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Informe mensual unificado de los empleadores

Qué cambia y cómo evitar las multas de la administración de la seguridad social

El nuevo informe mensual unificado sustituye desde 2026, según el Derecho checo, decenas de formularios por una única presentación electrónica, pero por no presentarlo o por un error se arriesga una multa de hasta 5 000 CZK (aprox. 210 EUR) por cada empleado. Descubra a quién afecta esta obligación y cómo prepararse para evitar sanciones.

La fotografía muestra a un especialista resolviendo cuestiones relativas al informe mensual unificado de los empleadores.

Resumen

El informe mensual unificado de los empleadores (JMHZ) es un nuevo sistema de comunicación electrónica obligatoria que, a partir de 2026, sustituye decenas de resúmenes existentes para la Administración de la Seguridad Social checa (ČSSZ), la administración tributaria, la Oficina de Empleo y otras instituciones por una única presentación mensual.
La obligación del JMHZ afecta a todos los empleadores, con independencia de su tamaño, incluidos los que abonan aunque sea una única retribución por trabajo dependiente (por ejemplo, a miembros de la junta de una comunidad de propietarios, a administradores o a trabajadores ocasionales mediante DPP/DPČ), incluso en los meses en que de hecho no abonan ningún salario.
El nuevo régimen trae consigo un registro más estricto de los empleados y sus relaciones laborales, la obligación de registrar a los empleados (en particular extranjeros) antes de su incorporación al trabajo, y la presentación electrónica exclusivamente en una estructura definida; los defectos técnicos o formales pueden hacer que el informe se considere como no presentado.
Por no presentar el JMH o por incumplir las obligaciones de registro se arriesgan multas de hasta 5 000 CZK por cada empleado y de hasta 100 000 CZK por incumplimiento de las obligaciones de registro, sanciones que en conjunto pueden resultar muy gravosas para la empresa.
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Qué es el informe mensual unificado de los empleadores y por qué lo introduce el Estado

El informe mensual unificado de los empleadores es un marco jurídico e informático que permite al empleador cumplir frente a varios organismos de la administración pública (la Administración de la Seguridad Social checa —ČSSZ—, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, la administración tributaria, la Oficina de Empleo, la Oficina Checa de Estadística, entre otros) la mayoría de las obligaciones de comunicación existentes mediante una única presentación electrónica.

La norma básica es la Ley n.º 323/2025 Sb. checa, sobre el informe mensual unificado del empleador (en adelante «JMHZ»), en vigor desde el 1 de enero de 2026, que sustituye progresivamente al sistema actual de numerosos formularios parciales. Dado que el JMHZ afecta a la configuración de las relaciones laborales, los contratos y los procesos internos de RR. HH., suele ser recomendable tratar las cuestiones relacionadas dentro del ámbito del Derecho laboral.

El objetivo es unificar los datos, reducir las duplicidades y permitir un intercambio y procesamiento más eficiente dentro de la administración pública, y no solo «trasladar» los impresos en papel al formato electrónico. Para los empleadores que utilizan formas flexibles de colaboración, es útil comparar el impacto en la comunicación y en las cotizaciones en el resumen DPP o contrato de trabajo: cómo elegir el tipo de colaboración adecuado.

En la práctica, esto significa que los datos que el empleador comunicaba hasta ahora por separado, por ejemplo en el resumen mensual del importe de las cotizaciones a la seguridad social, en las fichas de registro del seguro de pensiones, en las liquidaciones anuales del impuesto sobre el trabajo dependiente o en algunos informes para la Oficina de Empleo y la Oficina Checa de Estadística, quedarán en gran medida incluidos en un único registro de datos: el informe mensual unificado (JMH).

El JMH es solo uno de los procesos de todo el sistema JMHZ; este incluye además el registro electrónico de empleadores y empleados, incluidas sus relaciones laborales y otras relaciones de Derecho del trabajo.

El Estado argumenta que gracias al JMHZ se reducirá a largo plazo la carga administrativa para los empleadores, porque desaparecerá la necesidad de enviar en paralelo hasta 25 formularios distintos a diferentes organismos, con plazos diferentes y datos que a menudo se solapan. Sin embargo, desde una perspectiva a corto plazo la realidad es más compleja: las empresas deben reestructurar de forma sustancial sus procesos de nóminas y RR. HH., implementar actualizaciones del software de nóminas, completar numerosos datos nuevos sobre los empleados y garantizar el funcionamiento sin errores del nuevo sistema de comunicación electrónica. Precisamente por ello, la implantación del JMHZ va acompañada de un período transitorio y de un llamado régimen híbrido, en el que algunas obligaciones se van «trasladando» progresivamente de los trámites originales al nuevo sistema.

Es importante entender que el JMHZ no es solo un «proyecto técnico de la seguridad social», sino que tiene consecuencias fiscales, laborales y estadísticas fundamentales. Las implicaciones fiscales del JMHZ (en particular su relación con la liquidación del impuesto sobre el trabajo dependiente y el riesgo de liquidaciones complementarias) conviene valorarlas también desde la perspectiva del Derecho tributario. Los datos mensuales detallados a nivel individual deben permitir, por ejemplo, que la administración tributaria ofrezca en el futuro declaraciones anuales de la renta y liquidaciones anuales del impuesto precumplimentadas para los empleados.

Pero, desde la perspectiva del empleador, también implica que los posibles errores en los datos salariales y fiscales pueden trasladarse con mayor rapidez a las inspecciones de la administración tributaria y de la ČSSZ y empeorar la posición de la empresa a la hora de defenderse frente a liquidaciones complementarias o multas. Para prepararse ante posibles inspecciones, resulta útil repasar también los pasos prácticos descritos en el artículo Cómo superar una inspección de trabajo sin problemas innecesarios.

Para la práctica es, por tanto, esencial no entender el JMHZ como una tarea puntual de «implantar un nuevo formulario», sino como un cambio integral de infraestructura que exige modificar simultáneamente los procesos internos, los sistemas informáticos, la documentación y, a menudo, también los contratos de trabajo o acuerdos.

Los abogados de ARROWS advokátní kancelář comprueban repetidamente en la práctica que las empresas que subestiman este cambio y lo dejan únicamente «en manos de la gestora de nóminas» se exponen no solo al riesgo de multas de la ČSSZ, sino también a incumplimientos de las normas fiscales y laborales, lo que puede desembocar más adelante en litigios judiciales o en el bloqueo de operaciones durante una due diligence.

Quién está obligado a presentar el JMHZ y a quién debe registrar

Uno de los cambios más relevantes es la amplitud del círculo de sujetos a los que se aplica el JMHZ. La ley del JMHZ establece expresamente que la obligación de presentar el informe mensual unificado recae en todos los empleadores, con independencia de su forma jurídica o tamaño, es decir, sociedades mercantiles, personas físicas empresarias, municipios, asociaciones, fundaciones, escuelas, comunidades de propietarios (SVJ) y otros sujetos, siempre que cumplan la definición de empleador conforme al § 3 de la ley del JMHZ.

En la práctica, esto significa que la obligación recae sobre cualquiera que sea pagador del impuesto sobre la renta de las personas físicas por trabajo dependiente, aunque tenga un único empleado o pague una remuneración una sola vez al año.

