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Revolución en el envasado

¿Qué cambios trae el nuevo reglamento europeo para su negocio?

Mgr. Klára Megová
Publicado:Actualizado:

El Reglamento europeo sobre envases (PPWR) prohíbe, a partir de agosto de 2026, comercializar envases que no cumplan las nuevas normas de reciclabilidad, y afecta tanto a fabricantes como a tiendas en línea y empresas de logística, sin importar el tamaño de la empresa. Descubra qué obligaciones se suman hasta 2040 y cómo prepararse a tiempo para ellas.

La fotografía muestra a abogados abordando la problemática del nuevo reglamento sobre envases.

Resumen

Los envases deberán ser cada vez más reciclables y eficientes en el uso de material. A partir de 2030, todos los envases deberán diseñarse según los criterios europeos de reciclabilidad, y en los envases de plástico serán obligatorios determinados porcentajes de material reciclado. También se limitará el material innecesario y el espacio vacío en el envasado.
Las normas más estrictas también afectan a la composición química de los envases. Un cambio importante es, por ejemplo, la prohibición de los PFAS en los envases destinados al contacto con alimentos por encima de los límites establecidos. Por ello, las empresas deben conocer mejor la composición de los materiales y disponer de la documentación correspondiente.
Las nuevas normas refuerzan el énfasis en la reutilización de los envases. Para algunos sectores, como el comercio electrónico o la logística B2B, se introducen objetivos para los envases reutilizables y también se prevé el desarrollo de sistemas de depósito.
Las empresas deberían iniciar cuanto antes la auditoría de sus envases y contratos con proveedores. No basta con confiar en las afirmaciones del proveedor sobre la reciclabilidad: la responsabilidad de la conformidad del envase recae en el sujeto que lo introduce en el mercado. Por ello, serán fundamentales la documentación técnica, la trazabilidad y un reparto contractual claro de la responsabilidad.
ARROWS despacho de abogados

Concepto de la nueva normativa europea sobre envases

El Reglamento sobre envases y residuos de envases (PPWR) es la respuesta de la Unión Europea al aumento constante del volumen de envases y a la presión sobre las materias primas, la infraestructura de reciclaje y el medio ambiente. La directiva anterior dejaba un margen considerable a los Estados miembros.

Esto dio lugar a un sistema fragmentado de normativas nacionales, definiciones distintas de reciclabilidad y requisitos diferentes de etiquetado y tasas. El resultado de esta fragmentación fue inseguridad jurídica, mayores costes de transacción y un cumplimiento normativo complicado para las empresas que operan en varios países.

El PPWR cambia esta situación, ya que, al ser un reglamento, es directamente aplicable en todos los Estados miembros e introduce normas armonizadas para todo el ciclo de vida del envase. La Comisión Europea clasifica expresamente esta normativa entre los instrumentos clave del Pacto Verde Europeo y del Plan de Acción para la Economía Circular.

El objetivo no es solo reducir la cantidad de residuos de envases, sino también fomentar la innovación, la industria del reciclaje y nuevos modelos de negocio basados en la reutilización. También es fundamental el traslado de la responsabilidad a los productores de envases y de productos envasados. Un principio esencial es este traslado de responsabilidad, por el cual los productores de envases y de productos envasados asumirán una mayor responsabilidad financiera y organizativa.

En la práctica, esto significa que una empresa que hoy en día simplemente compra y utiliza un envase será evaluada, a partir de ahora, según si ese envase puede reciclarse realmente. También se controla si contiene material reciclado, cómo está etiquetado y cómo contribuye al cumplimiento de los objetivos europeos.

Al mismo tiempo, la nueva normativa trata de eliminar los obstáculos a la libre circulación de mercancías que surgían porque cada Estado introducía sus propios distintivos y definiciones diferentes. Para los empresarios esto supone, ciertamente, un endurecimiento, pero a medio plazo significa entrar en un entorno más transparente y menos fragmentado.

Las normas europeas unificadas suelen reducir los costes de transacción para las empresas capaces de reaccionar a tiempo, invertir en el cumplimiento normativo y aprovechar la ventaja competitiva que se genera. Es importante destacar que este reglamento no es una norma aislada, sino que se enmarca en otras políticas europeas.

