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Facturación entre el socio y su propia sociedad

Riesgos jurídicos y fiscales que pueden poner en peligro la empresa

Según el Derecho checo, si un socio factura a su propia sociedad por actividades comprendidas en el objeto social de esta, la oficina tributaria suele recalificarlo como trabajo dependiente. En ese caso liquida el impuesto y las cotizaciones como si se tratara de un empleado. Descubra qué alternativas son seguras desde el punto de vista fiscal: salario, dividendo o préstamo sin intereses.

El equipo jurídico de ARROWS analiza los riesgos fiscales de la facturación entre el socio y la sociedad.

¿Por qué es arriesgada la facturación entre el socio y la sociedad?

La mayoría de los empresarios cree que basta con firmar un contrato con su sociedad, emitir una factura y asunto resuelto. En realidad, la situación es mucho más compleja. La jurisprudencia checa, en particular la del Tribunal Supremo Administrativo de la República Checa (Nejvyšší správní soud), sostiene desde hace tiempo que la naturaleza real de la relación prevalece sobre su denominación formal.

Cuando un socio factura a su propia sociedad por actividades comprendidas en el objeto social de esta, la oficina tributaria (finanční úřad) presume automáticamente que se trata de trabajo para la sociedad. Es decir, lo considera rendimiento del trabajo dependiente en el sentido del § 6 de la Ley del Impuesto sobre la Renta checa (Ley n.º 586/1992 Sb., en adelante «LIR»). Y aquí es donde se abre un abismo de riesgos. Si la administración tributaria califica así la factura, el socio no puede aplicar los gastos deducibles a tanto alzado, debe pagar debidamente las cotizaciones y pierde todas las ventajas que tendría como trabajador autónomo (OSVČ).

El tribunal no exige que el socio siga instrucciones. Sería absurdo, porque de facto el socio se da instrucciones a sí mismo. Lo que importa es si la actividad que realiza coincide con lo que hace su sociedad y si presenta los rasgos del trabajo dependiente. Entre ellos están realizar el trabajo en nombre del empleador, según sus instrucciones y en el horario que este fija. En otros casos también cuenta que se realice en el centro de trabajo del empleador, a su costa y bajo su responsabilidad.

¿Cómo valora la cuestión el Tribunal Supremo Administrativo?

Los abogados del despacho ARROWS se ocupan de estos litigios con regularidad y conocen la complejidad de la jurisprudencia. Según la doctrina consolidada del Tribunal Supremo Administrativo, existen indicadores clave de que se trata de trabajo dependiente y no de una actividad empresarial independiente:

1.er indicador: Un alto grado de afinidad entre las actividades. Si la actividad que el socio realiza para la sociedad coincide casi por completo con lo que hace la propia sociedad, la oficina tributaria se mostrará muy escéptica. En la práctica, estas situaciones suelen acabar en controversias con la administración tributaria. En ellas es clave definir a tiempo la estrategia procesal y las propuestas de prueba en el marco de los litigios mercantiles y judiciales. Un ejemplo es el propietario de una constructora que factura a su sociedad trabajos de construcción. En este caso es prácticamente imposible sostener que se trata de una actividad empresarial independiente.

2.º indicador: La vinculación económica. Si el socio obtiene la mayor parte de sus ingresos de una sola empresa, normalmente su propia sociedad, es una señal clara de problemas. Si además se plantea configurar la relación como laboral (por ejemplo, en el caso de administradores o personas clave), pueden serle útiles los aspectos prácticos que resumimos en el artículo Acuerdos de ejecución de trabajo en 2026: cómo fijar correctamente los límites y evitar cotizaciones fiscales y sanciones inesperadas tras las reformas del Código del Trabajo checo (Ley n.º 262/2006 Sb., en adelante «CTrab»). El tribunal se pregunta: ¿cómo puede tratarse de una actividad empresarial realmente independiente si los ingresos dependen por completo de una sola empresa?