Asimismo, se amplía de forma significativa la definición de «empleado». A efectos del JMHZ, se entiende por tal no solo el empleado conforme al Código del Trabajo o a las normas de seguridad social, sino todo contribuyente del impuesto sobre la renta de las personas físicas por trabajo dependiente conforme al § 6 de la ley del impuesto sobre la renta. Esto incluye, por ejemplo, a los administradores (jednatel) con retribución, a los miembros de los órganos estatutarios y de control de las sociedades mercantiles, a los socios que perciben remuneración por trabajo para la sociedad, a las personas que trabajan sobre la base de acuerdos de ejecución de trabajo y acuerdos de actividad laboral (dohody o provedení práce y dohody o pracovní činnosti, incluso sin participación en el seguro), a algunos cargos electos de municipios y regiones, y a otras personas que perciban rentas imponibles por trabajo dependiente.

Desde la perspectiva del JMHZ es, por tanto, decisivo si se trata de una renta por trabajo dependiente, no la forma del contrato ni si el empleado alcanza el ingreso determinante para la participación en el seguro de enfermedad. Por ejemplo, en los acuerdos de actividad laboral (DPČ), el importe determinante para la participación en el seguro de enfermedad en 2026 se fija en 4 500 CZK (aprox. 190 EUR) mensuales; sin embargo, a efectos del JMHZ debe registrar y comunicar también aquellos DPČ que no alcancen ese umbral. De forma similar, en los acuerdos de ejecución de trabajo (DPP), el ingreso determinante para la participación en el seguro en 2026 es de 12 000 CZK (aprox. 490 EUR) mensuales, pero para el JMHZ debe comunicar también los DPP «no asegurados» con un ingreso inferior, siempre que se trate de una renta por trabajo dependiente.

Por el contrario, no se consideran empleados a efectos del JMHZ las personas que perciben rentas de actividad independiente conforme al § 7 de la ley del impuesto sobre la renta, típicamente autónomos que facturan sobre la base de un contrato de obra o de autor, siempre que no se trate de una relación laboral encubierta. Los honorarios de autor o las remuneraciones empresariales, por tanto, no se comunican en el JMHZ, aunque puedan repercutir en otros trámites fiscales o estadísticos.

Un grupo específico lo forman las personas que perciben rentas exentas por trabajo dependiente, por ejemplo, determinadas prestaciones en especie o beneficios exentos del impuesto sobre la renta, pero que tienen el carácter de renta por trabajo dependiente. La ley del JMHZ establece expresamente que también estas personas se consideran empleados y deben figurar en el registro de empleados, porque lo decisivo es la naturaleza de la renta como renta por trabajo dependiente, no su tributación. Para 2026, sin embargo, la administración tributaria ha admitido cierta simplificación temporal; por ejemplo, no exigirá la comunicación de algunas rentas exentas de personas que en el mes en cuestión ya no son empleados y no perciben ninguna otra renta por trabajo dependiente, lo cual es relevante, por ejemplo, para antiguos empleados con manutención subvencionada.

En la práctica, esto significa que muchos sujetos que hasta ahora no solían actuar como «empleadores» frente a la ČSSZ pasan a estar sometidos al régimen del JMHZ. Un ejemplo típico son las comunidades de propietarios (SVJ) que pagan retribuciones a los miembros de la junta, las pequeñas empresas familiares con un único administrador que percibe retribución, o los autónomos que emplean a trabajadores ocasionales mediante acuerdos. Si está registrado ante la administración tributaria como pagador del impuesto sobre el trabajo dependiente, en principio se le considerará empleador también a efectos del JMHZ y le surgirá la obligación de registro y de presentación mensual posterior.

Desde la perspectiva de la gestión de riesgos, el primer paso es, por tanto, realizar un análisis minucioso de todas las relaciones en las que pueda surgir una renta por trabajo dependiente. Los abogados de ARROWS advokátní kancelář detectan a menudo en la práctica «empleados ocultos», típicamente miembros de órganos o personas que trabajan para un grupo de sociedades sobre la base de distintos contratos, que hasta ahora habían sido ignorados desde la perspectiva de la seguridad social. En el contexto del JMHZ, estas «zonas ciegas» pueden dar lugar no solo a liquidaciones complementarias de cotizaciones, sino también, en la nueva normativa, a multas por omisión de registro y por no presentar el JMH de personas concretas.

Preguntas relacionadas con la obligación de presentar el JMHZ

1. Tenemos una empresa pequeña con un único administrador que percibe retribución. ¿Debemos registrarnos como empleador por el JMHZ?

Sí, si la retribución del administrador se grava como renta por trabajo dependiente conforme al § 6 de la ley del impuesto sobre la renta, es usted pagador del impuesto sobre el trabajo dependiente y a efectos del JMHZ se le considera empleador con todas las obligaciones correspondientes. En ese caso conviene configurar correctamente el registro y los procesos con ayuda de los abogados de ARROWS advokátní kancelář, para evitar sanciones por registro tardío o por no presentar el informe.

2. Contratamos de vez en cuando trabajadores ocasionales mediante DPP por debajo del umbral del seguro social. ¿Debemos comunicarlos en el JMHZ a partir de 2026?

Sí, para el JMHZ no es determinante la participación en el seguro de enfermedad, sino si se trata de una renta por trabajo dependiente; todos los DPP y DPČ, incluidos los «no asegurados», deben registrarse y comunicarse cada mes en que la relación esté vigente, aunque no se abone ninguna retribución. Los abogados de ARROWS advokátní kancelář le ayudarán a plasmar la correcta configuración del registro de estas relaciones de corta duración en las políticas internas y en el software de nóminas.

3. Somos un holding puramente de inversión sin empleados, pero tenemos miembros de órganos que perciben retribuciones en las filiales. ¿Nos afecta el JMHZ?

Lo decisivo es si el sujeto en cuestión abona rentas por trabajo dependiente; si el propio holding no abona ninguna renta de ese tipo, la obligación del JMHZ normalmente no le afecta a él, pero puede afectar a cada una de las filiales. En estructuras de holding complejas conviene realizar un análisis jurídico-fiscal con el equipo de ARROWS advokátní kancelář, para tener claro qué entidades tienen la obligación de registro y comunicación, y evitar así el riesgo de sanciones dentro del grupo.
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Cronología de los cambios y periodo transitorio en 2026

La Ley checa sobre el Informe Mensual Unificado del Empleador entra en vigor el 1 de enero de 2026, si bien la presentación periódica propiamente dicha de los informes mensuales no comienza hasta abril de 2026. El primer informe mensual unificado ordinario se presenta correspondiente al mes de abril, dentro del plazo comprendido entre el 1 y el 20 de mayo de 2026, y la presentación antes del primer día del mes siguiente carece de eficacia jurídica.

Al mismo tiempo, sin embargo, rige que por los meses de enero, febrero y marzo de 2026 los empleadores deben presentar el JMH con carácter retroactivo en el periodo comprendido entre el 1 de abril y el 30 de junio de 2026, y ello por separado para cada mes. Desde un punto de vista práctico, el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2026 se considera transitorio. Durante ese tiempo los empleadores todavía no presentan el JMH, pero ya deben llevar los registros necesarios en el alcance exigido por la nueva ley, para poder elaborar posteriormente los informes mensuales unificados correspondientes a esos tres meses.