Por eso, en la práctica, los envases no pueden abordarse de forma aislada de la legislación de producto, la información ESG, la configuración contractual con los proveedores y las repercusiones fiscales. Por ello, los abogados del bufete ARROWS analizan junto con sus clientes un marco de cumplimiento normativo más amplio y una estrategia para aprovechar los nuevos requisitos también para optimizar la logística y las relaciones con los clientes.

De la directiva al reglamento de aplicación directa

La diferencia entre una directiva y un reglamento es fundamental desde el punto de vista empresarial. La directiva establece objetivos, pero deja a los Estados miembros libertad para su implementación, mientras que el reglamento, por el contrario, se aplica de forma directa y uniforme, sin necesidad de transponerlo a las leyes nacionales.

Los Estados miembros solo pueden añadir sanciones, mecanismos de supervisión o algunos detalles procedimentales. Si en la práctica surgen disputas sobre la interpretación de las obligaciones o sobre la responsabilidad en la cadena de suministro, puede ser útil consultar las recomendaciones sobre disputas derivadas de la colaboración comercial. La nueva legislación envía una señal clara de que el mercado europeo de envases debe regirse por un único conjunto de normas, sin posibilidad de excepciones nacionales.

El reglamento ya ha entrado en vigor con carácter general y comenzará a aplicarse a partir del 12 de agosto de 2026. Sin embargo, algunas obligaciones concretas, como los requisitos de reciclabilidad o etiquetado, están vinculadas a actos de ejecución y delegados de la Comisión Europea que se adoptarán más adelante.

Esta estructura en dos fases resulta exigente para las empresas, ya que una parte de las normas ya es firme y otra parte todavía se está elaborando. Las directrices interpretativas detalladas explican la definición de envase, los períodos transitorios para las sustancias químicas y la armonización de las normas sobre el peso mínimo. Esta estructura en dos fases resulta exigente para las empresas, ya que una parte de las normas ya es firme y otra parte todavía se está elaborando.

Las empresas que esperan a que todas las normas estén completamente claras corren el riesgo de no poder adaptarse con suficiente rapidez a los nuevos conceptos de envasado. Con ello pueden perder cuota de mercado frente a competidores más ágiles que se preparan con antelación.

Desde el punto de vista jurídico, los envases comercializados después del 12 de agosto de 2026 deben cumplir el reglamento, mientras que las existencias anteriores pueden venderse, bajo determinadas condiciones. Esto plantea cuestiones prácticas sobre la gestión de existencias y el seguimiento de la fecha de comercialización. En relación con ello, conviene también definir la toma de decisiones y las responsabilidades internas de la empresa (quién aprueba los envases, quién asume el riesgo y cómo se registran los cambios), lo que suele encuadrarse en el ámbito del derecho corporativo, holdings y estructuras. Los envases comercializados después del 12 de agosto de 2026 deben cumplir el reglamento, mientras que las existencias anteriores pueden venderse, bajo determinadas condiciones.

Por ello, los abogados del bufete ARROWS recomiendan a sus clientes adaptar ya sus sistemas internos para poder demostrar cuándo se comercializó por primera vez un envase concreto en la UE. Conviene separar, incluida la documentación, los envases antiguos y los nuevos en el almacén. En el caso de productos cuyo envase cumple también una función informativa y de marketing, tiene sentido comprobar qué datos e indicaciones obligatorias pueden resultar problemáticos, tema que también aborda el artículo qué debe figurar en el envase de un complemento alimenticio para que la ČOI y la SZPI no le impongan una multa. Por ello, los abogados del bufete ARROWS recomiendan a sus clientes adaptar ya sus sistemas internos para demostrar la fecha de comercialización de los envases.

Principales objetivos y principios de reducción de residuos

La nueva normativa se apoya en varios pilares fundamentales, el primero de los cuales es la prevención de la generación de residuos. Para 2040, los Estados miembros deben lograr una reducción del 15 % en la cantidad de residuos de envases por habitante, respecto al año de referencia 2018.

Esto se traducirá en la obligación de minimizar el peso y el volumen de los envases, reducir las capas innecesarias y prohibir elementos estructurales sin función. Esto se traducirá en la obligación de minimizar el peso y el volumen de los envases y prohibir elementos estructurales sin una función real.