3.er indicador: La coincidencia o similitud del objeto social y de las licencias comerciales. Si el socio, como trabajador autónomo, tiene la misma licencia que su sociedad o una muy similar, la oficina tributaria probablemente lo examinará con especial atención. En estos casos es muy fácil que se trate de una forma encubierta de trabajo dependiente disfrazada de actividad empresarial independiente.

Es importante que estos indicadores se valoran en conjunto. No se trata de que uno de ellos excluya por completo todas las demás posibilidades. Lo que cuenta es el panorama general que examinan la oficina tributaria y, en caso de litigio, también el tribunal.

¿Quién soporta la carga de la prueba y qué riesgo supone?

El sistema jurídico y fiscal impone aquí una carga considerable al empresario y a la sociedad. Si surge un litigio entre la sociedad y la administración tributaria sobre la facturación del socio, es precisamente el empresario quien debe probar que se trata de una actividad empresarial realmente independiente. En estos casos también es fundamental abordar bien las consecuencias fiscales y la comunicación con la administración tributaria, lo que normalmente corresponde al ámbito del Derecho tributario.

No basta con firmar un contrato ni con denominar formalmente el documento «encargo» o «servicio». Al contrario, el tribunal exige pruebas concretas de que:

  • el socio actuó realmente con independencia de la sociedad,
  • tenía iniciativa propia y autonomía de decisión,
  • el precio y las condiciones se correspondían con las habituales entre partes independientes (el llamado «arm's length principle»),
  • la actividad no contradecía el funcionamiento de la sociedad,
  • el servicio se prestó realmente conforme al contrato.

Si el empresario no logra probarlo, y en muchos casos realmente no es posible, la oficina tributaria y, en su caso, el tribunal concluirán que se trata de trabajo dependiente. Y entonces empiezan los problemas.

¿Cuáles son las consecuencias fiscales y jurídicas concretas?

Cuando la administración tributaria califica las facturas entre el socio y la sociedad como rendimiento del trabajo dependiente, no es una mera formalidad. Las consecuencias económicas son muy concretas y muy dolorosas.

Liquidación adicional del impuesto sobre la renta

El socio debe pagar el impuesto sobre la renta de las personas físicas. El tipo general es del 15 %. A los ingresos más altos se les aplica el 23 %: los que superan 48 veces el salario medio, que en 2026 rondará los 2,5 millones de CZK anuales (aprox. 102 900 EUR).

Lo peor es que el impuesto y las cotizaciones se calculan sobre un importe fijado como salario bruto. Para ello, el importe facturado se convierte en el llamado salario «superbruto». Si en la factura indicó el precio sin IVA y es sujeto pasivo del IVA, la situación se complica todavía más, porque la sociedad pierde el derecho a deducir el IVA de esa factura. Si el error se descubre con posterioridad, puede ser oportuno seguir el procedimiento descrito en el artículo Declaración tributaria complementaria: cómo actuar al detectar un error contable y eliminar el riesgo de sanciones elevadas.

Cotizaciones a la seguridad social y al seguro de salud

Este suele ser el mayor golpe para las arcas. Si la actividad se recalifica como dependiente, tanto la sociedad como el socio deben pagar las cotizaciones a la seguridad social y al seguro de salud como si se tratara de un empleado.

Los costes totales para la sociedad (incluidas las cotizaciones del empleador y del empleado) rondan el 44 % del salario bruto. Para 2026 se prevé un 33,8 % a cargo del empleador (24,8 % de seguridad social y 9 % de seguro de salud) y un 11 % a cargo del empleado (6,5 % de seguridad social y 4,5 % de seguro de salud). Si volvemos al ejemplo de 300 000 CZK facturadas (aprox. 12 300 EUR), tras la conversión a salario bruto y la liquidación de las cotizaciones, estas cantidades pueden alcanzar cientos de miles de coronas.

Recargos e intereses de demora

Cuando la oficina tributaria liquida el impuesto y las cotizaciones, se añaden automáticamente recargos e intereses de demora. El recargo suele ser del 20 % del impuesto liquidado si aumenta la deuda tributaria, o del 1 % de la deducción liquidada.

