el resultado de la due diligence y las eventuales notificaciones regulatorias. Una condición formulada como «resultado de la due diligence satisfactorio para el inversor» le da a la otra parte vía libre para retirarse hasta el último día.

El séptimo paso es el calendario con hitos y el reparto de costes; conviene vincular la duración de la exclusividad al cumplimiento del calendario por parte del inversor, y no a una fecha fija. Y, por último, el aspecto operativo: quién conoce la transacción, quién se comunica con los empleados y quién se asegura de que la empresa siga funcionando con normalidad hasta el cierre.

Preguntas frecuentes sobre exclusividad y confidencialidad

1. ¿Podemos negociar con otro inversor durante la exclusividad?

Depende de la redacción de la cláusula. Normalmente no puede buscar activamente ni aceptar ofertas; por eso en el term sheet se negocia una excepción para las ofertas no solicitadas.

2. ¿Es exigible el incumplimiento de la exclusividad?

Sí. Si la exclusividad se pacta como obligación vinculante, es exigible incluso sin cláusula penal: el incumplimiento se valora como incumplimiento contractual. La cláusula penal solo facilita mucho la reclamación, porque no es necesario probar el importe concreto del daño.

3. ¿Basta con un NDA y el term sheet no tiene que regular la confidencialidad?

Si el NDA cubre los datos de la due diligence y todo el círculo de asesores del inversor, es suficiente. En caso contrario, el term sheet debería incluir su propia cláusula de confidencialidad y de devolución o destrucción de los datos.
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Qué es estándar en el mercado y qué es una señal de alarma

En las transacciones saludables es habitual que el term sheet separe expresamente la parte vinculante de la no vinculante, que la exclusividad tenga un final ligado a hitos y que cada parte asuma sus propios costes hasta la firma del contrato principal. También es habitual resolver la estructura de la futura gestión de la sociedad: quién nombra al órgano de administración, qué decisiones requieren el consentimiento del inversor y cómo se resuelven los bloqueos (deadlocks).

Hay tres señales de alarma. La primera es un documento etiquetado como no vinculante que, sin embargo, contiene el compromiso de celebrar el contrato principal en los términos de un anexo: ese documento, con independencia de su título, es un contrato de promesa de contrato. La segunda es una exclusividad sin final o con prórroga automática hasta que el propio inversor diga que termina.

La tercera señal es una sanción unilateral. Si por abandonar la negociación paga usted y el inversor no, no se trata de proteger la transacción, sino de una opción sobre su empresa. Un efecto similar tiene la cláusula por la que usted asume los costes de los asesores del inversor incluso si es el inversor quien pone fin a la transacción.

Dónde está el límite legal

Negociar es libre, pero no carece de reglas, y en este caso hay dos límites: la responsabilidad por la forma de negociar y el riesgo de que el documento sea vinculante aunque usted no lo quiera.

Según el § 1728 del Código Civil checo (Ley n.º 89/2012 Sb., en adelante «OZ»), cualquiera puede negociar libremente un contrato y no responde por no llegar a celebrarlo, salvo que inicie la negociación o continúe en ella sin intención de celebrar el contrato. Las partes están obligadas a comunicarse mutuamente las circunstancias fácticas y jurídicas que conocen o deben conocer, de modo que el interés de cada una de las partes en la celebración del contrato resulte evidente para la otra.

Según el § 1729 OZ, actúa de mala fe la parte que, sin motivo justificado, pone fin a la negociación en una fase en la que la celebración del contrato parecía altamente probable y la otra parte lo esperaba razonablemente. Además, la indemnización tiene un tope máximo: como mucho hasta el importe correspondiente a la pérdida derivada de un contrato no celebrado en casos similares. Por ello, en la práctica judicial se reclaman sobre todo los costes incurridos en la negociación, es decir, el asesoramiento jurídico, económico y financiero.

Nuestros especialistas para usted

JUDr. Ondřej Stehlík, LL.M., MBA

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Mgr. Marek Hučík

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El Tribunal Supremo de la República Checa (Nejvyšší soud) añadió al respecto, en su sentencia 25 Cdo 1085/2025, dos cosas. En primer lugar, reitera que esta responsabilidad debe ser más bien una excepción que la regla, porque negociar siempre va unido a la incertidumbre. En segundo lugar, y esto es esencial para la estructura de las firmas, concluyó que la persona legitimada para reclamar la indemnización es únicamente la parte de la relación contractual pretendida, y no la sociedad que participó en la negociación e influyó en el contenido de la documentación pero que no iba a ser parte del futuro contrato.