Para 2030, todos los envases deberán estar diseñados para ser reciclables conforme a criterios armonizados de diseño para el reciclaje. Para 2035, el reciclaje debe estar disponible a gran escala, es decir, implantado realmente en la infraestructura de recogida y clasificación.

El tercer pilar es el contenido reciclado obligatorio en los envases de plástico, destinado a reducir gradualmente la dependencia de las materias primas fósiles vírgenes. Para los distintos tipos de envases de plástico, el reglamento fija, a partir de 2030, porcentajes mínimos de material reciclado. El tercer pilar es el contenido reciclado obligatorio en los envases de plástico, destinado a reducir gradualmente la dependencia de las materias primas fósiles vírgenes.

El cuarto pilar es la reutilización: para determinados segmentos, como los envases de bebidas o parte del comercio electrónico, el reglamento introduce objetivos obligatorios sobre la proporción de envases reutilizables. También se establecen requisitos mínimos para estos sistemas.

En todo el reglamento se aplica el principio de responsabilidad ampliada del productor (EPR), según el cual los costes de recogida, clasificación y reciclaje de los envases recaen en los productores mediante tasas obligatorias. En todo el reglamento se aplica el principio de responsabilidad ampliada del productor, según el cual las tasas se modularán ecológicamente en función de la reciclabilidad.

Cuanto más reciclable sea el envase y cuanto más material reciclado contenga, menor será la tasa que pague el productor. Esto genera presión de mercado para rediseñar los envases y, desde el punto de vista de la estrategia empresarial, se convierte en una cuestión de estructura de costes y competitividad.

Ámbito de aplicación y funciones en la cadena

El reglamento se aplica a todos los envases y residuos de envases en la Unión, con independencia del material utilizado, el tipo de envase y su origen. Desde el punto de vista de los sujetos obligados, resulta clave determinar quién es el operador económico que introduce el envase en el mercado.

Normalmente se trata de fabricantes de envases, envasadores, importadores de productos envasados, distribuidores, minoristas y también vendedores en línea. A diferencia de algunas normativas nacionales, el reglamento, por lo general, no contempla exenciones generales para pequeñas o microempresas.

Por primera vez se definen con claridad las obligaciones de los mercados y plataformas en línea. Si un mercado digital se encarga de la logística, el envasado o la distribución de productos de terceros, se considera un operador económico y debe cumplir las obligaciones establecidas.

Esto es importante tanto para las grandes plataformas como para las marcas que utilizan centros de fulfillment. El reparto contractual de la responsabilidad deberá quedar definido con precisión, ya que de lo contrario existe el riesgo de disputas sobre quién es responsable del incumplimiento del envase.

En efecto, el productor a efectos de la responsabilidad ampliada no es siempre únicamente quien fabrica físicamente el envase, sino quien lo introduce por primera vez en el mercado del Estado miembro correspondiente. El productor, a efectos de responsabilidad, es quien introduce por primera vez el envase en el mercado del Estado miembro correspondiente. El distribuidor y el minorista tienen, por su parte, la obligación de comprobar que el productor ha cumplido sus obligaciones de registro y que los envases llevan el etiquetado prescrito. En los grupos de empresas se plantea además la cuestión de evaluar las entidades vinculadas a escala de todo el grupo.

Unos flujos de mercancías mal definidos pueden llevar a que las obligaciones recaigan formalmente en una entidad que no está preparada para asumirlas. Los mercados en línea tienen la obligación de comprobar que los vendedores cumplen la legislación, lo que se traducirá en condiciones contractuales estrictas.

Alcance territorial y venta a distancia

El reglamento se aplica a todos los envases comercializados en el mercado de la Unión Europea, lo que incluye también la venta a distancia a clientes finales desde terceros países. Por tanto, no importa dónde tenga su domicilio la empresa, sino dónde termina el envase.

Para las empresas con domicilio fuera de la UE se introduce la obligación de designar en la Unión a un representante autorizado que se encargará de cumplir las obligaciones de registro. El marco europeo armoniza plenamente el sistema nacional, lo que significa que la normativa checa deberá modificarse para reflejar las nuevas definiciones. Por ello, las empresas no pueden confiar automáticamente en su experiencia previa como garantía de cumplimiento.