Los intereses de demora se calculan diariamente sobre el importe adeudado. Su tipo es el tipo repo del Banco Nacional Checo (ČNB) incrementado en 14 puntos porcentuales. Este tipo es variable y puede alcanzar valores elevados. Si el asunto tarda en resolverse, el importe total puede duplicarse o multiplicarse muy rápidamente.

Pérdida de los gastos a tanto alzado

Si el socio figuraba como trabajador autónomo y aplicaba gastos a tanto alzado (porcentajes estándar de los ingresos deducibles sin justificar los gastos reales), pierde esta ventaja, porque el ingreso se recalifica como rendimiento del trabajo dependiente. En su lugar, debe acreditar cada gasto con un justificante, algo prácticamente imposible en el trabajo dependiente.

Preguntas frecuentes sobre las consecuencias de la facturación

1. ¿Puede la oficina tributaria revisar las facturas con carácter retroactivo hasta 3 años?

Sí, es lo habitual. La oficina tributaria puede efectuar una inspección tributaria y revisar las facturas hasta tres años desde el final del período impositivo en que nació la obligación tributaria. Es el llamado plazo de caducidad para liquidar el impuesto del § 148 del Código Tributario checo (Ley n.º 280/2009 Sb., en adelante «CT»). En algunos casos el plazo puede llegar a 10 años, sobre todo si hay una pérdida fiscal o si se ha iniciado un proceso penal por un delito fiscal. Por tanto, si emite facturas desde hace tiempo y no está seguro de que sean correctas, el riesgo se acumula cada año.

2. ¿Y si la sociedad no pagó las facturas?

Paradójicamente, que la factura no se pague es incluso un problema. Si la sociedad no pagó la factura, la oficina tributaria puede sospechar que era ficticia. Esa factura parece entonces una construcción sobre el papel sin contenido real. También puede ocurrir que las facturas no guarden relación alguna con la sociedad. En ese caso surge el riesgo de un ingreso oculto del socio si retiró el dinero sin título jurídico.

3. ¿Cuándo me enteraré de que tengo un problema?

Lo más habitual es enterarse cuando la oficina tributaria inicia una inspección. Normalmente empieza con un requerimiento para presentar documentación: contratos, extractos bancarios, comunicaciones con la sociedad, etc. Si los documentos revelan riesgos, puede haber una liquidación adicional. No es raro que el empresario se entere del problema solo al recibir la liquidación tributaria.
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¿Cuándo hay excepciones? ¿Qué admite exactamente el tribunal?

El Tribunal Supremo Administrativo admite que hay situaciones en las que la actividad del socio para su propia sociedad no tiene por qué considerarse trabajo dependiente. Pero, y es un gran PERO, estas excepciones son extremadamente raras.

Se trata sobre todo de actividades tan específicas y tan ajenas al objeto social habitual que no pueden considerarse trabajo para la empresa. Suelen incluirse aquí:

  • Actividad autoral: Si el socio es un autor que crea contenidos (por ejemplo, un libro, un guion o música) y la sociedad no es una agencia de medios o creativa, esta actividad puede reconocerse. Aun así, si la sociedad explota comercialmente los resultados, los problemas vuelven. Ocurre así salvo que se distinga con claridad qué es objeto social de la sociedad y qué es actividad autoral puntual del socio.
  • Actividad artística: El mismo principio que en la autoría. Si el socio es músico y factura una actuación musical en un evento de la empresa, el tribunal puede considerarlo actividad empresarial independiente. Pero si la sociedad es una agencia musical, la situación cambia radicalmente.
  • Actividad deportiva: Si un deportista participa en el marketing de la empresa con su nombre e imagen, puede reconocerse como actividad empresarial independiente. De nuevo, la condición es que la sociedad no sea una agencia deportiva ni se trate de marketing ordinario incluido en su objeto social.