Esto implica, en particular, llevar con esmero los datos de todos los trabajadores, incluidos aquellos que hasta ahora no figuraban en el registro de la Administración Checa de la Seguridad Social (ČSSZ) (por ejemplo, contratos no sujetos a seguro o administradores con una remuneración reducida), así como los datos de sus relaciones laborales, ingresos, bases de cotización y demás parámetros que más adelante serán objeto del informe electrónico.

Al mismo tiempo cambia también la estructura de las obligaciones en materia de cotizaciones: a partir de 2026 los empleadores ya no presentan el clásico «Resumen del importe de las cotizaciones» a la seguridad social, porque los datos sobre las cotizaciones pasan a formar parte del informe mensual unificado. No obstante, las cotizaciones siguen siendo exigibles en el mismo plazo que hasta ahora, es decir, hasta el día 20 del mes natural siguiente a aquel por el que se pagan las cotizaciones. En la práctica esto significa que en el primer trimestre de 2026 las cotizaciones se pagan pero no se presentan resúmenes, mientras que a partir de abril de 2026 las cotizaciones se pagan y, al mismo tiempo, sus datos se declaran en el JMH.

Una parte muy importante del periodo transitorio es también el llamado registro complementario de los datos de empleadores y trabajadores. Todos los empleadores que ya figuran en el registro de empleadores de la ČSSZ son «traspasados» al registro conforme a la ley del JMHZ, pero tienen la obligación de completar, entre el 1 y el 30 de abril de 2026, los datos que falten mediante la presentación «Registro del empleador – Presentación complementaria» (REGZEL _DOPL). Se trata, sobre todo, de datos que la ČSSZ no registraba hasta ahora, pero que son necesarios para el JMHZ, por ejemplo determinada información identificativa y fiscal para la administración tributaria.

Un registro complementario similar afecta también a los trabajadores. El empleador debe declarar adicionalmente, hasta finales de abril de 2026, mediante la presentación «Registro del trabajador» (REGZEC – acción Modificación), los datos de todos los trabajadores que todavía no figuren en el registro de la ČSSZ o a los que les falte alguno de los nuevos datos exigidos (por ejemplo, la residencia fiscal). De la información disponible de la ČSSZ se desprende que, por ejemplo, el dato sobre la residencia fiscal falta en aproximadamente una quinta parte de los trabajadores registrados, y su ausencia puede dar lugar al rechazo del JMH por considerarse incompleto.

Se trata de un ejemplo típico de un detalle técnico que puede suponer para el empresario un riesgo muy concreto: un JMH presentado dentro de plazo puede quedar sin eficacia debido a un defecto formal, de modo que el empleador incurre en demora y se expone a una sanción.

Un papel nada desdeñable lo desempeña también el calendario de endurecimiento de las obligaciones de registro a lo largo de 2026. A partir del 1 de abril de 2026, el registro de nuevos trabajadores, especialmente extranjeros, pasa por completo al sistema del JMHZ, y en el caso de los extranjeros los empleadores tienen la obligación de efectuar el registro mediante REGZEC en su totalidad, a más tardar el día anterior a la incorporación al trabajo. A partir del 1 de julio de 2026, un régimen similar, con la posibilidad de un preregistro simplificado, se extiende también a los trabajadores checos, lo que en la práctica pone fin a la «comodidad» del plazo de ocho días para dar de alta al trabajador tras su incorporación.

Desde el punto de vista de la dirección de las empresas resulta, por tanto, fundamental tener bajo control tres aspectos: si se han realizado a tiempo todos los registros complementarios del empleador y de los trabajadores; si a partir de abril de 2026 se registran todos los empleos en el nuevo régimen, incluidas las relaciones de corta duración y las «no sujetas a seguro»; y si están establecidos plazos internos y mecanismos de control que garanticen que ningún JMH se olvide o se presente con un defecto técnico.

Los abogados del bufete ARROWS suelen ayudar a sus clientes a establecer un «calendario JMHZ» interno y a revisar los procesos laborales y de recursos humanos, de modo que la cronología legislativa se traduzca en un flujo de trabajo realmente manejable.

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Cómo registrarse: empleador, oficina de nóminas y trabajadores

El registro de empleadores conforme a la ley del JMHZ es un registro central en el que se llevan los datos clave de cada sujeto que se considera empleador y de sus oficinas de nóminas. La presentación relativa al alta del empleador en el registro de empleadores solo puede realizarse por vía electrónica, mediante una presentación electrónica en formato PDF enviada al buzón de datos (datová schránka) de la ČSSZ o a través del ePortál de la ČSSZ. Las modificaciones y las bajas, en cambio, se presentan en formato XML.

Los empleadores ya existentes, que ya están inscritos en el registro de empleadores conforme a la normativa sobre el seguro de enfermedad, son trasladados al nuevo registro, pero deben completar, hasta finales de abril de 2026, los datos que falten mediante la presentación única REGZEL _DOPL. Este registro complementario es fundamental: sin él no será posible presentar el JMH correctamente, y si el empleador no lo cumple, se expone al riesgo de una sanción de hasta 100 000 CZK (aprox. 4 100 EUR) por incumplimiento de la obligación de registro.

Para los empleadores de nueva creación rigen, a partir de 2026, plazos distintos según el momento en que se incorpore el primer trabajador. Por regla general, en cuanto el empleador comienza a ejercer actividad y pasa a ser empleador conforme a la ley del JMHZ, debe darse de alta en el registro de empleadores a más tardar dos días hábiles antes de la incorporación del primer trabajador al puesto de trabajo, pero no antes de quince días previos a esa fecha; al mismo tiempo debe dar de alta también todas sus oficinas de nóminas. 

No obstante, las disposiciones transitorias permiten que el empleador cuyo primer trabajador se incorpore después del 1 de abril de 2026 cumpla la obligación de registro en el plazo de 8 días desde la incorporación, aunque solo durante un periodo limitado. En el caso de un trabajador extranjero la situación es más estricta: el empleador debe darse de alta en el registro ya antes del momento de su incorporación.

Para los grupos de mayor tamaño es importante tener en cuenta que cada sujeto se registra por separado: no es posible registrar un «grupo» de empleadores bajo un único identificador. En la práctica, esto significa que una estructura de holding con varias sociedades debe llevar a cabo el registro (o el registro complementario) para cada sociedad que abone rentas del trabajo dependiente.

En estas situaciones, los abogados del bufete ARROWS suelen recomendar centralizar la preparación de las presentaciones de registro y, al mismo tiempo, unificar los datos internos de las oficinas de nóminas, para evitar duplicidades o errores en los símbolos variables y otros identificadores.

Registro de trabajadores: alta, modificaciones y baja

El registro de trabajadores conforme a la ley del JMHZ contiene los datos de todos los trabajadores en el sentido de la amplia definición legal, es decir, de todas las personas que puedan percibir rentas del trabajo dependiente, con independencia de su participación en el seguro o de la forma jurídica de la relación. Las presentaciones relativas al registro del trabajador (alta, modificación, baja) solo pueden realizarse, de nuevo, por vía electrónica mediante el buzón de datos, el ePortál de la ČSSZ o la interfaz de datos (APEP/VREP).