En el caso de las ventas transfronterizas, hay que tener en cuenta que, hasta la plena puesta en marcha del registro europeo unificado, los productores deben registrarse por separado en cada Estado. Los abogados del bufete ARROWS recomiendan a los exportadores armonizar cuanto antes las especificaciones de sus envases para varios mercados a la vez.

Preguntas frecuentes sobre el nuevo reglamento de la UE

1. ¿El PPWR afecta también a nuestra empresa si solo utilizamos cajas de cartón estándar y film de nuestro proveedor?

Sí, el reglamento se aplica a todos los envases comercializados, con independencia del material. Si su empresa es la primera en introducir productos envasados en el mercado de un Estado miembro concreto, se la considera, a efectos legislativos, productor del envase, con todas las obligaciones correspondientes.

2. ¿Tiene sentido esperar al texto completo de los actos de ejecución de la Comisión Europea?

Dado que los plazos de entrada en vigor se aproximan entre 2026 y 2030, posponer los preparativos es muy arriesgado. Muchos parámetros clave, como la prohibición de determinadas sustancias químicas o los objetivos básicos de reciclabilidad, ya están firmemente establecidos.

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Uno de los efectos más importantes de la nueva legislación en el negocio es el traslado del centro de gravedad de las obligaciones desde la fase posterior al uso hacia la propia fase de diseño del envase. Un envase solo podrá comercializarse si cumple los estrictos requisitos de sostenibilidad.

A partir de 2030 no bastará con afirmar que un determinado material es técnicamente reciclable. Será necesario demostrar realmente que el envase en su conjunto, incluidas etiquetas, tapas, adhesivos y tintas, cumple los criterios europeos.

Los envases serán evaluados y clasificados en categorías según su reciclabilidad, y por debajo del umbral establecido no podrán comercializarse en absoluto. Esto supone, de hecho, el fin de muchos laminados multimaterial y combinaciones problemáticas de films.

El nuevo régimen incluye también un endurecimiento notable de las normas sobre las declaraciones medioambientales. Las afirmaciones sobre reciclabilidad deberán basarse estrictamente en métodos de cálculo armonizados y quedar respaldadas por documentación técnica.

Esto aumenta notablemente el riesgo de intervenciones regulatorias contra el greenwashing desleal y traslada la carga de la prueba directamente al productor. La elección de materiales tiene un impacto directo en el importe de las tasas y en la posición negociadora global frente a los grandes clientes.

Por ello, los abogados del bufete ARROWS recomiendan a sus clientes involucrar a tiempo en el debate sobre el rediseño de envases no solo a los equipos técnicos, sino también al departamento jurídico. Los abogados del bufete ARROWS recomiendan involucrar al departamento jurídico en los debates sobre el rediseño y verificar las afirmaciones de marketing mediante un dictamen.

Además, a partir de 2035 se empezará a evaluar la disponibilidad efectiva de recogida y clasificación en el sistema real de gestión de residuos. Las empresas que confíen en materiales difíciles de reciclar sin una infraestructura sólida corren el riesgo de sufrir una desventaja económica.

Las nuevas normas también afectan a los envases que hoy se denominan compostables. El reglamento, en principio, prefiere el reciclaje material frente al compostaje, salvo en aplicaciones específicas claramente definidas.

Contenido reciclado obligatorio y minimización

Un elemento nuevo fundamental es el contenido mínimo reciclado obligatorio en los envases de plástico. El reglamento extiende estos requisitos a todos los tipos de envases de plástico comercializados en el mercado europeo.

Los parámetros detallados establecen que, a partir de 2030, los envases de plástico deberán contener material reciclado en un porcentaje definido según el tipo de uso. A partir de 2030, los envases de plástico deberán contener material reciclado en un porcentaje de aproximadamente el 10 % al 35 %, según el tipo de uso.

El plástico virgen puro se convertirá en una excepción en los envases y en una opción económicamente desventajosa. Para las empresas esto supone un reto en cuanto a la disponibilidad limitada de material reciclado de calidad, lo que ya está presionando al alza los precios de la materia prima. Los requisitos de trazabilidad y auditabilidad del contenido reciclado implican la creación de nuevos procesos internos en la empresa. 

Además de la composición, la normativa también se centra en el espacio vacío en el envase, especialmente en el comercio electrónico y los envases de transporte. Se introduce un límite cuantitativo de espacio vacío, que no debe rellenarse innecesariamente solo con material de relleno.