Sin embargo, los abogados del despacho ARROWS constatan en la práctica que los tribunales reconocen estas excepciones solo en casos realmente excepcionales. El legislador y los jueces tienen un gran interés en que los socios no eludan la obligación de pagar cotizaciones e impuesto sobre la renta por el trabajo dependiente. Por tanto, si quiere ir sobre seguro, no cuente con encajar en una de estas excepciones.

Visión de conjunto: ¿qué abarca el «contenido práctico de la actividad»?

Los abogados del despacho ARROWS le dirán que el tribunal nunca valora la situación solo por el nombre del contrato o por un papel formal. El tribunal examina el contenido real de la relación y se pregunta:

  • ¿Cuánto tiempo y esfuerzo dedica realmente el socio a la actividad?
  • ¿Existen entre el socio y la sociedad comunicaciones, pedidos y especificaciones de trabajo adecuados?
  • ¿Puede el socio rechazar algún trabajo que le encargue la sociedad?
  • ¿Qué medios e informática de la empresa intervienen en el trabajo? (Si el socio utiliza el software, la oficina o el hardware de la empresa, es una señal clara de dependencia).
  • ¿Cuánto dura la relación y qué continuidad tiene?
  • ¿Se trata de verdad de actividades ocasionales y extraordinarias, o de un trabajo sistemático y de larga duración?

Son precisamente estos factores los que deciden. Un socio que fabrica algo de vez en cuando en casa con su propio equipo y se lo vende a la empresa está en una situación distinta. Otra cosa es el socio que se sienta cada día en la oficina ante el ordenador de la empresa, recibe tareas por correo electrónico de la dirección y lo factura todo como actividad empresarial independiente.

Preguntas frecuentes sobre el contenido real de la actividad y la práctica

1. ¿Cómo protegerme si ya emito facturas?

Lo más seguro es dejar de hacerlo de inmediato y cambiar el sistema. Llame a los abogados del despacho ARROWS y determinen juntos qué opción es la más segura para su situación. Si teme una inspección posterior, es incluso urgente. Cuanto antes se ocupe del asunto, mejor.

2. ¿El riesgo es el mismo si la factura es muy baja?

No, el importe influye. Pero cuidado: no es una regla fija. La oficina tributaria también puede interesarse por facturas bajas si son sistemáticas. Peor aún es emitir una gran cantidad de facturas pequeñas a lo largo del tiempo.

3. ¿Me ayuda que ambas partes pacten en el contrato que no se trata de trabajo dependiente?

El contrato ayuda, pero no bastará por sí solo. El tribunal se fijará precisamente en la realidad de los hechos. Si la realidad contradice el contrato, este solo probará que ambas partes intentaron encubrir la situación. Más bien empeorará las cosas: la oficina tributaria puede incluso considerarlo un intento de fraude doloso.
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¿Qué alternativas legales y fiscalmente seguras existen?

Ahora que sabe que la facturación es arriesgada, es lógico que se pregunte cómo retirar dinero de la sociedad sin exponerse a estos riesgos. La buena noticia es que existen varias vías legales y fiscalmente seguras.

Opción 1: contrato de trabajo

Si el socio es también administrador o directivo, la solución más sencilla es un contrato de trabajo formal conforme al CTrab. Con él, el socio percibe un salario y la sociedad paga las cotizaciones como por cualquier empleado. Para 2026 se prevé un 33,8 % de seguridad social y seguro de salud a cargo del empleador y un 11 % a cargo del empleado.

Ventajas: los ingresos se clasifican claramente como rendimientos del trabajo dependiente, sin ninguna incertidumbre. Inconvenientes: el salario tributa más y conlleva todas las obligaciones del empleador: registro de jornada, sistema de nóminas, datos personales en la seguridad social, etc. Si busca más flexibilidad, no es la opción ideal.

Opción 2: acuerdo de ejecución de trabajo (dohoda o provedení práce, DPP)

El acuerdo de ejecución de trabajo es una alternativa interesante cuando la actividad no es un trabajo habitual, sino una tarea puntual o extraordinaria. El volumen de trabajo no puede superar las 300 horas anuales con un mismo empleador. La remuneración tributa por el impuesto sobre la renta.