El empleador está obligado a dar de alta al nuevo trabajador en el registro de trabajadores en el plazo de 8 días desde el día en que se produjo alguno de los hechos determinantes, típicamente la incorporación al empleo o el nacimiento de la obligación de abonar una prestación, o bien el día en que presentó una solicitud de prestación del seguro de enfermedad antes de haber dado de alta al trabajador. Sin embargo, para los trabajadores extranjeros (personas de nacionalidad distinta de la checa) rige un régimen más estricto: deben darse de alta a más tardar antes del momento de su incorporación al empleo, y ello en su totalidad, es decir, con todos los datos exigidos por la ley.

A partir del 1 de julio de 2026, una obligación similar de dar de alta al trabajador antes de su incorporación al puesto de trabajo se extiende también a los ciudadanos checos, si bien la ley permite un procedimiento en dos fases: antes de la propia incorporación puede realizarse un preregistro simplificado con un alcance limitado de datos, y declarar los datos restantes en el plazo de 8 días desde la incorporación. Si el trabajador preregistrado finalmente no llega a incorporarse, es necesario anular el registro en el plazo de 8 días desde la fecha prevista de incorporación.

En cuanto se produce un cambio en los datos registrados del trabajador (por ejemplo, cambio de domicilio, del tipo de relación laboral, de la jornada, de la aseguradora de salud, etc.), el empleador está obligado a comunicar ese cambio en el plazo de 8 días desde el día en que tuvo conocimiento de él. Una vez finalizada la relación laboral, el empleador debe dar de baja al trabajador del registro, de nuevo en el plazo de 8 días, ya sea con fecha de finalización de la relación laboral, con fecha de finalización de la obligación de abonar la prestación, o con la fecha en que dejó de abonarla efectivamente.

Un cambio cualitativo relevante es que en el registro de trabajadores ya no se trabaja únicamente con la persona del trabajador, sino con cada empleo individual, que se identifica de forma inequívoca mediante el denominado identificador del empleo (ID de empleo, ID PPV). Además, el trabajador recibe un nuevo número de identificación personal (OIČ) que lo acompañará en todos los trámites de la seguridad social. En la práctica, esto significa que en el caso de un trabajador con un contrato de trabajo y, simultáneamente, un DPP con el mismo empleador, surgen dos empleos independientes, cada uno con su propio ID, y ambos deben registrarse y declararse en el JMH.

En particular, en los llamados empleos sucesivos del mismo tipo, se produce a partir del 1 de abril de 2026 un cambio de procedimiento. Hasta ahora no era necesario comunicar la finalización y el nuevo inicio si se trataba de relaciones de seguro sucesivas sin interrupción de la participación en el seguro, por ejemplo, al enlazar una relación laboral con otra. En el régimen del JMHZ, sin embargo, es necesario comunicar cada empleo por separado y, por tanto, también en las relaciones sucesivas presentar la comunicación de finalización del empleo original y de incorporación al nuevo, aunque desde la perspectiva del seguro de enfermedad la participación pueda mantenerse ininterrumpida. Este detalle suele pasar desapercibido en la práctica y puede provocar discrepancias entre el registro y el JMH.

Para el empresario esto supone una exigencia fundamental de calidad y coherencia de los datos de personal. Una combinación errónea del OIČ, del ID de empleo y de otros identificadores, la falta de cumplimentación de campos obligatorios o la introducción de valores de nomenclador incorrectos pueden llevar a que la ČSSZ rechace la presentación por defecto técnico.

Por ello, los abogados y asesores fiscales de ARROWS advokátní kancelář recomiendan a sus clientes que el registro de empleados y el manejo de los nuevos identificadores se resuelvan en estrecha colaboración entre la gestora de nóminas, RR. HH. e informática, idealmente sobre la base del listado de empleados descargado del ePortal de la ČSSZ y posteriormente conciliado con el registro interno de personal.

Preguntas relacionadas con el registro del empleador y de los empleados

1. Ya tenemos el registro del empleador ante la ČSSZ. ¿Debemos presentar una nueva solicitud a partir de 2026?

No, el registro existente se traslada automáticamente al registro conforme a la ley del JMHZ, pero antes de que finalice abril de 2026 debe presentar la comunicación complementaria REGZEL_DOPL y aportar los datos faltantes; de lo contrario, corre el riesgo de no poder presentar el JMH de forma correcta y a tiempo. Los abogados de ARROWS advokátní kancelář pueden ayudarle a preparar esta presentación en colaboración con su departamento de nóminas.

2. ¿Cómo debemos proceder con los empleados extranjeros que se incorporen después del 1 de abril de 2026?

Debe registrar a los extranjeros mediante REGZEC en toda su extensión a más tardar el día antes de la incorporación a la prestación de trabajo; los datos incluyen, por ejemplo, el número del documento de viaje, el permiso de residencia o los datos sobre el tipo de autorización de residencia. Dado el régimen estricto y el riesgo de multas por trabajo ilegal, conviene configurar el proceso de contratación de extranjeros en colaboración con los abogados de ARROWS advokátní kancelář, que saben conciliar los requisitos de inmigración, laborales y del JMHZ.

3. ¿Qué ocurre si un empleado que hemos preregistrado finalmente no se incorpora en la fecha prevista?

En ese caso, tiene la obligación de anular el registro en un plazo de 8 días desde el día previsto de incorporación; de lo contrario, el registro contendrá datos inexactos y podría producirse una colisión con el JMH u otros trámites. Por ello, conviene configurar los procesos internos de RR. HH. y contratación de modo que la oficina de nóminas también tenga conocimiento de estas situaciones, algo en lo que los abogados de ARROWS advokátní kancelář pueden ayudarle mediante ajustes en las políticas y procedimientos de trabajo.
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El propio informe mensual: contenido, plazos y requisitos técnicos

El informe mensual unificado (JMH) es el núcleo del sistema JMHZ. Se trata de una presentación electrónica en forma de un llamado registro de datos, que el empleador envía a la ČSSZ siempre correspondiente a un mes natural, dentro del plazo legal del día 1 al 20 del mes natural siguiente. La presentación realizada antes del primer día del plazo, es decir, antes del primer día del mes siguiente, se considera técnicamente defectuosa y carente de eficacia jurídica, como si no se hubiera presentado.

La presentación solo puede realizarse por vía electrónica: mediante el buzón de datos de la ČSSZ, subiendo un archivo XML al ePortal de la ČSSZ, cumplimentando un formulario en línea en el ePortal o mediante una interfaz API desde el software de nóminas. La estructura del JMH se divide en tres partes, que se valoran también por separado en cuanto a defectos: parte resumen, parte de cotización y parte individualizada.

La parte resumen contiene los datos del empleador, incluidos los datos agregados para la administración tributaria (por ejemplo, la deuda tributaria total por trabajo dependiente) y para otras instituciones. La parte de cotización incluye los datos relativos al importe de la cotización a la seguridad social, las bases de cotización y las posibles bonificaciones en las cotizaciones.

La parte individualizada es la más extensa; contiene datos detallados de cada empleado y de cada empleo por separado, incluidos los datos a efectos de pensiones, de seguro de enfermedad y fiscales, así como datos estadísticos (por ejemplo, el nivel de estudios más alto alcanzado). El alcance de los datos obligatorios es muy amplio y corresponde de hecho al contenido de las nóminas más información complementaria adicional. Esto implica, en la práctica, que el sistema de nóminas de la empresa debe ser capaz de registrar y exportar estos datos de forma estructurada en el formato prescrito.