Se espera que, a partir de 2030, se aplique a los envases de transporte una proporción máxima de espacio vacío de alrededor del 50 %. Los materiales de relleno, como los cojines de aire o el papel, se consideran espacio vacío a efectos del cálculo.

Las empresas tendrán que revisar los tamaños estándar de las cajas y sus estrategias de embalaje. El reglamento prohíbe expresamente soluciones constructivas como los falsos fondos o las capas múltiples innecesarias que no cumplen una función protectora.

Posibles problemas

Cómo ayuda ARROWS (consultas@arws.cz)

Incumplimiento de los requisitos de reciclabilidad: a partir de 2030 el envase no podrá comercializarse, lo que provoca pérdida de ventas.

Evaluación de la reciclabilidad de la cartera de envases: preparamos un análisis jurídico de conformidad con el PPWR. Recomendamos modificaciones de diseño y regulamos contractualmente las repercusiones de los cambios frente a proveedores y clientes.

Declaraciones incorrectas o no justificadas: riesgo de acusaciones de greenwashing y de imposición de fuertes sanciones económicas.

Revisión de las declaraciones medioambientales: revisamos sus materiales de envasado y marketing. Establecemos procesos internos de aprobación y preparamos documentación probatoria para el caso de una inspección o un litigio.

Espacio vacío excesivo: multas por parte de los órganos de supervisión y daño reputacional para la marca.

Auditoría de los procesos de embalaje a la luz del PPWR: en colaboración con su equipo de logística, identificamos los formatos de riesgo. Establecemos directrices internas y recomendamos modificaciones contractuales con los socios 3PL y de fulfillment.

Acceso no garantizado a material reciclado: incumplimiento de los porcentajes obligatorios y la consiguiente pérdida de certificaciones ante clientes clave.

Negociación de contratos con proveedores: preparamos contratos con proveedores de plástico y material reciclado, incluidas garantías. Establecemos mecanismos de auditoría y de responsabilidad por el incumplimiento de los parámetros de contenido reciclado.

Responsabilidad no resuelta en marca blanca (private label): litigios entre el fabricante, la envasadora y la cadena comercial.

Definición de la responsabilidad en los contratos: preparamos o revisamos los contratos de fabricación bajo marca. Ajustamos los contratos de co-packing y de distribución para que el reparto de las obligaciones de RAP quede claro.

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Preguntas frecuentes sobre la reciclabilidad de los envases

1. ¿Basta con que el proveedor de envases declare verbalmente que el envase suministrado es totalmente reciclable?

No basta, ya que la responsabilidad frente a los reguladores recae en quien realmente introduce el envase en el mercado. Es imprescindible disponer de documentación técnica completa conforme al reglamento y tener claramente definida la responsabilidad contractual sobre la veracidad de los datos.

2. ¿Tiene sentido invertir en el desarrollo y la compra de envases compostables?

La legislación concibe los envases compostables como una excepción para casos específicos, no como una solución universal. La mayoría de los envases deben ser reciclables desde el punto de vista material, y la biodegradabilidad solo se espera en formatos concretos.

3. ¿El reglamento europeo también afecta a las tintas, los aditivos y las impresiones utilizadas en los envases?

Sí, incluso elementos aparentemente secundarios pueden empeorar considerablemente la reciclabilidad real y situar el envase en una categoría prohibida. Por ello, conviene vincular las directrices técnicas con el marco jurídico y configurar correctamente el manual de diseño de la empresa.

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Seguridad química y prohibición de los PFAS

Además de la reciclabilidad, la nueva normativa introduce cambios fundamentales en materia de seguridad química de los envases. El objetivo es reducir de forma demostrable la exposición de las personas y del medio ambiente a sustancias tóxicas y mejorar notablemente la calidad de los materiales reciclados resultantes.

Para las empresas de los sectores de alimentación, bebidas, cosmética y farmacia, esto implica la necesidad de conocer con detalle la composición exacta de los envases utilizados. La suma de las concentraciones de determinados metales pesados en el envase o en sus componentes no podrá superar los 100 mg/kg.

Este límite se basa en normativas anteriores, pero el reglamento lo armoniza de forma estable en toda la Unión. Las empresas deberán garantizar la verificación en laboratorio y la correspondiente declaración de conformidad, lo que afectará a las cadenas de suministro.