El segundo límite es tipológico. Según el § 1785 OZ, mediante un contrato de promesa de contrato al menos una de las partes se obliga a celebrar, a requerimiento y en el plazo pactado, o en su defecto en el plazo de un año, el contrato futuro, cuyo contenido debe estar pactado al menos de forma general. Si se cumple esta condición, la parte legitimada puede, conforme al § 1787 OZ, solicitar que sea el tribunal o la persona designada en el contrato quien determine el contenido del contrato futuro. Por el contrario, conforme al § 1788 OZ, la obligación de celebrar el contrato se extingue si el requerimiento no se realiza a tiempo o si las circunstancias cambian hasta tal punto que no cabe exigir razonablemente la celebración del contrato; no obstante, si la parte obligada no comunica sin demora injustificada el cambio de circunstancias a la otra parte, deberá indemnizarle el daño que de ello resulte. Para que la obligación de transmitir la participación sea realmente exigible judicialmente, existe además un requisito formal: el contrato principal de transmisión de participaciones en una s.r.o. (sociedad de responsabilidad limitada checa) requiere firmas legitimadas notarialmente, por lo que la exigibilidad de un term sheet firmado de forma simple resulta complicada. Los créditos derivados de estos contratos los analizamos en el artículo Créditos derivados del contrato de promesa de contrato.

Quedan dos reglas que afectan indirectamente al term sheet. Conforme al § 1730 OZ, la parte que obtenga información confidencial durante la negociación debe procurar que no sea utilizada indebidamente; si se enriquece mediante su uso indebido, deberá restituir lo obtenido. Y conforme al § 1746 OZ, las partes también pueden celebrar un contrato que no esté regulado como un tipo especial, por lo que el term sheet mixto es válido y exigible en su parte vinculante, siempre que sea suficientemente determinado.

Posibles problemas

Cómo puede ayudar ARROWS (consultas@arws.cz)

Documento no vinculante que en realidad es vinculante: el contenido corresponde a un contrato de promesa de contrato

Evaluamos lo que el documento realmente crea y lo dividimos en una parte vinculante y otra no vinculante. En el caso de un term sheet ya firmado, valoramos el grado de su carácter vinculante

Exclusividad sin final: el propietario no puede negociar con otros inversores y no tiene forma de poner fin a la exclusividad

Negociamos una duración vinculada a hitos y excepciones para las ofertas no solicitadas. También preparamos las condiciones para una terminación anticipada

El inversor se retiró tras la due diligence: a usted le quedaron los costes de los asesores

Evaluamos si se trató de una terminación sin motivo justificado y hacemos valer la reclamación. Nos aseguramos de que la reclamación la presente la entidad correcta

Firmó la entidad equivocada: el term sheet lo firmó una sociedad distinta de la futura parte del contrato

Configuramos la estructura de firmas conforme a la futura transacción. En una transacción ya en curso, corregimos el documento mediante un anexo

Datos de due diligence ante un competidor: el inversor es propietario de una empresa competidora

Configuramos un clean team, agregamos los datos sensibles y definimos el círculo de personas con acceso. En una transacción sujeta a autorización conforme al Derecho checo, también vigilamos la prohibición de ejecutar la concentración de forma anticipada conforme al artículo 18

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Resumen final

Negocie el term sheet como si fueran dos documentos en uno. Primero aclare qué debe ser vinculante –aquí entran la confidencialidad, la exclusividad y los costes– y solo después negocie el precio y la estructura, que no deberían ser vinculantes. La futura contraparte debe ser parte del term sheet y la exclusividad debería tener un final vinculado al avance de la otra parte.

Los límites legales son asimétricos. La no vinculación de la parte comercial no le ayudará si el documento contiene el compromiso de celebrar un contrato descrito al menos de forma general. Por el contrario, la indemnización por la negociación interrumpida es una excepción, cuyo importe está limitado por ley mediante un tope especial y solo se reconoce a la futura contraparte. El bufete de abogados de Praga ARROWS negocia transacciones dentro del servicio Venta de empresas, asesoramiento en transacciones y está asegurado por responsabilidad profesional con un límite de 350 000 000 CZK (aprox. 14,4 millones EUR). Escríbanos a consultas@arws.cz.