Desde la perspectiva de los plazos, es fundamental que el JMH se presente por cada mes natural en el que el empleador tuvo la condición de tal, es decir, en el que tuvo al menos un empleado en el sentido de la ley del JMHZ. La obligación de presentación surge también en los meses en los que no se abonó salario o retribución a ningún empleado, pero el empleo estuvo vigente; en ese caso se presenta el llamado informe «cero» de ese empleado. Del mismo modo, debe presentar el JMH el empleador que sea pagador del impuesto sobre el trabajo dependiente incluso en los meses sin actividad real, si sigue figurando como empleador.

Técnicamente, el JMH depende en gran medida del correcto uso de los identificadores OIČ e ID de empleo. Si estos identificadores están configurados incorrectamente o faltan en el sistema de nóminas, el archivo XML puede ser rechazado por la validación automática del ePortal de la ČSSZ. Otros errores frecuentes son la falta de cumplimentación de campos obligatorios, el uso de valores de nomenclador no válidos o el intento de subir el archivo a través del servicio incorrecto del ePortal (por ejemplo, a través de la sección «Formularios» en lugar del servicio «Presentación mediante carga de datos del sistema contable»). Estos errores tienen la naturaleza de defectos técnicos y, por tanto, se considera que el JMH correspondiente no se ha presentado en absoluto.

El JMH puede corregirse mediante un llamado informe rectificativo. El informe rectificativo puede presentarse a raíz de un requerimiento de la ČSSZ, de una notificación de otro usuario de los datos (por ejemplo, la administración tributaria), o también por iniciativa propia del empleador, incluso una vez transcurrido el plazo legal de presentación del JMH. El informe rectificativo puede consistir tanto en completar datos faltantes como en modificar datos comunicados con anterioridad.

El plazo general para presentar un informe rectificativo respecto a un mes determinado es de hasta 10 años, lo que refleja los largos plazos de prescripción en materia de cotizaciones y derechos de pensión. No obstante, debe tenerse en cuenta que, por ejemplo, el importe de la bonificación en la cotización del empleador aplicada por un mes concreto no puede aumentarse a posteriori una vez vencida la cotización: las correcciones solo son posibles «a la baja».

Desde una perspectiva de gestión, es importante configurar los procesos internos de manera que el JMH se presente en plazo, aunque algunos datos parciales no estén completamente terminados. La propia ČSSZ recomienda que, en la situación en que los empleadores no logren completar todos los datos a tiempo, presenten el JMH en su alcance básico y utilicen posteriormente presentaciones rectificativas, ya que la presentación extemporánea en su conjunto puede dar lugar a sanciones, mientras que las correcciones parciales dentro del plazo ordinario normalmente no activan el régimen sancionador.

 Los abogados de ARROWS advokátní kancelář suelen ayudar en la práctica a los clientes a configurar un proceso interno «de dos niveles»: un primer plazo para el cierre interno de los datos de nóminas y un segundo plazo de seguridad para la revisión y el envío del JMH dentro del plazo legal.

Multas y sanciones de la ČSSZ: situaciones típicas y nivel de riesgo

La ley del JMHZ contiene un régimen sancionador propio, que afecta tanto a los incumplimientos de las obligaciones en materia de registro de empleadores y empleados, como a la obligación de presentar el informe mensual unificado a tiempo, de forma completa y sin defectos graves. El importe de las multas no resulta extremo a primera vista, pero en su conjunto puede suponer una carga financiera significativa, en particular para los empleadores más grandes o en caso de incumplimiento reiterado de las obligaciones.

Por no presentar el JMH en absoluto, o por no atender el requerimiento de la ČSSZ para subsanar defectos o completar datos faltantes, se arriesga una multa de hasta 5 000 CZK (aprox. 210 EUR) por cada empleado por el que debiera haberse presentado el informe. Esto significa que, en el caso de un empleador con 100 empleados, la multa por un único informe no presentado o que quede sin corregir puede alcanzar, en un caso extremo, hasta 500 000 CZK (aprox. 20 600 EUR). En la práctica, la ČSSZ tiene en cuenta la gravedad y las circunstancias del caso, y no siempre tiene que imponer la sanción máxima; no obstante, en caso de incumplimiento reiterado o intencionado cabe esperar un enfoque más estricto.

Nuestros especialistas le ayudarán

Mgr. Jakub Oliva, LL.M., MSc.

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advokát, partner

oliva@arws.cz
Mgr. Jan Pavlík

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Por el incumplimiento de las obligaciones de registro (por ejemplo, por el alta tardía del empleador en el registro de empleadores, el alta tardía de un empleado o la comunicación tardía de modificaciones de los datos registrados), la ČSSZ puede imponer una multa de hasta 100 000 CZK (aprox. 4 100 EUR). Especialmente arriesgadas en este sentido son las situaciones en que el empleador no da de alta al empleado antes de su incorporación al trabajo, lo que a partir del 1 de abril de 2026 afecta sobre todo a los extranjeros y, a partir del 1 de julio de 2026, progresivamente a todos los empleados. Estos casos pueden valorarse no solo como incumplimiento de la ley del JMHZ, sino también como un potencial trabajo ilegal conforme a la ley de empleo, donde las sanciones alcanzan un nivel considerablemente más elevado.

Además de las multas directas, hay que contar también con los efectos indirectos de un JMH defectuoso o no presentado. Si el JMH contiene un defecto técnico (por ejemplo, se presenta antes del inicio del plazo, en un formato incorrecto, con errores en la estructura de los datos o de cualquier otra forma que impida su procesamiento automatizado), se considera como si no se hubiera presentado en absoluto.

En ese caso, la ČSSZ informa al empleador de la ineficacia de la presentación y le requiere para que subsane el defecto en un plazo de 8 días. Si el empleador no presenta el informe sustitutivo a tiempo, incurre en mora con todas las consecuencias sancionadoras correspondientes, incluidas posibles multas y la afectación de los derechos de los empleados a prestaciones de la seguridad social.

En el caso de defectos formales (es decir, errores en el contenido o en la estructura de los datos que no impiden el procesamiento automatizado), lo relevante es en qué parte del JMH se produce el defecto. Si se trata de un error en la parte resumen, únicamente esa parte queda sin efecto; lo mismo se aplica a la parte de cotización y a la parte individualizada de un empleado concreto. 

Sin embargo, si los defectos formales se dan en las tres partes y en todos los empleados, el informe queda sin efecto en su conjunto. Una vez transcurrido el plazo de presentación del JMH, la ČSSZ requerirá al empleador bien a presentar el informe, si no se presentó en absoluto o si carece de eficacia en su conjunto, bien a corregirlo, si se aceptó solo parcialmente; en ambos casos el plazo para la subsanación es de solo 8 días.

También debe subrayarse que un JMH defectuoso o no presentado puede tener un impacto negativo directo en los empleados. Las bases de cotización o los períodos de seguro comunicados de forma incorrecta pueden dar lugar a problemas en el reconocimiento de prestaciones del seguro de enfermedad o de pensión, o a imprecisiones en la liquidación anual del impuesto o en la aplicación de bonificaciones en las cotizaciones, por ejemplo, en el caso de pensionistas que trabajan. Esto aumenta el riesgo de reclamaciones de los empleados, daños reputacionales y, en el caso extremo, también litigios entre el empleador y los empleados por indemnización de daños.