Las empresas deben estar preparadas para solicitar a sus proveedores información más detallada sobre la composición exacta de los materiales. Las empresas deben estar preparadas para solicitar a sus proveedores información más detallada sobre la composición exacta de los materiales. Los abogados del bufete ARROWS ayudan a coordinar los requisitos de las distintas normativas y a minimizar los riesgos de sanción.

Desde el punto de vista práctico, la prohibición total de los PFAS en los envases en contacto con alimentos por encima de los límites bajos establecidos supone una gran intervención. Hasta ahora, estas sustancias se utilizaban ampliamente para conseguir una alta resistencia a la grasa y al agua. Desde el punto de vista práctico, la prohibición total de los PFAS en los envases en contacto con alimentos supone una gran intervención.

A partir del 12 de agosto de 2026 no podrán comercializarse envases alimentarios que contengan estas sustancias. Sin embargo, los envases comercializados antes de esa fecha pueden, según las directrices interpretativas, permanecer en circulación hasta agotar existencias.

Para los fabricantes del sector alimentario y de la restauración, esto supone la necesidad de pasar muy rápidamente a materiales alternativos. Para los fabricantes del sector alimentario y de la restauración, esto supone la necesidad de pasar muy rápidamente a materiales alternativos.

Reutilización y sistemas de depósito

Además de reducir la cantidad de envases y aumentar el reciclaje, el reglamento se centra en la reutilización de los materiales de envasado. El objetivo es que una parte significativa de los envases en la logística B2B no se convierta en residuo tras un único uso.

Desde el punto de vista empresarial, esto supone pasar a un modelo en el que las cajas de transporte o los palés se conciben como activos en circulación. Para los envases de transporte e industriales se prevé que, para 2030, una parte significativa sea reutilizable.

Además, para los envases de comercio electrónico se prevé que, a partir de 2030, se deberá ofrecer a los clientes la posibilidad de elegir un envase retornable. Esta opción no podrá estar oculta ni penalizada de ningún modo en la interfaz de la tienda en línea.

La implantación de estos sistemas en la práctica requiere un diseño bien pensado y sistemas de información para el seguimiento preciso de la circulación. Desde el punto de vista jurídico, es fundamental aclarar la propiedad del envase reutilizable y la responsabilidad de su higiene. Los abogados del bufete ARROWS ayudan a los clientes a configurar contratos, condiciones generales y directrices internas para la reutilización.

El reglamento también prevé que, para alcanzar una alta tasa de recogida de envases de bebidas, los Estados introduzcan sistemas de depósito obligatorios. Para los fabricantes y distribuidores de bebidas, esto supone la necesidad de adaptar los envases para que sean compatibles con la infraestructura de recogida. La participación en estos sistemas exigirá la celebración de relaciones contractuales complejas con el operador.

Los abogados del bufete ARROWS recomiendan a las empresas seguir de cerca la preparación de los sistemas nacionales de depósito y reaccionar a tiempo.

Repercusiones en el comercio minorista y el sector de la hostelería

El reglamento tiene también importantes repercusiones en el comercio minorista y en el sector de hoteles, restaurantes y cafeterías. Fomenta expresamente los sistemas en los que el cliente puede traer su propio envase para comida y bebida para llevar.

Para los operadores, esto supone la necesidad de planificar la logística, el almacenamiento y garantizar una higiene estricta durante el llenado. Las cadenas minoristas se enfrentarán a la exigencia de habilitar espacios para la recogida de los envases con depósito.

Esto puede tener un impacto directo en el diseño de los establecimientos, los flujos logísticos internos y los sistemas informáticos internos. Los abogados del bufete ARROWS ayudan a los clientes a establecer directrices internas y programas de seguros para el sector minorista.

Preguntas frecuentes sobre la reutilización de envases

1. ¿Debemos crear un sistema de reutilización totalmente propio o podemos adherirnos a una solución ya existente?

El reglamento permite tanto sistemas individuales como colectivos de reutilización. En la práctica, suele ser más eficiente un modelo compartido, en el que los costes de inversión inicial se reparten entre varios participantes del mercado.

2. ¿Quién es responsable, en el sector de la hostelería, de la higiene de los envases reutilizables?