No se pagan cotizaciones a la seguridad social ni al seguro de salud por el DPP si los ingresos mensuales con un mismo empleador no superan el límite legal (para 2026 supongamos 10 000 CZK, aprox. 410 EUR). Sin embargo, desde 2024 rigen nuevas normas que tienen en cuenta la concurrencia de varios DPP con distintos empleadores. Esto puede obligar a cotizar incluso por importes menores si los ingresos totales son más altos.

Limitación: el volumen de trabajo está limitado. Si el socio trabaja de forma regular y prolongada, esta opción no es adecuada.

Opción 3: acuerdo de actividad laboral (dohoda o pracovní činnosti, DPČ)

Es similar al DPP, pero con una diferencia fundamental: en el acuerdo de actividad laboral la obligación de cotizar se aplica con más frecuencia. Se cotiza a la seguridad social y al seguro de salud si los ingresos mensuales superan el umbral legal. Para 2026 supongamos 4 000 CZK (aprox. 160 EUR), umbral que suele aumentar ligeramente cada año. El DPČ puede pactarse como máximo por la mitad de la jornada semanal establecida.

Opción 4: contrato de ejercicio del cargo

Si el socio es miembro de un órgano de administración, puede percibir una remuneración por el ejercicio del cargo en virtud de un contrato escrito de ejercicio del cargo. Es el caso, por ejemplo, del administrador de una s.r.o. (sociedad de responsabilidad limitada checa) o del miembro del consejo de administración de una a.s. (sociedad anónima checa). Lo mismo vale para los miembros de otros órganos. Esta remuneración tributa como rendimiento del trabajo dependiente y está sujeta a cotizaciones a la seguridad social y al seguro de salud. Frente a un contrato de trabajo ordinario, ofrece cierta flexibilidad para fijar las condiciones del ejercicio del cargo.

Opción 5: participación en beneficios (dividendo)

Es el método más utilizado: el socio no recibe una remuneración por su trabajo, sino una participación en los beneficios de la sociedad. El beneficio tributa primero en la sociedad (en 2026 el impuesto sobre la renta de las personas jurídicas es del 21 %). Después se paga al socio en forma de dividendo, que vuelve a tributar mediante una retención del impuesto sobre la renta de las personas físicas del 15 %.

Por tanto, tributa dos veces, y por eso esta vía solo se elige cuando los beneficios son elevados y compensa. Ventaja: es la solución más limpia, sin ningún intento de eludir la ley.

Opción 6: préstamo sin intereses (¡solo con especial cautela!)

El socio puede obtener de la sociedad un préstamo sin intereses. Es legal y seguro: la sociedad no tiene que pagar nada y el socio no tiene que tributar por nada.

Pero debe tratarse realmente de un préstamo que el socio está obligado a devolver, y esta obligación debe pactarse y cumplirse debidamente. Puede parecer un salario o una remuneración encubiertos, por ejemplo si el préstamo no se amortiza o se prorroga una y otra vez. En ese caso, la oficina tributaria puede recalificarlo como rendimiento del trabajo dependiente, con consecuencias comparables a las de la facturación.

Preguntas frecuentes sobre las alternativas seguras

1. ¿Qué opción es la más utilizada?

En las empresas más grandes se combinan: salario o remuneración por el ejercicio del cargo para el trabajo ordinario y, a final de año, el beneficio en forma de dividendos. En las empresas más pequeñas se utiliza a menudo el préstamo sin intereses, complementado con repartos ocasionales de beneficios.

2. ¿Puedo cambiar de opción a lo largo del año?

Sí, puede. Pero es mejor planificarlo desde principios de año. Si alterna opciones durante el año, más adelante pueden surgir preguntas. Los abogados del despacho ARROWS preferirán ayudarle a preparar un sistema para todo el año.

3. ¿Qué opción elegir si no estoy seguro?