Los abogados de ARROWS advokátní kancelář se encuentran en la práctica con situaciones en las que un error aparentemente menor en el JMH provocó un retraso en el pago de prestaciones o el rechazo de la solicitud de pensión de un empleado, lo que a su vez desembocó en presión sobre el empleador y en una reclamación de indemnización. En tales casos, es importante no solo corregir el JMH defectuoso, sino también comunicarse con la ČSSZ y con el empleado, o bien defenderse frente a sanciones desproporcionadas.

Posibles problemas

Cómo ayuda ARROWS (consultas@arws.cz)

Incumplimiento del plazo de presentación del JMH : JMH tardío o completamente omitido de un mes concreto, riesgo de multa de hasta 5 000 CZK por cada empleado

Análisis de los hechos y de los riesgos sancionadores : preparamos la estrategia jurídica, presentamos los informes complementarios y rectificativos, le representamos en el procedimiento ante la ČSSZ y en la negociación para reducir o dejar sin efecto la multa.

Registro defectuoso del empleador o de los empleados : registro complementario pendiente, alta o baja tardía, datos incorrectos en el registro

Configuración y revisión de los procesos de registro : revisamos su registro, preparamos las presentaciones REGZEL/REGZEC necesarias, configuramos políticas y procedimientos internos para que los errores no se repitan.

Defectos técnicos o formales del registro de datos : estructura XML no conforme, datos obligatorios faltantes, incoherencia de los identificadores OIČ e ID de empleo

Coordinación entre IT, nóminas y Derecho : en colaboración con el proveedor del software de nóminas, verificamos la conformidad con la metodología del JMHZ, preparamos escenarios de prueba y mecanismos de control internos antes de enviar el JMH.

Riesgo de trabajo ilegal de extranjeros : registro tardío de un empleado extranjero, incoherencia entre el JMHZ y el permiso de residencia y la autorización de trabajo

Asesoramiento integral en materia de inmigración, laboral y fiscal : adaptamos el proceso de contratación a las obligaciones conforme a la ley de empleo, el Derecho de extranjería y el JMHZ, y le representamos en las inspecciones de la Inspección de Trabajo y de la ČSSZ.

Litigios con empleados por el impacto de errores en el JMH : reclamaciones por período de seguro, prestaciones o bonificaciones en las cotizaciones comunicados incorrectamente

Resolución de litigios y prevención : valoramos la procedencia de las reclamaciones de los empleados, proponemos soluciones amistosas o le representamos en procedimientos judiciales; al mismo tiempo, configuramos un control interno del JMH para evitar litigios similares.

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Cómo prepararse en la práctica para el JMHZ en la empresa

La implantación del JMHZ no es solo «una tarea para la gestora de nóminas», sino un proyecto que afecta a RR. HH., finanzas, informática y también al departamento jurídico. Las empresas que abordan el JMHZ de forma puramente técnica, como la implementación de una nueva exportación XML en el sistema de nóminas, suelen subestimar las consecuencias jurídicas y de proceso y, posteriormente, se enfrentan a una serie de requerimientos de la ČSSZ, a una búsqueda ineficiente de datos y a la presión de los empleados por problemas con las prestaciones.

El primer paso debería ser una auditoría sistemática de datos y procesos. Es necesario comprobar que en los registros internos existen y están actualizados todos los datos exigidos por el JMHZ, desde los datos identificativos básicos de los empleados y del empleador, pasando por los datos sobre el tipo y la naturaleza de las relaciones laborales, hasta la residencia fiscal, el nivel de estudios más alto alcanzado y otros parámetros estadísticos. 

En numerosas empresas se pone de manifiesto que algunos datos ni siquiera se habían seguido hasta ahora, o solo se conservan en papel, lo cual resulta insostenible para una comunicación electrónica periódica. Los abogados de ARROWS advokátní kancelář proponen a menudo ampliar los contratos de trabajo y los cuestionarios para empleados con la información faltante (por ejemplo, residencia fiscal, nivel de estudios), de modo que su recogida sea conforme a la ley y a la vez prácticamente aprovechable para el JMHZ.

El segundo pilar es la colaboración con el proveedor del software de nóminas y de personal. El JMHZ impone exigencias elevadas a la estructura y validación de los datos, lo que requiere no solo la implementación técnica de los nuevos registros de datos, sino también la adaptación de la interfaz de usuario y de los mecanismos de control. 

No basta con que el software sea capaz de generar un XML: debe además prevenir los errores más frecuentes (por ejemplo, campos obligatorios faltantes, nomencladores no válidos, incoherencia de identificadores) y permitir la coherencia lógica entre el registro de empleados y el JMH. Los abogados de ARROWS advokátní kancelář pueden ayudar en esta fase «traduciendo» los requisitos legislativos a especificaciones para informática y comprobando si la solución propuesta realmente cumple los requisitos de la ley y de las metodologías del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (MPSV) y de la ČSSZ.

El tercer ámbito es la adaptación de los procesos internos de RR. HH. y de nóminas. La introducción del registro obligatorio de empleados antes de su incorporación, en particular de extranjeros, cambia radicalmente los tiempos de la contratación y de la entrega de documentación a nóminas. El proceso de contratación debe incluir ahora la verificación de que se dispone a tiempo de todos los datos necesarios para el registro del empleado, y el plazo interno para introducir estos datos en el sistema debe fijarse con margen suficiente antes de la incorporación real. Lo mismo se aplica a la finalización del empleo: RR. HH. debe transmitir a nóminas la información sobre la finalización de la relación laboral o del acuerdo, de modo que sea posible realizar la baja del registro de empleados en un plazo de 8 días y reflejar el cambio en el JMH.

Tampoco es desdeñable el elemento formativo. El JMHZ introduce nuevos términos técnicos (por ejemplo, número de identificación personal OIČ, identificador de empleo ID PPV, registro de datos, defecto técnico y formal) y nuevas obligaciones para personas que hasta ahora prácticamente no se comunicaban con la ČSSZ.

Por ello, los abogados de ARROWS advokátní kancelář preparan a menudo para los clientes formaciones específicas dirigidas a la dirección, a RR. HH. y a nóminas, que explican no solo el marco jurídico, sino sobre todo los escenarios prácticos, los errores típicos y sus consecuencias. Una formación dirigida, por ejemplo, a RR. HH. puede abordar cómo configurar correctamente la comunicación con los candidatos, de modo que sea posible obtener a tiempo todos los datos necesarios para REGZEC sin infringir el RGPD ni las normas antidiscriminación.

Por último, conviene configurar mecanismos de control internos y escenarios de contingencia («fallback»). Esto incluye, por ejemplo, una lista de comprobación interna para el cierre de nóminas y la preparación del JMH, una revisión periódica del listado del registro de empleados en el ePortal de la ČSSZ, una revisión interna de los primeros JMH presentados y un escenario para resolver la situación en la que el JMH se devuelva con un error o un requerimiento de corrección.

En el marco de una colaboración a largo plazo, los abogados de ARROWS advokátní kancelář pueden actuar como un «controlador externo de última instancia», que evalúa de forma continua los cambios legislativos, las actualizaciones de las instrucciones metodológicas del MPSV y de la ČSSZ, y recomienda ajustes en los procesos o en el software.