Por regla general, el operador es responsable de la higiene de los envases que proporciona, mientras que, en el caso de los recipientes aportados por el cliente, es este quien responde de su estado. No obstante, el propio proceso de llenado debe cumplir siempre las normas de higiene.

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Carga administrativa y pasaportes digitales

La nueva legislación refuerza de forma sustancial los requisitos de datos y administrativos para empresas de todos los tamaños. Además de los registros existentes, introduce una notificación más detallada y el registro obligatorio de los productores en cada país. La cuestión de los datos sobre envases se convierte en una agenda estratégica, ya que sin datos precisos y auditables no es posible demostrar el cumplimiento. 

En toda la Unión Europea se introducirá un etiquetado armonizado que informará sobre la composición material y la forma correcta de clasificación. Tras el período transitorio, los Estados miembros no podrán exigir sus propios distintivos nacionales diferentes. 

Además de los distintivos físicos, se prevé una implantación masiva de códigos QR y pasaportes digitales de producto. Los abogados del bufete ARROWS recomiendan implicar a tiempo en la preparación del etiquetado digital tanto al departamento de TI como al de compras.

Gestión estratégica y auditoría de cumplimiento

La implementación del reglamento representa una tarea compleja que exige un enfoque proactivo por parte de la alta dirección. El primer paso lógico debería ser una auditoría exhaustiva de la cartera actual de envases utilizados.

A partir de los resultados de la auditoría, hay que decidir qué envases pueden mantenerse y cuáles requieren un rediseño sustancial. Los abogados del bufete ARROWS recomiendan incluir en los contratos obligaciones claras sobre la transmisión de datos técnicos.

El tema también resulta clave en el ámbito de las fusiones, las adquisiciones y la evaluación de riesgos en el marco de la due diligence. La ausencia de planes de rediseño de envases puede representar para el inversor un coste futuro oculto del orden de millones. El bufete ARROWS cuenta con un seguro de responsabilidad civil de hasta 350 000 000 CZK (aprox. 14,4 millones EUR), lo que ofrece seguridad a los clientes.

Conclusión

El Reglamento europeo sobre envases y residuos de envases (PPWR) representa uno de los mayores cambios regulatorios de los últimos años para todas las empresas que comercializan productos envasados en la UE. A partir de agosto de 2026, el envase se convierte en un billete de entrada al mercado: sin cumplir el PPWR no será posible poner en circulación un envase de forma legal.

Esto supone un riesgo real de pérdida de ingresos, daño reputacional, sanciones o bloqueo de las ventas por parte de los órganos de supervisión o de las plataformas. El PPWR no se limita a regular la clasificación de residuos, sino que incide en el propio diseño de los envases, la elección de materiales, la reciclabilidad, el contenido reciclado, la seguridad química, los sistemas de reutilización, el etiquetado digital y los procesos detallados de datos y contractuales en la cadena de suministro.

Por ello, para los empresarios, la dirección y los inversores resulta fundamental entender el PPWR como un tema estratégico que influirá en la estructura de costes, el perfil ESG, el acceso a la financiación y la posición negociadora frente a clientes y proveedores. Quienes realicen a tiempo una auditoría de envases, configuren los procesos de datos y contractuales, y preparen el rediseño y el plan de implementación para el período 2026-2030, podrán aprovechar los nuevos requisitos como una ventaja competitiva. Quienes reaccionen solo tras las primeras inspecciones o problemas con clientes se arriesgan a inversiones improvisadas, multas, litigios y pérdida de mercado.

Si no desea arriesgarse a cometer errores innecesarios, es aconsejable confiar toda la preparación jurídica y procesal a profesionales con experiencia. Si desea una consulta, puede ponerse en contacto con los representantes del bufete ARROWS a través del correo electrónico consultas@arws.cz.

FAQ – Revolución en el envasado

1. ¿Qué es el PPWR y en qué se diferencia de la legislación anterior? 

El PPWR (Reglamento sobre envases y residuos de envases) es un nuevo reglamento europeo que se aplica de forma directa y uniforme en todos los Estados miembros, sin necesidad de transposición nacional a las leyes locales. La directiva anterior dejaba libertad a los Estados, lo que dio lugar a normas fragmentadas. El objetivo del PPWR es armonizar las normas en el mercado interior, minimizar los residuos de envases y avanzar hacia una economía plenamente circular.