La respuesta es: diríjase a los abogados del despacho ARROWS. Cada situación es individual y depende del tamaño de la empresa, la edad del socio, el tipo de actividad y muchos otros factores. Merece la pena configurarlo bien de una vez; se ahorrará disgustos y decenas de miles de coronas.
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Precios de transferencia y «arm's length principle»: cuando hay que garantizar realmente un precio de mercado

Puede decidir, dentro de una de las opciones legales, que el socio facture efectivamente, por ejemplo en virtud de un contrato de obra o similar. Suele ocurrir cuando no hay trabajo dependiente, sino una operación comercial realmente independiente. En ese caso rige otra regla importante: el precio debe corresponder a las condiciones de mercado. Es el llamado «arm's length principle» o principio de plena competencia, recogido en el § 23, apartado 7, de la LIR.

¿Qué significa en la práctica? Si el socio factura a su sociedad un servicio que en el mercado costaría 500 CZK por hora (aprox. 20 EUR), no puede facturar 5 000 CZK por hora (aprox. 210 EUR) solo porque así lo han acordado. La oficina tributaria cuestionará de inmediato esa factura y liquidará el impuesto, porque considera renta imponible la diferencia entre el precio pactado y el precio habitual (de mercado).

Los tribunales que se ocupan de este principio deciden comparando con los precios de mercado. ¿Qué pagaría una persona independiente a una persona no vinculada por un servicio similar? Si su precio difiere sustancialmente, tendrá que justificarlo.

Los abogados del despacho ARROWS se ocupan intensamente de los precios de transferencia, sobre todo en casos con elemento transfronterizo. Si se mueve en terreno desconocido, merece la pena que verifiquen sus precios abogados que entiendan tanto de economía como de Derecho.

Riesgos financieros y sanciones: todo lo que puede salir mal

Una vez que la oficina tributaria está convencida de que ha incumplido sus obligaciones, no se trata solo de una liquidación adicional. Las consecuencias financieras y jurídicas son múltiples y se acumulan.

Importe de multas y sanciones en 2026

Este año (2026), las sanciones por incumplir obligaciones tributarias se rigen por las estrictas normas del CT. En concreto:

  • Recargo: 20 % del impuesto liquidado cuando aumenta la deuda tributaria. Supongamos que retira 300 000 CZK con una factura no acreditada. Se le liquidan cotizaciones e impuesto por, digamos, 150 000 CZK (aprox. 6 200 EUR) en total, a lo que se suman 30 000 CZK (aprox. 1 200 EUR) de recargo.
  • Intereses de demora: se calculan diariamente desde el día en que debía pagarse el impuesto o la cotización. El tipo es el tipo repo de la ČNB incrementado en 14 puntos porcentuales. Este tipo es variable y puede hacer crecer rápidamente la deuda.
  • Multas por incumplimiento de obligaciones o por obstrucción de la gestión tributaria: Puede que no haya llevado a sabiendas la documentación adecuada o que haya intentado encubrir la situación. En ese caso pueden llegar también multas por incumplir obligaciones no pecuniarias o por obstruir la gestión tributaria. Estas multas pueden alcanzar 500 000 CZK (aprox. 20 600 EUR) o incluso más en casos graves.

Responsabilidad penal

Existe también el riesgo de responsabilidad penal. Si la oficina tributaria cree que ha defraudado impuestos dolosamente (por ejemplo, facturando trabajos que nunca realizó), puede presentar una denuncia penal.

Si se trata de importes menores o de un error puramente administrativo, normalmente no se inicia un proceso penal; en cambio, sí se inicia en los fraudes sistemáticos y deliberados. Se comete el delito de defraudación de impuestos, tasas y pagos obligatorios similares del § 240 del Código Penal checo (Ley n.º 40/2009 Sb., en adelante «CP») cuando el perjuicio causado al Estado alcanza:

  • Perjuicio menor: 50 000 CZK (aprox. 2 100 EUR) o más.
  • Perjuicio mayor: 500 000 CZK o más.
  • Perjuicio considerable: 5 000 000 CZK (aprox. 205 800 EUR) o más.

El proceso penal solo se inicia cuando el perjuicio alcanza al menos 50 000 CZK.