Particularidades para los empleados extranjeros y las estructuras transfronterizas

El JMHZ tiene un impacto notable en los empleadores que recurren a trabajadores extranjeros. La ley introduce un régimen más estricto de registro de extranjeros, según el cual el empleado de nacionalidad distinta de la checa debe estar dado de alta en el registro de empleados en toda su extensión, a más tardar antes de la incorporación a la prestación de trabajo, si bien el registro puede realizarse como muy pronto 8 días antes del día previsto de incorporación.

La presentación REGZEC debe incluir todos los datos exigidos por la ley, incluidos los detalles sobre el tipo de autorización de residencia, el número del documento de viaje, el tipo de autorización de trabajo (por ejemplo, tarjeta de empleado, tarjeta azul, tarjeta de trabajador trasladado dentro de la empresa) y otros parámetros.

El proceso de registro de empleados extranjeros en el sistema JMHZ sustituye al mismo tiempo a las fichas informativas y comunicaciones actuales conforme al § 87 de la ley de empleo, en el alcance relativo a la incorporación al empleo y a la prestación de trabajo del extranjero. En algunos casos, sin embargo, la obligación de información se sigue cumpliendo a través del portal de la Oficina Estatal de Inspección de Trabajo (SÚIP), por ejemplo, en el caso de trabajadores desplazados en el marco de la prestación de servicios en el mercado interior de la UE. Los empleadores deben, por tanto, distinguir qué situaciones quedan sujetas exclusivamente al JMHZ, cuáles al SÚIP y cuáles a ambos sistemas simultáneamente, lo cual resulta complejo sin un conocimiento especializado del Derecho laboral y del Derecho de empleo.

Merecen especial atención los escenarios transfronterizos en el marco del Derecho de la UE. Conforme al Derecho de la UE, un trabajador está, por regla general, asegurado en el sistema de seguridad social de un solo Estado miembro; en el caso de los trabajadores desplazados, permanece por regla general asegurado en el país del empleador, siempre que el desplazamiento no supere los 24 meses y se cumplan las condiciones previstas. A estos efectos se utiliza el formulario A1, que certifica la pertenencia al sistema de seguridad social de un país determinado. 

El JMHZ, sin embargo, regula el registro de empleados y empleos dentro del sistema checo de seguridad social; en las estructuras transfronterizas es, por tanto, necesario delimitar claramente si un trabajador concreto queda sujeto al sistema checo (y debe figurar en el registro del JMHZ) o si sigue asegurado en otro Estado.

En la práctica, en el caso de grupos más grandes, nos encontramos, por ejemplo, con la situación en que la sociedad matriz en otro Estado miembro de la UE desplaza a sus empleados a la filial checa. Si los trabajadores están realmente desplazados en el sentido de las normas europeas y disponen del formulario A1, la cotización la abona el empleador en el Estado de origen y la filial checa por lo general no pasa a ser empleador a efectos del JMHZ. 

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Sin embargo, si el trabajador está de hecho integrado en la estructura de la entidad checa en la República Checa, o se trata de un desplazamiento de larga duración o reiterado, la situación puede valorarse de forma distinta y el JMHZ pasará a ser relevante. En estos escenarios complejos es imprescindible colaborar estrechamente con especialistas fiscales y de inmigración, un ámbito típico que los abogados de ARROWS advokátní kancelář resuelven en colaboración con sus socios de la red ARROWS International.

Otro tema delicado son las combinaciones de distintos roles de una misma persona dentro de un grupo de sociedades, por ejemplo, miembro del órgano estatutario en una sociedad y empleado en otra, teniendo ambos roles vinculación con la República Checa. En el contexto del JMHZ es necesario valorar si cada uno de los roles genera una renta por trabajo dependiente en una entidad checa concreta y, por tanto, la obligación de registro y comunicación, o si se trata de relaciones puramente extranjeras o empresariales.

 Una valoración incorrecta puede dar lugar tanto a una liquidación complementaria de cotizaciones como a multas por falta de JMH. Aquí el papel de los abogados de ARROWS advokátní kancelář resulta clave: se trata de una combinación de Derecho societario, tributario, laboral e internacional.

Inspecciones de la ČSSZ y defensa frente a sanciones

Con el JMHZ cambia también el modo en que la ČSSZ trabaja con los datos de los empleadores y en que identifica situaciones de riesgo. Gracias a los datos centralizados y detallados a nivel de cada empleo individual, la ČSSZ puede automatizar en gran medida los controles: por ejemplo, comparar los datos sobre cotizaciones con los datos sobre salarios y horas trabajadas, detectar incoherencias entre la duración registrada del empleo y las altas/bajas, o identificar JMH faltantes de un período concreto. 

Esto aumenta la probabilidad de que los errores que en el pasado permanecían ocultos sean ahora detectados con relativa rapidez. El proceso de control suele comenzar con un requerimiento de la ČSSZ, ya sea para presentar el JMH (si no se presentó o carece de eficacia en su conjunto), ya sea para corregirlo (si la presentación se aceptó de forma parcial). 

El plazo de respuesta es, en ambos casos, de 8 días desde la recepción del requerimiento, lo que en la práctica supone un margen de tiempo muy reducido para localizar y corregir los errores, en particular tratándose de un empleador de mayor tamaño con una gestión de nóminas compleja. Si el empleador no responde al requerimiento o no lleva a cabo la subsanación a tiempo, la ČSSZ puede iniciar un procedimiento sancionador e imponer una multa conforme a la ley del JMHZ.

En el procedimiento sancionador conviene hacer valer todos los argumentos pertinentes que puedan conducir a la reducción o al desistimiento de la multa; por ejemplo, demostrar que el empleador subsanó el error de forma inmediata tras detectarlo, que se trata de un primer incumplimiento, que no se produjo ningún perjuicio en los derechos de los empleados, o que al error contribuyó una interpretación metodológica poco clara o un problema técnico de un tercero (por ejemplo, del software de nóminas). 

En estas situaciones es habitual que los empresarios recurran a los servicios de los abogados de ARROWS advokátní kancelář, que saben comunicarse con la ČSSZ en el lenguaje que el organismo entiende, y al mismo tiempo garantizar que la argumentación sea conforme con la jurisprudencia y la metodología vigentes.

Si el empleador no está de acuerdo con la multa impuesta, puede defenderse mediante los recursos ordinarios previstos en la Ley del procedimiento administrativo checa, lo que incluye el recurso de alzada y, en el caso extremo, también el recurso contencioso-administrativo. El sentido de los siguientes pasos depende siempre del importe de la multa, de las circunstancias del caso y de la situación probatoria; a veces resulta más racional aceptar una sanción menor y centrarse en medidas preventivas, otras veces tiene sentido defenderse también por vía judicial, por ejemplo, si la sanción crease un precedente peligroso para la empresa.

Además de las inspecciones clásicas de la ČSSZ, hay que contar con que el JMHZ será utilizado también por otros organismos: la administración tributaria, la Oficina de Empleo o la Oficina Checa de Estadística. Los datos incompletos o incoherentes en el JMH pueden dar lugar a requerimientos o inspecciones también por parte de estos organismos, por ejemplo, si se detectan discrepancias en materia de retenciones fiscales, de empleo de demandantes de empleo o de estadísticas. Esto refuerza la importancia de un enfoque jurídico, fiscal y de RR. HH. integrado, propio de los servicios de ARROWS advokátní kancelář.

Resumen final

El informe mensual unificado de los empleadores representa el mayor cambio en la administración de nóminas y de personal en la República Checa de los últimos años. Se trata de un proyecto de digitalización integral que sustituye progresivamente hasta varias decenas de informes existentes por una única presentación electrónica mensual y que aporta un registro centralizado de empleadores, empleados y empleos individuales.