2. ¿Desde cuándo se aplican las nuevas normas y qué ocurre con las existencias antiguas de envases? 

El reglamento comenzará a aplicarse con carácter general a partir del 12 de agosto de 2026, aunque algunos objetivos específicos (por ejemplo, de reciclaje o minimización) no entran en vigor hasta 2030. Los envases comercializados después del 12 de agosto de 2026 deben cumplir plenamente el reglamento. Las existencias anteriores, comercializadas de forma comprobable y legal antes de esa fecha, no es necesario retirarlas y pueden venderse.

3. ¿Quién asume, según el PPWR, la principal responsabilidad sobre los envases? 

El reglamento traslada la principal responsabilidad financiera y organizativa a los productores de envases y de productos envasados, en el marco de la denominada responsabilidad ampliada del productor (RAP/EPR). El «productor» es, de forma simplificada, el operador económico (fabricante, importador o distribuidor) que introduce por primera vez el envase en el mercado del Estado miembro correspondiente.

4. ¿Cómo cambian las normas sobre reciclabilidad y las tasas (RAP/EPR)? 

Antes del 1 de enero de 2030, todos los envases deberán estar diseñados para ser reciclables (se clasificarán en las categorías A, B o C). A partir de 2035 deberán reciclarse «a gran escala» en la infraestructura real. Las tasas que los productores pagan a los sistemas (como EKO-KOM) estarán ecomoduladas: cuanto más reciclable sea el envase, menor será la tasa que pague la empresa.

5. ¿Será obligatorio el contenido de material reciclado en los envases? 

Sí, para las partes de plástico de los envases. A partir del 1 de enero de 2030, el reglamento introduce porcentajes mínimos obligatorios de material reciclado procedente de residuos de consumo. Estos porcentajes oscilan entre el 10 % y el 35 %, según el tipo de uso del envase (por ejemplo, si se trata de botellas de PET, envases en contacto con alimentos u otros plásticos).

6. ¿Qué restricciones se aplican a las sustancias químicas peligrosas (por ejemplo, PFAS y metales pesados)? 

A partir del 12 de agosto de 2026 se aplica una prohibición estricta a los envases destinados al contacto con alimentos que contengan PFAS (las denominadas «sustancias químicas eternas») por encima de los límites establecidos (por ejemplo, 50 mg/kg de flúor total). Además, siguen vigentes los límites estrictos para los metales pesados (suma de plomo, cadmio, mercurio y cromo hexavalente hasta 100 mg/kg). Estos límites se evalúan para el envase en su conjunto, es decir, incluidos los colorantes, tintas y adhesivos utilizados.

7. ¿Cómo regula el PPWR el tamaño de las cajas y el espacio vacío en los envases? 

Para los envases de transporte, agrupados y de comercio electrónico, se establece a partir de 2030 un límite estricto de un máximo del 50 % de espacio vacío. La norma establece expresamente que el espacio ocupado por materiales de relleno (plástico de burbujas, recortes de papel, poliestireno, etc.) se considera espacio vacío a efectos de este límite. También quedan prohibidos los falsos fondos y las paredes dobles cuya única finalidad sea aumentar el volumen percibido del producto.

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Sobre el autor

Mgr. Klára Megová
Mgr. Klára Megová

Abogada en prácticas

Mgr. Klára Megová es abogada en prácticas en ARROWS y se dedica principalmente al derecho laboral y al derecho civil.

En su práctica diaria, se centra en la agenda de derecho laboral para los clientes, especialmente en la preparación de directivas internas y el establecimiento de relaciones laborales. Además, se dedica a los litigios civiles, en concreto, por ejemplo, a la reclamación de créditos por bonos impagados y a la cuestión de la indemnización por daños y perjuicios.

Ya durante sus estudios, se dedicó intensamente al derecho administrativo con especialización en derecho medioambiental, que fue también el tema de su tesis de fin de máster. Quiere continuar con esta especialización dentro de ARROWS y seguir desarrollándola. En el futuro, planea ampliar su experiencia para incluir también el ámbito del derecho laboral con implicaciones en el derecho público (en particular, la Ley de Empleo y el estatuto jurídico de los extranjeros) y el ámbito del derecho de la seguridad social.