Posibles problemas

Cómo ayuda ARROWS (consultas@arws.cz)

Facturación por actividades relacionadas con el objeto social: recalificación automática del ingreso como trabajo dependiente sin necesidad de prueba

Analizamos la naturaleza real de su relación. Preparamos la documentación y los argumentos para defenderse en la inspección, o configuramos una alternativa legal.

Liquidación adicional del impuesto y de las cotizaciones: obligaciones adicionales del orden de decenas o cientos de miles de coronas

Le representamos ante la oficina tributaria, interponemos recursos y le defendemos frente a liquidaciones incorrectas.

Recargos e intereses de demora: acumulación de sanciones que con el tiempo aumenta considerablemente el importe inicial

Negociamos con la Administración Tributaria (Finanční správa) la condonación o reducción de las sanciones. Valoramos si es posible respaldar una solicitud de aplazamiento o de pago fraccionado.

Proceso penal: si se detecta un fraude sistemático, existe riesgo de daño reputacional y de un proceso por delito

Le representamos en el proceso penal y negociamos con la fiscalía las condiciones para el archivo del procedimiento.

Imposibilidad de acreditar una actividad legítima: faltan contratos, comunicaciones o documentación sobre el trabajo realmente realizado

Le ayudamos a reconstruir retroactivamente la documentación cuando es posible, o le configuramos un sistema correcto para el futuro.

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Cuándo acudir a un abogado: señales concretas

Si presenta alguno de estos síntomas, debería plantearse seriamente acudir a los abogados del despacho ARROWS:

  • Las facturas entre usted y su sociedad se emiten desde hace más de un año y nunca se ha ocupado del asunto.
  • La oficina tributaria le ha requerido documentación relativa a las facturas o a los ingresos.
  • No está seguro de que sus facturas sean fiscalmente correctas.
  • Planea un reparto importante de beneficios y quiere asegurarse de que es seguro.
  • Su contable o asesor fiscal habitual le asegura que la facturación está en orden, pero usted tiene la sensación de que no es así.

En estos casos no está de más consultar a un abogado. El coste de la consulta es incomparablemente menor que las consecuencias que pueden producirse.

Resumen final

La facturación entre el socio y su propia sociedad es uno de los problemas jurídicos más frecuentes para los empresarios. El problema es que parece un asunto sencillo que se resuelve en minutos, pero tiene enormes consecuencias jurídicas y fiscales.

La jurisprudencia del Tribunal Supremo Administrativo es inequívoca al respecto. Si el socio factura por actividades relacionadas con el objeto social de la empresa, se considerará rendimiento del trabajo dependiente, con independencia de lo que las partes hayan pactado por contrato. Esto significa que habrá que pagar cotizaciones e impuestos, y que hay riesgo de recargos e intereses.

Los abogados del despacho ARROWS ayudan con regularidad a sus clientes con este problema, tanto para asegurar su situación futura como para defenderse en una inspección tributaria. No es complicado, pero exige conocer a fondo el entorno jurídico y fiscal.

Si no está seguro de cómo retirar dinero de su empresa de forma segura, o si cree que su sistema actual no es correcto, diríjase a los abogados del despacho ARROWS. Nos aseguraremos de que más adelante no le sorprenda una inspección tributaria ni una liquidación adicional. Contáctenos en consultas@arws.cz.

FAQ - Preguntas frecuentes sobre la facturación entre el socio y su propia sociedad

1. ¿Puede mi contable o asesor fiscal dar el visto bueno a las facturas?

Su contable o asesor fiscal puede ayudarle a llevar correctamente la contabilidad y a resolver cuestiones fiscales. Pero no puede ofrecerle protección jurídica. En un litigio con la oficina tributaria decidirá un tribunal, que examinará si la facturación era legal, y esa es una cuestión jurídica, no contable. Si quiere estar realmente seguro, consúltelo con abogados. Los abogados del despacho ARROWS pueden emitir un dictamen jurídico que después le servirá de defensa. Contáctenos en consultas@arws.cz.