Sin embargo, desde la perspectiva de un empresario, un inversor o un alto directivo, no se trata solo de una innovación técnica: el nuevo sistema aumenta de forma sustancial las exigencias de calidad de los datos y de los procesos, y al mismo tiempo abre la puerta a controles más frecuentes y detallados por parte de la ČSSZ y de otros organismos.

Los riesgos clave en la práctica residen, en particular, en la omisión del registro del empleador o de los empleados, en la presentación del JMH fuera de plazo, en defectos técnicos o formales del registro de datos, en la incoherencia de los identificadores OIČ e ID de empleo, y en una valoración errónea de quién es «empleado» a efectos del JMHZ. Por no presentar o no corregir el JMH se arriesgan multas de hasta 5 000 CZK (aprox. 210 EUR) por cada empleado, por incumplimiento de las obligaciones de registro hasta 100 000 CZK (aprox. 4 100 EUR), y, junto a ello, también daños indirectos en forma de retraso o denegación de prestaciones a los empleados, impacto reputacional y litigios por indemnización.

Para las empresas resulta, por tanto, razonable entender el JMHZ como un proyecto que exige la coordinación de RR. HH., nóminas, informática, finanzas y el departamento jurídico. El enfoque adecuado consiste en realizar una auditoría de datos y procesos, adaptar el software de nóminas a los requisitos legislativos, configurar nuevos procesos de RR. HH. y de contratación (en particular para extranjeros), formar a las personas responsables e implantar mecanismos de control internos y escenarios de contingencia («fallback») para el caso de requerimientos de la ČSSZ. 

Los abogados de ARROWS advokátní kancelář pueden desempeñar en este proceso el papel de un socio que no solo vela por el cumplimiento de la normativa y de las instrucciones metodológicas, sino que además comprende qué impacto tiene el JMHZ en la gestión del flujo de caja, en la configuración de los beneficios, en la estrategia de contratación o en las operaciones dentro del grupo.

Si no quiere arriesgarse a errores innecesarios, perjuicios, retrasos o multas en relación con el JMHZ, es más seguro confiar la configuración de todo el sistema a especialistas. ARROWS advokátní kancelář puede ayudarle con la valoración jurídica y fiscal del impacto del JMHZ en su empresa, con la preparación y revisión de políticas internas, con la configuración de los procesos de registro y presentación del JMH, con la representación en inspecciones y con la defensa frente a posibles sanciones. Para una consulta individual y una propuesta de actuación concreta, puede dirigirse en cualquier momento a los abogados de ARROWS advokátní kancelář a través del correo electrónico consultas@arws.cz.

FAQ: Preguntas frecuentes

1. ¿Cómo puedo saber si nuestra empresa queda sujeta al régimen del JMHZ, si solo tenemos unos pocos colaboradores externos y miembros de órganos?

Lo decisivo es si su empresa abona rentas por trabajo dependiente conforme al § 6 de la ley del impuesto sobre la renta, típicamente salarios, retribuciones de miembros de órganos, remuneraciones de acuerdos, etc. Si es así, es pagador del impuesto sobre el trabajo dependiente y, a efectos del JMHZ, se le considera empleador, incluso si de hecho emplea solo a una persona y únicamente durante unos meses al año.

2. ¿Qué ocurre si no logramos presentar el JMH de un mes determinado antes del día 20 del mes siguiente?

En ese caso, incurrirá en mora en la presentación del JMH y, una vez transcurrido el plazo, la ČSSZ le requerirá para presentar el informe en un plazo sustitutivo de ocho días; si tampoco entonces presenta el JMH, se arriesga a una multa de hasta 5 000 CZK por cada empleado por el que debiera haberse presentado el informe. Al mismo tiempo, puede producirse un retraso en la tramitación de prestaciones y otros trámites, lo que puede generar presión por parte de los empleados. En esa situación conviene actuar con rapidez y resolver las posibles sanciones con el apoyo de los abogados de ARROWS advokátní kancelář.

3. ¿Cuáles son los errores técnicos más frecuentes en el JMH y cómo evitarlos?

Según la ČSSZ, entre los errores más frecuentes se encuentran la falta de cumplimentación de campos obligatorios, el uso de valores de nomenclador incorrectos, la incoherencia de los identificadores OIČ e ID de empleo, y los intentos de subir el XML a través del servicio incorrecto del ePortal. La prevención consiste en una preparación de calidad de los datos en el sistema de nóminas, en probar las exportaciones y en configurar un proceso interno de control del JMH antes de su envío. Los abogados de ARROWS advokátní kancelář pueden ayudarle a diseñar estos procesos y a comunicarse con el proveedor del software.

4. ¿Cómo debemos proceder correctamente si detectamos un error en un JMH ya presentado, por ejemplo, una base de cotización comunicada de forma incorrecta?

En ese caso, es necesario presentar un informe rectificativo del mes afectado, en el que sustituya los datos erróneos por los correctos; el JMH puede corregirse tanto a raíz de un requerimiento de la ČSSZ como por iniciativa propia, incluso una vez transcurrido el plazo original de presentación. Por regla general, cuanto antes subsane el error, menor será el riesgo de sanción y de repercusión en los derechos de los empleados. Para configurar correctamente las correcciones y comunicarse con la ČSSZ, conviene recurrir al apoyo de los abogados de ARROWS advokátní kancelář.

5. ¿Qué pasos concretos deberíamos dar este mismo año como preparación para el JMHZ?

Se trata, por lo general, de tres pasos paralelos: una auditoría de los datos sobre empleados y relaciones laborales (incluida la aportación de los datos faltantes), la coordinación con el proveedor del software de nóminas en relación con el soporte del JMHZ, y la adaptación de los procesos internos de RR. HH. y de nóminas, de modo que sea posible realizar a tiempo los registros y presentar el JMH. Para las empresas medianas y grandes tiene sentido concebir el JMHZ como un proyecto con un plan claro, plazos y responsabilidades; los abogados de ARROWS advokátní kancelář pueden ayudarle a diseñarlo y gestionarlo.

6. ¿Tiene sentido resolver el JMHZ con un despacho de abogados si contamos con una gestora de nóminas experimentada y un buen software?

Una gestora de nóminas experimentada y un software de calidad constituyen una base sólida, pero el JMHZ afecta también a ámbitos que van más allá de la mera gestión de nóminas, como la definición de empleado, la configuración de beneficios, las situaciones transfronterizas, la responsabilidad de la dirección por infracciones o la relación con las normas fiscales y de inmigración. Los abogados de ARROWS advokátní kancelář aportan una perspectiva sobre estas implicaciones jurídicas y empresariales, le ayudan a configurar los procesos de modo que superen también una inspección, y en caso de litigio o multa garantizan una defensa cualificada.

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Sobre el autor

Ing. Veronika Sečková
Ing. Veronika Sečková

Director de proyectos

En ARROWS trabaja como gestora de proyectos, centrándose en la coordinación de proyectos comerciales y de clientes, especialmente en el ámbito de la compraventa de empresas y proyectos de desarrollo inmobiliario. Además, se dedica a la implementación de tecnologías modernas e inteligencia artificial en la práctica, optimizando así los procesos internos y la comunicación.