Preguntas frecuentes sobre el term sheet

1. ¿Tiene que ser el term sheet por escrito?

La ley no exige una forma determinada; según el Derecho checo, conforme al § 559 OZ, las partes pueden elegirla libremente. Sin embargo, sin forma escrita el documento carece de valor, y para la parte vinculante la forma escrita es la única vía segura. El contrato principal sí tiene una forma exigida: la transmisión de participaciones en una s.r.o. requiere, conforme al § 209 apartado 2 de la Ley checa de Sociedades Mercantiles (Ley n.º 90/2012 Sb., en adelante «ZOK»), forma escrita con firmas legitimadas notarialmente.

2. ¿Podemos modificar el term sheet después de firmarlo?

Solo mediante acuerdo; conforme al § 1759 OZ, el contrato solo puede modificarse con el consentimiento de todas las partes o por otros motivos legales. La forma de la modificación se rige entonces por el § 564 OZ: si la ley exige una forma determinada, se necesita la misma forma o una más estricta, pero si la exige solo el pacto de las partes, puede modificarse de otro modo, salvo que el propio pacto lo excluya. Por eso en los term sheets se indica que las modificaciones solo son posibles mediante un anexo escrito.

3. ¿Qué pasa si el inversor reduce el precio tras la firma debido a hallazgos de la due diligence?

Es legítimo si el precio se marcó como no vinculante y los hallazgos son reales. Por eso en el term sheet se indica que el precio se basa en la documentación facilitada, y por eso conviene realizar una due diligence previa a la venta sobre la propia empresa.

4. ¿Tenemos un derecho frente al inversor si pone fin a la transacción el día antes de la firma?

Solo en las condiciones del § 1729 OZ, es decir, en una fase de alta probabilidad de cierre y sin motivo justificado por su parte. En el caso 25 Cdo 1085/2025, el motivo de la terminación fue el desacuerdo con la redacción de la cláusula de responsabilidad del vendedor; sin embargo, el Tribunal Supremo de la República Checa (Nejvyšší soud) no valoró su naturaleza como motivo justificado, porque desestimó la demanda por falta de legitimación activa.

5. ¿Merece la pena pactar una break-fee?

Sí, en transacciones con altos costes de preparación, pero debería ser recíproca y con una estructura definida jurídicamente. Existen dos tipos: la cláusula penal conforme al § 2048 OZ por incumplimiento de una obligación vinculante concreta, por ejemplo la exclusividad, o la indemnización de desistimiento conforme al § 1992 OZ, que permite a una parte extinguir la obligación mediante su pago. La cláusula penal no surge por el mero hecho de poner fin a la negociación de la parte comercial no vinculante, y además no tiene derecho a extinguir la obligación mediante la indemnización de desistimiento la parte que ya haya cumplido o haya aceptado el cumplimiento.

6. ¿Cuánto dura la confidencialidad sobre los datos de la due diligence?

Según el plazo pactado. Además, existe la protección legal del secreto comercial y la obligación conforme al § 1730 OZ de no hacer un uso indebido de la información confidencial obtenida durante la negociación; esta última no depende del acuerdo.

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Sobre el autor

JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.
JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

Abogado, socio director

Jakub Dohnal es abogado y socio director de ARROWS. Se dedica a la venta de empresas, la entrada de inversores en el capital y a las transacciones inmobiliarias —generalmente del lado del propietario que vende una empresa cuyo valor ha construido durante años y necesita que la transacción se complete en las condiciones acordadas.

Aviso:

La información contenida en este artículo tiene un carácter meramente informativo general y sirve para una orientación básica sobre la materia según el estado del Derecho en 2026. Aunque cuidamos al máximo la exactitud del contenido, la normativa legal y su interpretación evolucionan con el tiempo. Somos el bufete de abogados ARROWS, entidad inscrita en el Colegio de Abogados Checo (nuestro órgano de supervisión), y para la máxima seguridad de nuestros clientes estamos asegurados por responsabilidad profesional con un límite de 350 000 000 CZK (aprox. 14,4 millones EUR). Para comprobar la redacción actual de la normativa y su aplicación a su situación concreta es imprescindible contactar directamente con el bufete de abogados ARROWS (consultas@arws.cz). No asumimos responsabilidad por los eventuales daños derivados del uso independiente de la información de este artículo sin una consulta jurídica individual previa.