2. ¿Qué facturas son las más arriesgadas?

Las más arriesgadas son las facturas sistemáticas y prolongadas, es decir, cuando el socio factura con regularidad, mes tras mes. También son muy arriesgadas las facturas por actividades que reproducen exactamente el objeto social de la empresa. En cambio, las facturas puntuales por actividades muy específicas, sin relación con la actividad ordinaria de la empresa y sin rasgos de trabajo dependiente, son menos problemáticas, siempre que pueda acreditarse bien lo que realmente se hizo.

3. ¿Qué pasa si ignoro el problema y espero que la oficina tributaria no lo descubra?

Muy mal plan. La oficina tributaria acabará llegando, ya sea en una inspección ordinaria o cuando tenga motivos para una revisión a fondo. Y entonces las sanciones serán considerables. Además, cuanto más espere, más tiempo correrán los intereses de demora. Es mejor abordar el problema de forma proactiva. Los abogados del despacho ARROWS le ayudarán a resolver la situación con prudencia, sin que parezca que ha ocultado algo. Escríbanos a consultas@arws.cz.

4. ¿Puede mi sociedad deducir el IVA de la factura que le emití aunque después se considere fiscalmente incorrecta?

La administración tributaria o un tribunal pueden decidir más tarde que la factura se emitió por una actividad que en realidad era trabajo dependiente. En ese caso, la operación no se considerará una operación sujeta en el sentido de la Ley del IVA checa (Ley n.º 235/2004 Sb., en adelante «LIVA»). En consecuencia, la sociedad pierde el derecho a deducir el IVA de esa factura y tendrá que devolver la deducción ya aplicada. Es otra capa del problema. La empresa se enfrenta de golpe a una liquidación adicional del impuesto sobre la renta, porque la factura no se aceptará como gasto fiscalmente deducible, y a la vez pierde el derecho a deducir el IVA. La situación se complica mucho. Si sospecha que sus facturas no están en orden, resuélvalo cuanto antes. Contáctenos en consultas@arws.cz.

5. ¿Cómo sé cuál es el precio correcto de la factura que quiero emitir?

El precio correcto es el que pagaría una persona independiente por un servicio similar en el tráfico mercantil ordinario. Esto implica compararlo con el mercado: ¿cuánto cobran los competidores por el mismo servicio? ¿Cuánto costaría si lo comprara a un tercero? Si no está seguro, no debería pactar el precio libremente. Existen métodos para determinar el «arm's length price» conforme al principio de plena competencia, regulado en el § 23, apartado 7, de la LIR. Los abogados del despacho ARROWS pueden ayudarle a validar el precio. Escríbanos a consultas@arws.cz.

6. ¿Hay algún problema si el socio retira dinero de la empresa sin factura, por ejemplo en efectivo?

Si se trata de efectivo sin factura y sin título jurídico alguno (ni salario, ni remuneración, ni préstamo, ni dividendo), existe el riesgo de que se considere una disposición indebida del patrimonio de la empresa. El tribunal y la oficina tributaria podrían interpretarlo como un incumplimiento del deber fiduciario del socio, es decir, del deber de actuar con la diligencia de un ordenado gestor. Si más adelante se investigara, podría valorarse incluso penalmente, por ejemplo como apropiación indebida o como incumplimiento del deber en la administración de bienes ajenos. Además, si lo descubren los demás socios o los acreedores de la empresa, pueden emprender acciones legales para reclamar daños y perjuicios. Por tanto, si el socio retira dinero, debe documentarlo como préstamo, reparto de beneficios, salario o remuneración.

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ARROWS despacho de abogados

Sobre el autor

JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.
JUDr. Jakub Dohnal, Ph.D., LL.M.

Abogado, socio director

Jakub Dohnal es abogado y socio director de ARROWS. Se dedica a la venta de empresas, la entrada de inversores en el capital y a las transacciones inmobiliarias —generalmente del lado del propietario que vende una empresa cuyo valor ha construido durante años y necesita que la transacción se complete en las condiciones acordadas.